BOLETÍN Nº 104 - 30 de agosto de 2006

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Treinta y Dos de Madrid

Cédula de notificación

Doña María Dolores Olalla García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Treinta y Dos de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 72/2006 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Belén Jiménez Fernández, María Teresa de Jesús Sánchez Fernandel del Campo y María Teresa Moreno Sánchez, contra la empresa Inversiones y Proyectos Aplicados de Navarra, S.L., sobre despido, se ha dictado la anterior resolución, cuya copia se acompaña.

Auto. En Madrid, a 30 de junio de 2006.

Hechos.

Primero: Con fecha 13 de febrero de 2006, se declaró la improcedencia del despido de Belén Jiménez Fernández, María Teresa de Jesús Sánchez Fernandel del Campo y María Teresa Moreno Sánchez, efectuado por la empresa, Inversiones y Proyectos Aplicados de Navarra, S.L., con efectos desde 18 de noviembre de 2004, con la obligación de la demandada a la readmisión de las trabajadoras y al abono de los salarios de tramitación.

Segundo: En fecha 4 de abril de 2004, las demandantes solicitaron la ejecución de lo acordado, alegando su no readmisión y pidiendo la extinción de la relación laboral con el abono de la indemnización legal correspondiente y los salarios devengados desde el despido hasta la extinción de aquélla, conforme a la circunstancias de la relación laboral reflejadas en el título de ejecución.

Tercero: Habiéndose acordado la celebración del incidente, ha tenido lugar este sin que haya comparecido la parte condenada.

Razonamientos jurídicos.

Primero: Como resulta de lo actuado y del silencio contradictorio de la condenada, que no comparece para defender su derecho, debe tenerse como cierto que la empresa no ha procedido a la readmisión de las trabajadoras en las mismas condiciones anteriores al despido, lo que supone, conforme establece el artículo 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, dictar auto resolviendo la relación laboral y fijando las indemnizaciones que en dicha norma se disponen y que se concretan en la parte dispositiva.

Por todo lo cual,

Parte dispositiva.

Se declara extinguida la relación laboral que unía a Belén Jiménez Fernández, María Teresa de Jesús Sánchez Fernandel del Campo y María Teresa Moreno Sánchez, con la empresa Inversiones y Proyectos Aplicados de Navarra, S.L., condenando a ésta a que abone a aquéllas las cantidades siguientes:

Nombre trabajador: Belén Jiménez Fernández. Indemnización: 3.985,02 euros. Salarios: 20.061,34 euros.

Nombre trabajador: María Teresa de Jesús Sánchez Fernandel del Campo. Indemnización: 5.066 euros. Salarios: 25.503,70 euros.

Nombre trabajador: María Teresa Moreno Sánchez. Indemnización: 4.151,16 euros. Salarios: 20.897,72 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo. El Magistrado-Juez.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Inversiones y Proyectos Aplicados de Navarra, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Madrid, 30 de junio de 2006
La Secretaria Judicial, María Dolores Olalla García.

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