BOLETÍN Nº 60 - 19 de mayo de 2006

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 31 de la calle San Lorenzo

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 10 de febrero de 2006, adoptó la siguiente resolución:

RUV 10-FEB-06 (5/UV).

«Visto el informe emitido con fecha 27 de enero de 2006 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 31 de la calle San Lorenzo de Pamplona efectuada con fecha 3 de noviembre de 2005, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

.En local de planta baja (bar):

_Cesión de suelo y desplazamiento de barra de bar, en aparente evolución lenta y creciente según observaciones y seguimiento del arrendatario del local, en coincidencia con la alineación de la barra bajo la cual parece discurrir una red general de saneamiento del edificio, desde la zona de aseos hasta la entrada del local, donde existe un pozo-arqueta registrable.

.En caja de escalera y patio interior de luces anexo a la misma:

_Desperfectos ya señalados en requerimiento municipal efectuado por resolución RUV 20-MAY-05 (1/UV) cuya atención por parte de los requeridos no consta en el Ayuntamiento ni se aprecia se hayan atendido ni reparado en su totalidad en el momento de la visita.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones,

HE RESUELTO:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 31 de la calle San Lorenzo que procedan en el plazo de sesenta días a la ejecución de las siguientes obras:

_Se realice por parte de técnico competente, contratado al efecto, con los medios necesarios, análisis del estado y desperfectos observados en la estructura del edificio y descritos en párrafos anteriores; posible relación entre ellos; elaboración de propuestas de seguimiento, adopción de medidas de seguridad provisionales en su caso, y reparaciones necesarias.

Antes del inicio de las obras necesarias para el análisis y reparaciones, deberán presentar proyecto técnico y justificante de contratación del Director de obra.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 27 de abril de 2006
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0607243