BOLETÍN Nº 145 - 4 de diciembre de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BURGUETE

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Reguladora de Aprovechamientos comunales de Burguete

El Pleno del Ayuntamiento de Burguete, en sesión celebrada el día 17 de agosto de 2006 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de Aprovechamientos comunales de Burguete.

Publicado el Acuerdo de aprobación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 109 de fecha 11 de septiembre de 2006 y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de dicha Ordenanza, disponiendo la publicación del texto integro de la nueva redacción de los artículos afectados, a los efectos procedentes.

"Artículo 54.º

1._En el reparto de leña, por el Ayuntamiento de Burguete se seguirán criterios sociales, dando prioridad a las unidades familiares más modestas económicamente

2._Para determinar los niveles económicos de las unidades familiares a que hace referencia al artículo anterior, por el Ayuntamiento de Burguete se seguirán criterios objetivos, tal como se refleja en el artículo 19 de la presente Ordenanza.

Artículo 55.º

1._Una vez atendidas las necesidades de leña de hogares de los vecinos con derecho a tal aprovechamiento comunal, el Ayuntamiento de Burguete, si dispusiere de leña para ello y fuera adecuado a los intereses de la Villa, podrá proceder a adjudicar, mediante sorteo, lotes de leña de hogares a personas que, siendo propietarios o usuarios de viviendas en Burguete, no reúnan los requisitos exigidos en la Ordenanza.

A tal efecto, publicará un bando para que los interesados se apunten, procediéndose a la adjudicación de los lotes correspondientes mediante sorteo, previo pago de la cantidad que el Ayuntamiento señale.

2._Asimismo los vecinos de Burguete podrán avisar al Ayuntamiento de la existencia de árboles caídos en el termino municipal y solicitar su aprovechamiento

En dicho caso el Ayuntamiento adoptará la resolución correspondiente procediendo en su caso a solicitar su marcación por los servicios forestales del Gobierno de Navarra y procediendo a su adjudicación a favor del interesado por el correspondiente valor de tasación."

Burguete, 23 de octubre de 2006
El Alcalde, Iñaki Cilveti Lecumberri.

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