BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

ARELLANO

Tipos de gravamen para el año 2006

En Sesión celebrada por este Ayuntamiento el día 29 de noviembre de 2005, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, la Corporación, acordó:

1.º Fijar en el 0,33% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución urbana.

2.º Fijar en el 0,80% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución rústica.

3.º Fijar en el 3% el tipo de gravamen para la exacción del Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras.

4.º Fijar los porcentajes y tipos de gravamen mínimos a aplicar en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

5.º Fijar sobre los costes mínimos que figuran en las tarifas del Impuesto de Actividades Económicas el índice 1.

6.º El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2006.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos, contra dicho acuerdo se puede interponer alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto o acuerdo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Arellano, 12 de diciembre de 2005
El Alcalde, Pedro Luis González Castillo.

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