BOLETÍN Nº 50 - 26 de abril de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 332/2006, de 30 de marzo, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se modifica la autorización con la que cuenta la Escuela Municipal de Música "Francisco Casanova" de Berriozar, por ampliación de enseñanzas.

Don Benito José Ríos Ochoa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berriozar ha solicitado la autorización para impartir la especialidad que denomina "Taller de Música" en la Escuela Municipal de Música "Francisco Casanova".

El Servicio de Inspección Técnica y de Servicios ha emitido informe favorable para que se acceda a lo solicitado.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (BOLETIN OFICIAL de Navarra del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra.

Y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

RESUELVO:

1.º Se autoriza a la Escuela Municipal de Música "Francisco Casanova" de Berriozar (código de centro: 31008748) para impartir las enseñanzas correspondientes a la especialidad denominada "Taller de Música" dirigida a una población infantil comprendida de 4 a 7 años.

2.º Las enseñanzas que tendrá autorizadas la escuela a partir de ese momento serán las siguientes:

a) Las correspondientes a la "oferta básica", a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades instrumentales: Acordeón, Bombardino, Clarinete, Flauta travesera, Gaita, Guitarra, Oboe, Piano, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba, Txistu y Violín.

b) Las correspondientes a la especialidad denominada "Taller de Música" para alumnado de 4 a 7 años de edad, que se incluirá en el apartado 2. del artículo 9.ºdel Decreto Foral 421/1992, citado, como materia no comprendida en la "oferta básica" de la escuela.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser autorizada por este Departamento.

4.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

5.º La presente Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.º Se traslada la presente Resolución al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berriozar; al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas de Régimen Especial y a la de Centros Escolares y de su Financiación;, y al Negociado de Gestión de la Información, al de Financiación de Centros Públicos y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, 30 de marzo de 2006
El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

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