BOLETÍN Nº 42 - 7 de abril de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 592/2006, de 6 de marzo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de 3 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Técnico de Carreteras al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 592/2006, de 6 de marzo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 3 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Técnico de Carreteras al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 3 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar Técnico de Carreteras, de régimen funcionarial, nivel C, con destino en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, distribuidas en los siguientes turnos:

_1 plaza en turno libre.

_2 plazas en turno de promoción.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

_2 en la Dirección General de Obras Públicas del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, 1 con destino en Pamplona, número de plaza 2138, y 1 con destino en Burlada, número de plaza 7050.

_1 en la Dirección General de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, con destino en Pamplona, número de plaza 6914.

1.3. Las vacantes del turno de promoción, que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes del mismo, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel C en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para los aspirantes del turno libre:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos para los aspirantes del turno de promoción:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas y estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes; o tener ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

En todo caso, los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Con la excepción establecida en el punto dos de la base 3.3, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado en cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 12 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Dos._Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de personal fijo adscrito a los Servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Jesús González Albero, Director del Servicio de Caminos y Construcción del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Suplente: Doña Cristina Presmanes Zataráin, Jefa de la Sección de Proyectos del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Vocal: Don José María Pérez Ureña, Jefe de la Sección de Seguridad en la Construcción y Control de Calidad del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Suplente: Don Jesús Sáinz Sáez, Jefe del Negociado de Control de la Calidad del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Vocal: Don Jesús María Posadas Martínez, Director del Servicio de Gestión y Ordenación de los Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Suplente: Don Jesús Armendáriz Mateo, Jefe de la Sección de Explotación de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Vocal: Un representante del personal propuesto por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Suplente: Un representante del personal propuesto por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Doña Rosario Loitegui Biurrun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

_Suplente: Doña María Eugenia Saragüeta Urtasun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de septiembre de 2006. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: De carácter teórico, consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 3 horas, 3 temas escogidos al azar, uno de cada una de las partes primera, segunda y tercera del temario.

Segundo: De carácter práctico, consistirá en desarrollar, durante el tiempo máximo de 2 horas, 2 supuestos, uno sobre materia incluida en la parte cuarta y otro sobre la contenida en la parte quinta.

Tercero: De carácter práctico, consistirá en realizar un ejercicio relativo a las partes sexta y séptima del temario anexo. El Tribunal determinará al comienzo del ejercicio el tiempo del que dispondrán los opositores para su realización.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada tema se valorará hasta 10 puntos.

Segundo: Hasta un máximo de 40 puntos. Cada tema se valorará hasta 20 puntos.

Tercero: Hasta un máximo de 30 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio. Quedarán también eliminados los aspirantes que sean calificados con 0 puntos en cualquiera de los temas, supuestos o trabajos prácticos.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos copias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

c) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Auxiliar Técnico de Carreteras, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

10.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

10.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

11._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ............................. mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........ de ........... de .........., natural de .................. (.................), nacionalidad ................., con domicilio actual en ........................... (.................) calle ...................... código postal .................... teléfono .................. teléfono trabajo ................

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .................., de ..... plazas del puesto de trabajo de ............. al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ............, en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción*.

f Turno de reserva para discapacitados*.

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administración Núcleo*.

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*.

f Instituto Navarro de Bienestar Social*.

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*.

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés*.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ................ de .......................... de .......

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

ANEXO II

Temario

Parte Primera: Normativa

Tema 1._La Constitución Española de 1978 (I): Características. El Estado social y democrático de Derecho: los principios constitucionales y los valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales y su garantía. Los principios rectores de la política social y económica.

Tema 2._Constitución Española de 1978 (II): Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 3._La organización territorial del Estado: El Estado autonómico. El Tribunal Constitucional.

Tema 4._La Ley: concepto y clases. El Reglamento: concepto y clases. Relaciones entre la Ley y el Reglamento. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los Reglamentos.

Tema 5._El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común: Concepto y naturaleza. Fases: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 7._La Unión Europea: El proceso hacia la Unión. Instituciones de la Unión Europea. Las fuentes del Derecho comunitario: Derecho originario y Derecho derivado.

Tema 8._El régimen foral de Navarra: Evolución histórica (1512-1982). La Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841. La Ley orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: estructura y contenido. El Convenio Económico.

Tema 9._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones. El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 10._El Poder Ejecutivo en Navarra: El Presidente del Gobierno de Navarra. El Gobierno de Navarra. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 12._La Administración Local de Navarra: Las entidades locales de Navarra: tipos y competencias generales. Los órganos del municipio. Los bienes de las entidades locales. Impugnación y control de las actuaciones de las entidades locales de Navarra.

Tema 13._La contratación administrativa: Los tipos de contratos de las Administraciones Públicas. Las prerrogativas de la Administración. Adjudicación de contratos: procedimientos y formas. Formalización de contratos. Obligaciones del contratista.

Parte Segunda: Construcción

Tema 1._Materiales. Condiciones que deben reunir, según sus diferentes empleos, los áridos, conglomerantes, ligantes bituminosos, metales, pinturas y otros productos empleados en la construcción y conservación de las carreteras. Ensayos adecuados.

Tema 2._Desbroce del terreno. Escarificación y compactación del firme actual. Excavaciones. Terraplenes. Pedraplenes. Rellenos localizados. Refino de explanada y taludes.

Tema 3._Drenaje. Construcción de cunetas y acequias. Arquetas y pozos de registro. Imbornales y sumideros. Tubos de acero corrugado y galvanizado. Drenes subterráneos. Características del material filtrante.

Tema 4._Firmes. Capas granulares. Suelos estabilizados y gravas tratadas. Riegos y macadam bituminosas. Pavimentos de hormigón. Obras complementarias.

Tema 5._Hormigones y morteros. Dosificación y empleo. Lechadas de cemento. Vigas prefabricadas. Resinas, morteros y hormigones epoxi. Productos laminados para estructuras metálicas.

Tema 6._Obras de hormigón en masa o armado. Cuidados y precauciones a adoptar. Vibrado. Aireantes. Plastificantes. Retardadores de fraguado. Anticongelantes. Productos de curado. Cementos especiales. Juntas e inyecciones. Control de la obra. Auscultaciones. Probetas. Pruebas de carga.

Tema 7._Mampostería careada, concertada en seco, ordinaria. Sillería. Escollera. Chapados en piedra. Fábrica de gaviones. Fábricas de ladrillo.

Tema 8._Cimentaciones. Cargas de trabajo. Placas de cimentación. Pilotes hincados a percusión. Pilotes de hormigón armado moldeados "in situ". Tablestacados.

Tema 9._Encofrados y moldes. Apeos y cimbras. Impermeabilización de paramentos. Apoyos de material elastomérico. Juntas de tablero. Montaje de elementos prefabricados. Pavimentación de tableros de puentes.

Parte Tercera: Carreteras

Tema 1._Clase de vehículos. Esfuerzo de tracción. Resistencia al movimiento. Relación entre vehículos y carreteras. Rozamiento. Peralte.

Tema 2._Características geométricas de las carreteras. Planta, alzado y sección transversal. Vías lentas.

Tema 3._Estudios de trazado. Curvas de transición. Sobreanchos. Compensación de volúmenes de excavación y terraplén.

Tema 4._Enlaces e intersecciones. Tipos diferentes. Elementos. Funcionamiento. Criterios para su proyecto. Características geométricas. Vías colectoras y distribuidoras. Señalización.

Tema 5._Obras pequeñas de fábrica. Obras metálicas. Atenciones específicas.

Tema 6._Estudios de drenaje. Evacuación de las aguas superficiales. Erosión. Taludes. Diseño de drenajes superficiales y profundos.

Tema 7._Explanaciones. Proyectos y ejecución de obras de tierra. Diagrama de masas. Compactación. Ensayos. Maquinaria adecuada para diferentes tipos de suelos.

Tema 8._Muros. Tipología. Sifones. Problemas específicos. Túneles.

Tema 9._Firmes flexibles. Factores de dimensionamiento. Tráfico. Explanada. Materiales del firme. Catálogo de estructuras del firme.

Tema 10._Tratamientos superficiales y riegos monocapa y multicapa. Riegos de penetración y semi penetración. Riegos sin gravilla. Lechadas bituminosas. Maquinaria adecuada.

Tema 11._Mezclas bituminosas. Diferentes tipos. Fabricación y puesta en obra. Mezclas bituminosas especiales. Defectos de las mezclas bituminosas y trascendencia de los mismos. Granulometría y especificaciones.

Tema 12._Refuerzos de firmes. Categorías de tráfico. Deflexiones. Tipos de refuerzo y materiales adecuados. Renovación superficial.

Tema 13._Características básicas del tráfico, Concepto de intensidad, composición y velocidad. Relaciones entre intensidad, velocidad y densidad.

Tema 14._Aforos manuales y automáticos. Programas de aforo. Estudio de origen-destino. Encuestas. Prognosis del tráfico futuro.

Tema 15._Accidentes. Registro de datos. Indices de peligrosidad. Factores que intervienen. Medidas de seguridad.

Tema 16._Elementos auxiliares. Señalización vertical. Tipos de señales. Forma y color. Visibilidad. Marcas viales. Características físicas. Color. Reflectancia. Materiales. Tipos de marcas viales. Semáforos. Ciclo, fase y reparto. Reguladores. Detectores. Criterios de colocación. Barreras de seguridad.

Tema 17._Conservación y Explotación de la Carretera. Organización y Control. Métodos de conservación. Tratamiento de márgenes de la carretera. Herbicidas. Estabilización de taludes con vegetación. Bosquetes. Adecuación de la carretera al entorno. Zonas de parada y descanso. Información.

Tema 18._La Inspección de Transportes en la Ley de Ordenación de los Transportes y su reglamento de desarrollo. Calificación de infracciones y sanciones. Procedimiento sancionador en materia de transportes. Iniciación del procedimiento sancionador: boletines de denuncia y Actas.

Tema 19._Tiempos de conducción y descanso en el Reglamento (CEE) 3820/85 del Consejo de 20 de diciembre. Aparato de control en el transporte por carretera y Reglamento (CEE) 3821/85 del Consejo de 20 de diciembre.

Tema 20. El tacógrafo analógico. Discos diagrama y registros que contienen. El tacógrafo digital en el Reglamento (CEE) 2135/98 del Consejo de la Unión Europea. La Directiva 88/599/CEE. Tipos de tarjetas.

Parte Cuarta: Matemáticas

Tema 1._Divisibilidad. Números primos y compuestos. Divisores de un número. Máximo común divisor y mínimo común múltiplo.

Tema 2._Números fraccionarios. Cuatro operaciones fundamentales. Cuadrado y cubo. Raíz cuadrada. Números decimales.

Tema 3._Media aritmética y geométrica. Proporcionalidad directa e inversa. Regla de tres. Interés. Repartos proporcionales.

Tema 4._Ecuaciones con una incógnita de 1.er y 2.º grado. Sistemas de ecuaciones.

Tema 5._Relaciones entre ángulos y figuras. Polígonos regulares. Circunferencia. Arcos. Cuerdas. Construcciones con regla y compás. Areas de figuras planas e irregulares.

Tema 6._Poliedros y figuras espaciales. Areas y volúmenes de sólidos. Arcos y bóvedas.

Tema 7._Curvas usuales en trazado de carreteras. Características más señaladas. Clotoide.

Tema 8._Trigonometría. Medidas angulares y líneas trigonométricas. Resolución de triángulos.

Tema 9._Curvas. Estudio de las más usadas en trazados de carreteras.

Parte Quinta: Topografía

Tema 1._Manejo de taquímetros y niveles. Manejo de instrumentos secundarios. Cálculo de libretas.

Tema 2._Fijación de direcciones, medición de ángulos, evaluación de longitudes.

Tema 3._Levantamientos planimétricos, altimétricos y nivelaciones elementales. Triangulación. Poligonación.

Tema 4._Planos acotados. Confección e interpretación.

Tema 5._Medida de áreas. Procedimientos numéricos y mecánicos.

Tema 6._Cálculo y trazado de curvas circulares, clotoides y parábolas cúbicas. Nociones de fotogrametría.

Tema 7._Replanteos de trazado y obras de fábrica. Parcelarios. Cálculo de coordenadas para diferentes sistemas de replanteo.

Tema 8._Croquis y perspectivas a mano alzada de modelos y figuras representadas en planos.

Parte Sexta: Dibujo

Tema 1._Croquis acotado de piezas o elementos de construcción.

Tema 2._Perspectiva de piezas y obras de fábrica.

Tema 3._Dibujo lineal. Proyecciones y secciones.

Tema 4._Dibujo topográfico. Cambios de escalas. Sistemas más usuales.

Tema 5._Manejo de programas de Cad (Autocad 2000).

Parte Séptima: Trabajos Prácticos

Tema 1._Levantamientos topográficos sencillos.

Tema 2._Nivelaciones.

Tema 3._Replanteos de curvas circulares y de transición.

Tema 4._Replanteos de obra de fábrica.

Tema 5._Cubicaciones de obras de fábrica, acopios y movimiento de tierras.

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 6 de marzo de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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