BOLETÍN Nº 30 - 10 de marzo de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Tres de Vitoria

Cédula de notificación

Doña María Yolanda Martín Llorente, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Vitoria.

Hago saber: Que en autos número 106/2005 de ejecución de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Virginia Marrón Beltrán de Guevara, contra la empresa Ahora te Veo Esquinas Comerciales, S.L., sobre cantidad, se ha dictado lo siguiente:

Auto. En Vitoria, a 14 de febrero de 2006.

Hechos.

Primero._Por resolución de fecha 2 de noviembre de 2005, se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor Ahora te Veo Esquinas Comerciales, S.L., a fin de dar cumplimiento forzoso a lo resuelto en sentencia recaída en los mismos.

Segundo._El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados, que aún están pendientes de pago asciende, respectivamente, a 1.280,90 euros, más un diez por ciento de mora, más un diez por ciento y diez por ciento.

Tercero._Se dio audiencia por quince días al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que señalase nuevos bienes del deudor sobre los que hacer traba o instase lo que a su derecho conviniese, no oponiéndose dicho Organismo a la declaración de insolvencia.

Razonamientos jurídicos.

Unico._Procede declarar la insolvencia del deudor, cuando no se le hayan encontrado bienes suficientes con que hacer frente al pago total de la deuda por la que se sigue el procedimiento de ejecución, tanto porque no quedan bienes conocidos pendientes de realizar (insolvencia total), como si los que aún están trabados y no han llegado a su total realización y destino son razonablemente insuficientes _a la vista del justiprecio fijado_ para lograr la plena satisfacción de la deuda (insolvencia parcial, cuyo importe se determina disminuyendo la deuda aún pendiente de abono con la cuantía del justiprecio de esos bienes), bien entendido que, en cualquiera de ambos casos, dicha declaración siempre tendrá carácter provisional.

Así resulta de lo dispuesto en el artículo 274 (números 2 y 3) de la Ley de Procedimiento Laboral, concurriendo en el presente caso los requisitos que autorizan a un pronunciamiento de esa naturaleza.

Por todo lo cual,

Dispongo: A los efectos de las presentes actuaciones (ejecución número 106/2005), y para el pago de 1.280,90 euros, más un diez por ciento de mora de principal, más un diez por ciento y diez por ciento euros, calculados para intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor Ahora te Veo Esquinas Comerciales, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Publíquese en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 274.5 de la L.P.L.).

Notifíquese a las partes y a dicho Organismo.

Una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este su auto, lo pronuncia, manda y firma, la ilustrísima señora Magistrado-Juez, doña Begoña Díaz Aísa. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Ahora te Veo Esquinas Comerciales, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Vitoria, 14 de febrero de 2006
La Secretaria Judicial, María Yolanda Martín Llorente.

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