BOLETÍN Nº 30 - 10 de marzo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 68/2006, de 31 de enero, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales por la que se convocan Actividades de Promoción del Vascuence destinadas a centros públicos de Enseñanzas Escolares de modelos lingüísticos A, B y D de Navarra.

Las actividades que favorecen el contacto con los distintos registros de la lengua son un recurso esencial para desarrollar las capacidades lingüísticas prescritas en los currículos. La organización de estas actividades se ampara en el Decreto Foral 85/1989, de 13 de abril, por el que se regula la concesión de ayudas para la realización de actividades de promoción y desarrollo de la enseñanza del vascuence.

El Servicio de Vascuence presenta informe solicitando la autorización de las Convocatorias de actividades de promoción del vascuence destinados a centros educativos públicos y de sus bases reguladoras.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Autorizar las convocatorias de Ayudas para la Organización de Actuaciones Educativas Complementarias en Vascuence, de la Campaña Escritores Vascos en la Escuela y del Programa de Uso de Registros Coloquiales del Vascuence correspondientes al año 2006.

2.º Aprobar las Bases reguladoras de las convocatorias que figuran en los anexos de la presente resolución.

3.º Autorizar un gasto de 49.667 euros para la realización de estas actividades, que se desglosan de la siguiente manera:

_Convocatoria de Actuaciones Educativas Complementarias: 36.887 euros.

_Convocatoria de Escritores Vascos en la Escuela: 3.780 euros.

_Convocatoria de Uso de Registros Coloquiales: 9.000 euros.

Los abonos de las convocatorias de Ayudas para la Organización de Actuaciones Educativas Complementarias en Vascuence y de la Campaña Escritores Vascos en la Escuela, que hacen un total de 40.667 euros, se realizarán con cargo a la Partida Presupuestaria 421001 41400 2269 322902 "Actividades de Promoción del Vascuence", del Presupuesto de Gastos de 2006.

Los abonos de la convocatoria para la Realización de un Programa de Uso de Registros Coloquiales del Vascuence dirigidas a actividades de formación del profesorado, que hacen un total de 9.000 euros, se realizarán con cargo a la Partida Presupuestaria 421000 41400 2266 322900 "Perfeccionamiento del Profesorado en Vascuence", del Presupuesto de Gastos de 2006.

Los abonos de estas cantidades se realizarán en la forma establecida en las bases de cada convocatoria.

4.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos I, II, III y IV al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación.

5.º Trasladar la presente Resolución, al Señor Interventor del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, al Negociado de Gestión Económica, al Servicio de Vascuence, a la Sección de Didáctica del Vascuence, al Negociado de Administración, al Negociado de Glotodidáctica y al Negociado de Promoción del Servicio de Vascuence.

6.º Contra la presente Resolución y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO I

Bases de las convocatorias

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ORGANIZACION ACTUACIONES EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS EN VASCUENCE

B a s e s

1.º El objeto de esta convocatoria es favorecer la utilización de distintos registros lingüísticos a través de actuaciones, tales como, cuenta cuentos, títeres, payasos, teatro, deporte rural y talleres.

La actuación deberá ser realizada por un artista o grupo artístico profesional, ajeno al profesorado del centro, y con capacidad lingüística suficiente en lengua vasca. La actuación será de otro modo denegada.

2.º Las actuaciones están destinadas a los centros públicos de Educación Infantil y Primaria de modelos A, B y D, y de Educación Secundaria de modelo A. Estas se desarrollarán durante el año 2006, siendo la fecha límite para su realización el 27 de octubre de 2006.

3.º La cantidad destinada a la realización de esta convocatoria asciende a 36.887 euros.

4.º La ayuda económica, que en ningún caso será superior al presupuesto previsto, se repartirá de la siguiente forma: dos tercios de la cantidad citada se prorrateará entre los centros solicitantes. El tercio restante, se repartirá en función del número de alumnos a los que se dirigen las actuaciones propuestas.

5.º La solicitud (anexo II) se deberá presentar, en el Registro del Departamento de Educación dirigido al Servicio de Vascuence o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.º Una comisión formada por la Jefe de la Sección de Didáctica del Vascuence y dos técnicos del Servicio estudiará las peticiones presentadas.

7.º Analizadas las solicitudes, se elevará propuesta de Resolución de adjudicación de las ayudas, especificándose la relación de centros, así como la cuantía de la ayuda.

8.º El responsable de la actuación es el centro escolar. El propio centro se encargará de contratar al ponente o grupo artístico escogido y desarrollar y abonar dicha actuación y cuantos gastos resultan asociados a ella.

9.º El centro educativo presentará en el Servicio de Vascuence el certificado de valoración de la actuación realizada, expedido por la Dirección del Centro (Anexo IV). El plazo máximo de presentación es de dos semanas a partir de la realización de la actuación, y como fecha límite, antes del 17 de noviembre del 2006. Una vez recibido dicho anexo, se abonará al centro como máximo la cuantía propuesta en la Resolución de adjudicación.

Los justificantes de gasto acreditativos, archivados en la contabilidad del centro educativo, estarán a disposición del Departamento de Educación, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto Foral 250/1992 de 6 de julio.

10.º En el caso de incumplimiento de las bases 5.ª, 8.ª y 9.ª el Servicio de Vascuence no abonará la ayuda estipulada.

11.º El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actuaciones realizadas.

CAMPAÑA ESCRITORES VASCOS EN LA ESCUELA

B a s e s

1.º El objeto de esta convocatoria consiste en acercar al aula la obra y la experiencia personal de autores literarios en Vascuence con el fin de fomentar el interés del alumnado por la lengua y la literatura.

2.º Las actividades que se recogen en esta convocatoria, están destinadas a los alumnos de centros públicos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de modelos B y D. Estas se desarrollarán durante el año 2006, siendo la fecha límite de su realización el 27 de octubre de 2006.

3.º La cantidad total destinada a la realización de esta convocatoria asciende a 3.780 euros y la ayuda económica por actividad o encuentro será de 181 euros, pudiendo cada centro solicitar una actividad por etapa educativa.

4.º La solicitud (anexo II) se deberá presentar, en el Registro del Departamento de Educación dirigido al Servicio de Vascuence o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.º Una comisión formada por la Jefe de la Sección de Didáctica del Vascuence y dos técnicos del Servicio estudiará las peticiones presentadas.

6.º Analizadas las solicitudes, se elevará propuesta de Resolución de adjudicación de las ayudas, especificando la relación de escritores y centros a los que se les ha asignado, así como su cuantía.

7.º La actividad deberá ser realizada por el escritor que se haya aprobado en la Resolución de adjudicación.

8.º El responsable de la actuación del centro escolar se encargará de establecer el contacto con el escritor escogido, su contratación y cuantos detalles se consideren oportunos para su desarrollo.

9.º El centro educativo presentará en el Servicio de Vascuence el certificado de valoración de la actividad realizada, expedido por la Dirección del Centro (Anexo IV). El plazo máximo de presentación es de dos semanas a partir de la realización de la actividad, y como fecha límite, antes del 17 de noviembre del 2006. Una vez recibido dicho anexo, se abonará al centro como máximo la cuantía propuesta en la Resolución de adjudicación.

Los justificantes de gasto acreditativos, archivados en la contabilidad del centro educativo, estarán a disposición del Departamento de Educación, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto Foral 250/1992 de 6 de julio.

10.º En el caso de incumplimiento de las bases 4.ª,7.ª,8.ª y 9.ª, el Servicio de Vascuence no se hará cargo de los gastos generados por la actividad.

11.º El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actividades realizadas.

CONVOCATORIA PARA LA REALIZACION DE UN PROGRAMA DE USO DE REGISTROS COLOQUIALES DEL VASCUENCE

B a s e s

1.º Este programa tiene por objeto que los alumnos practiquen registros lingüísticos no académicos y la capacitación del profesorado en esta tarea. Consiste en un módulo con tres unidades didácticas monitorizadas que se aplicarán en 10 sesiones de una hora o 5 sesiones de dos horas en torno a distintos aspectos del lenguaje coloquial: estados de ánimo y relaciones sociales. El tutor responsable del grupo realizará un seguimiento posterior.

2.º Las actividades objeto de esta convocatoria están destinadas al segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria de los centros públicos con modelo B o D. Excepcionalmente, en el caso de centros educativos con pocos alumnos por nivel, se podrán admitir alumnos de otros niveles de ESO hasta completar el grupo en el que se va a aplicar el módulo.

3.º La solicitud (Anexo III) se deberá presentar, en el Registro del Departamento de Educación dirigido al Servicio de Vascuence o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Una Comisión compuesta por la Jefe de la Sección de Didáctica del Vascuence y dos técnicos del Servicio de Vascuence valorarán si las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.

Analizadas las solicitudes, se elevará propuesta de Resolución de adjudicación de las ayudas, especificando los centros y número de grupos aprobados. El programa podrá desarrollarse desde su autorización hasta el 27 de octubre de 2006.

5.º El presupuesto total para esta actividad será de un máximo de 9.000 euros.

6.º El centro educativo presentará en el Servicio de Vascuence una memoria -que contenga el coste económico- del programa realizado expedido por la Dirección del Centro. El plazo máximo de presentación de la memoria es de dos semanas a partir de la realización de la actividad, y como fecha límite, antes del 17 de noviembre del 2006. Una vez recibida dicha memoria, se abonará al centro como máximo la cuantía propuesta en la Resolución de adjudicación.

Los justificantes de gasto acreditativos, archivados en la contabilidad del centro educativo, estarán a disposición del Departamento de Educación, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto Foral 250/1992 de 6 de julio.

7.º En el caso de incumplimiento de las bases 3.ª y 6.ª el Servicio de Vascuence no abonará la ayuda estipulada.

8.º El Servicio de Vascuence realizará el seguimiento y apoyo de los programas aprobados con el objeto de facilitar el intercambio y difusión de las experiencias a través de reuniones.

9.º El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actividades realizadas.

ANEXO II

Convocatoria de actuaciones lingüísticas complementarias y de la campaña de escritores vascos

CENTRO

LOCALIDAD

CURSO Y MODELO

N.º ALUMNOS DEL CENTRO

N.º ALUMNOS A LOS QUE VA

DIRIGIDA

GRUPO ARTISTICO O ESCRITOR

ACTIVIDAD U OBRA

FECHA DE REALIZACION

PRESUPUES. DE LA ACTUACION

PROFESOR/A RESPONSABLE DE

LA ACTUACION

FIRMA Y SELLO

ANEXO III

Convocatoria de uso de registros coloquiales

ACTIVIDAD

CENTRO

LOCALIDAD

CURSO

N.º DE GRUPOS

N.º DE ALUMNOS DEL CENTRO A

LOS QUE VA DIRIGIDA

FECHA DE REALIZACION

HORARIO PREVISTO

PRESUPUESTO DEL PROGRAMA

PROFESOR/A RESPONSABLE DEL

PROGRAMA

FIRMA Y SELLO

ANEXO IV

Certificado y valoración de realización de las actuaciones complementarias de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de modelos A, B y D

DATOS GENERALES:

CENTRO ESCOLAR

LOCALIDAD

PROFESOR RESPONSABLE

ETAPA EDUCATIVA Y CURSO

N.º DE ALUMNOS PARTICIPANTES

ACTIVIDAD

GRUPO, PONENTE O ESCRITOR

FECHA DE LA ACTUACION

COSTE DE LA ACTUACION

VALORACION GENERAL (MARCAR CON UNA X):

IDONEIDAD DE LA ACTIVIDAD 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

NIVEL DE CUMPLIMIENTO DEL PONENTE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

CAPACIDAD LINGÜISTICA DEL PONENTE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

ADECUACION LINGÜISTICA AL ALUMNADO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

NIVEL DE PARTICIPACION DEL ALUMNADO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

VALORACION GENERAL 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Don/Doña ................................................................, director/a del centro escolar .............................................................. certifica que se ha realizado la actuación detallada en este impreso, mereciéndonos la valoración indicada más arriba.

FIRMA Y SELLO

Pamplona, 31 de enero de 2006
El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

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