BOLETÍN Nº 30 - 10 de marzo de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Cinco de Zaragoza

Cédula de citación

Don Miguel Angel Esteras Pérez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Zaragoza.

Hago saber: Que en autos número 48/2006 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Sorin Inurean, Iulian Inurean, contra la empresa Constantin Marinescu Maconti 3000, S.L., sobre ordinario, se ha dictado lo siguiente:

Auto. En Zaragoza, a 19 de enero de 2006.

Hechos:

Primero._Sorin Inurean, Iulian Inurean, presentan demanda contra Constantin Marinescu Maconti 3000, S.L., en materia de ordinario.

Razonamientos jurídicos.

Primero._Examinada la jurisdicción y competencia de este Juzgado respecto de la demanda planteada, procede admitir la misma y señalar día y hora en que hayan de tener lugar los actos de conciliación y juicio, conforme se establece en el artículo 82.1 de la L.P.L.

Segundo._Conforme al artículo 78 de la L.P.L., si las partes solicitasen la práctica anticipada de pruebas, el Juez o el Tribunal, decidirá lo pertinente para su práctica. Conforme al artículo 90-2 de la L.P.L., podrán las partes, asimismo, solicitar aquellas pruebas que habiendo de practicarse en el mismo, requieren diligencias de citación o requerimiento, extremo sobre del que igual forma debe resolverse.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación;

Parte dispositiva.

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el Libro Registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 10 de mayo de 2006, a las nueve horas, cuarenta y cinco minutos de su mañana, en la Sala de Audiencias número 10 de este Juzgado, sita en la Plaza del Pilar, número 2, de Zaragoza, edificio de Juzgados, planta calle, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la L.P.L. (Se advierte a las partes que deberán concurrir al acto del juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse; se advierte que si el demandante no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda, y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía).

Al primer otrosí. Ha lugar a la prueba de interrogatorio.

Cítese en forma a los representantes legales de las empresas demandadas, para que comparezcan en este Juzgado el día del juicio, para la práctica de la prueba de interrogatorio, con los apercibimientos legales pertinentes. En cuanto a la prueba documental, se tiene por hecha la manifestación que contiene.

Al segundo otrosí. Se tiene por hecha la manifestación de que se valdrán de Letrado en el acto del juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Manuel Alvarez Alcolea, Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de lo Social número Cinco de Zaragoza. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legal forma a Constantin Marinescu Maconti 3000, S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de Navarra.

Zaragoza, 7 de febrero de 2006
El Secretario Judicial, Miguel Angel Esteras Pérez.

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