BOLETÍN Nº 42 - 7 de abril de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia)

EDICTO

En Pamplona, a 2 de diciembre de 2005.

Doña Margarita Pérez-Salazar Resano, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia).

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona, se tramita procedimiento de divorcio contencioso con el número 864/2005, instados por la Procuradora doña Elena Burguete Mira, actuando en nombre y representación de doña María Araceli Guillén Echeverría, frente a don Benito Alunda Jiménez, en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución, que contiene entre otros el fallo del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora señora Burguete, en nombre y representación de doña María Araceli Guillén Echeverría, frente a don Benito Alunda Jiménez, en situación procesal de rebeldía, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio que contrajeron en Berriozar (Navarra), el 17 de octubre de 1998, con los efectos inherentes a esa declaración y con los siguientes:

_Procede la privación de la titularidad de la Patria Potestad al padre, don Benito Alunda Jiménez, con respecto a sus dos hijos, Antonio y Nekane.

_Se atribuye a la madre la guarda y custodia de los dos hijos citados.

_No ha lugar a fijar un régimen de visitas entre el padre y los hijos.

_Don Benito Alunda Jiménez, deberá abonar a doña María Araceli Guillén Echeverría, como contribución al sostenimiento de los hijos, la cantidad de 200 euros mensuales. Dado el tiempo transcurrido sin aportación alguna, procede como de medida de garantía oficiar a la Tesorería General de la Seguridad Social, con el fin de nos aporten la hoja de vida laboral y bases de cotización, con el fin de oficiar a la empresa en la que el señor Alunda preste sus servicios y establecer la retención en origen de la pensión alimenticia. La citada cantidad se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que designe la señora Guillén y se revalorizará en enero de cada año, conforme a las variaciones que publique el I.P.C. u organismo que le sustituya al efecto, correspondiendo la primera revalorización a enero del año 2007.

No se hace imposición de costas.

Firme la presente resolución, líbrese exhorto al Registro Civil que proceda, para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Benito Alunda Jiménez, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 2 de diciembre de 2005
La Magistrado-Juez, Margarita Pérez-Salazar Resano
La Secretaria, firma ilegible.

Código del anuncio: J0604778