BOLETÍN Nº 63 - 27 de mayo de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 258/2005, de 9 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte y Juventud del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud para el curso escolar 2005-2006.

1._Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, durante el curso escolar 2005-2006.

2._Centro.

2.1. Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe", 31005 Pamplona, (Navarra) calle Goroabe, número 36.

3._Solicitudes.

3.1. Se ofertan 44 plazas.

3.2. Podrán presentar solicitud para cubrir las plazas de residentes aquéllos que obtuvieron plaza de residente durante el curso 2004-2005, los estudiantes menores de 26 años que vayan a cursar enseñanzas regladas no universitarias, y aquéllos que vayan a cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales ubicados en Pamplona.

4._Presentación de solicitud y documentación.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (calle Arrieta, número 25, 31002 Pamplona), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, conforme al modelo que se recoge en el Anexo I.

Se podrán enviar por correo certificado, incluyendo en el anverso del sobre la referencia "Convocatoria de plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe" de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte Juventud", siempre que la solicitud haya sido sellada y firmada por el funcionario de Correos antes de cerrarse el sobre, y se consigne este hecho dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes mediante fax o telegrama dirigido a la Residencia "Fuerte del Príncipe", calle Goroabe, número 36, 31005 Pamplona (Fax: 948 290 540).

5._Documentación.

5.1. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

_Solicitud de admisión.

_Fotocopia de D.N.I.

_Dos fotografías tamaño carnet.

_Certificado de las calificaciones del curso 2004-2005.

_En el supuesto de solicitudes de estudiantes que por primera vez opten a una plaza de residente, se incluirá certificado de las calificaciones del curso 2003-2004.

_Otra documentación que el solicitante considere de interés para avalar su solicitud.

5.2. Documentación complementaria.

En el mes de septiembre, o en su caso con anterioridad, deberá aportarse original y copia de la matrícula correspondiente a los estudios que el solicitante realizará conforme a lo estipulado en la base 3.2.

5.3. En el supuesto de falta de documentación, se concederá un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación al interesado para la subsanación de la citada deficiencia.

6._Valoración.

6.1. Una comisión integrada por la Subdirectora de Juventud, el Jefe del Negociado de Centros de Juventud y el Director de la Residencia Fuerte del Príncipe estudiará las solicitudes presentadas y elevará su propuesta al Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

6.2. La comisión evaluará las solicitudes con arreglo a los siguientes criterios:

6.2.1. Los solicitantes que hubieran obtenido plaza de residente-estudiante en el curso 2004-2005, podrán renovar plaza con carácter preferente, siempre que no tenga más de 2 suspensos en el curso 2004-2005, o en el supuesto de estudios universitarios aprobar el 60% de los créditos matriculados en el curso 2004-2005 y no exista informe negativo motivado del Director de la Residencia. Aquéllos que se matriculen en otros estudios reglados del régimen general diferentes a los que estuvo matriculado en el curso 2004-2005 tendrán que cumplir con las condiciones anteriormente citadas. Todo ello basándose en las calificaciones obtenidas en el mes de junio, que deberán entregarse antes del 22 de julio de 2005.

Excepcionalmente, y cuando concurran circunstancias especiales o en el caso de estudios que tengan especial dificultad, y previo el preceptivo informe motivado del Director de la Residencia, la comisión podrá adjudicar plazas para repetir curso o que no cumplan con los requisitos anteriormente citados.

6.2.2. Las solicitudes para plazas de nuevos residentes serán admitidas siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y los recogidos en la base 6.2.1.

En el supuesto de existir más solicitudes de residentes estudiantes que plazas vacantes, el Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, aprobará mediante Resolución un baremo de valoración que tendrá en cuenta:

_Ser navarro/a o vecindad civil Navarra a la fecha de 1 de enero de 2005.

_Las calificaciones escolares obtenidas por el solicitante.

_Tener hermanos residiendo en la Residencia Juvenil, durante el curso que solicita.

_La necesidad de trasladarse obligatoriamente a Pamplona para proseguir cualquier tipo de estudios.

_Los méritos presentados por el solicitante.

_Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación y Cultura, durante el curso 2004-2005.

_Acreditar la condición de familia numerosa.

7._Resolución.

7.1. Las solicitudes serán resueltas por el Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas.

7.2. Transcurrido el plazo máximo para resolver las solicitudes sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

8._Adjudicación.

8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:

_A la inexistencia de mensualidades pendientes de pago, correspondientes a estancias en cursos anteriores.

_Al pago de una mensualidad de alojamiento y estancia en el plazo de los 10 días naturales siguientes a la notificación. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2006.

_A la presentación de la documentación complementaria (matrícula) conforme a lo estipulado en la base 5.2.

La adjudicación de plaza de residente da derecho a manutención y alojamiento, durante el curso escolar, excepto en los períodos de Navidad, Semana Santa y verano. La Residencia permanecerá cerrada en los períodos vacacionales del 23 de diciembre al 7 de enero y del 13 al 23 de abril, no pudiendo permanecer nadie en ella, sin autorización del Director.

8.2. El Instituto Navarro de Deporte y Juventud podrá revocar total o parcialmente la autorización de uso concedida en los casos siguientes:

_El uso indebido de las instalaciones.

_Incumplimiento de las obligaciones, establecidas en la presente resolución.

_Falseamiento de datos en la solicitud.

_Incumplimiento del reglamento de régimen interno de la residencia.

_Consumo o tenencia de sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas en el Centro.

9._Obligaciones de los residentes.

Los residentes quedan obligados a cumplir las normas de régimen interno de la Residencia y las instrucciones que en aplicación de las mismas dicte su Director. La Residencia estará abierta de 7:00 horas a 1:30 horas de domingo a miércoles; jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos de 7:00 a 3:00 horas. Cualquier excepción requerirá la autorización expresa de la Dirección.

Así mismo deberán abonar los precios oficialmente aprobados por la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, antes del día 10 de cada mes, en la cuenta de la Residencia, relativos a uso y estancia en la instalación, abonando a la empresa de alimentación la realización de los servicios que se vayan a consumir, mediante cargo.

Las mensualidades, conforme a lo establecido en el acuerdo de la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 23 noviembre de 2004, por el que se aprueba el régimen de precios y tarifas de los centros adscritos al Instituto Navarro de Deporte y Juventud (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 26, de 2 de marzo de 2005) incluirán los siguientes conceptos y tendrán las características que se expresan a continuación:

_Alojamiento y estancia.

Los precios del 1 de octubre al 31 de mayo ambos inclusive son de 1.456,00 euros en habitación doble con servicios comunes y de 2.416,00 euros en habitación doble con baño, divididos en mensualidades de 182,00 euros y 302,00 euros respectivamente, en estos precios está incluido el servicio de alojamiento y estancia, de lunes a domingo, excepto en épocas vacacionales. Los meses de septiembre y junio se abonarán por semanas de 57,00 euros en habitación doble con servicios comunes y 83,00 euros en habitación doble con baño. Aquellos residentes que vayan a estar el mes completo abonarán la misma cuota que el resto de mensualidades.

_Alimentación.

Se abonará a la empresa adjudicataria de dicho servicio mediante domiciliación bancaria, por meses adelantados. Durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre al 23 de diciembre mediodía el precio de la alimentación será de 206,51 euros al mes, resultado de prorratear los días lectivos entre tres mensualidades. En este precio se incluye la alimentación desde el desayuno del lunes hasta la comida del viernes. No están incluidos los días 12 de octubre, 1 y 29 de noviembre, 6 y 8 de diciembre. Durante el periodo del 9 de enero al 31 de mayo, el precio por mes será de 215,69 euros más I.P.C. del año 2005. En este precio está incluido desde el desayuno del lunes a la comida del viernes. No se incluye en este precio el periodo de vacaciones de Semana Santa desde la cena del día 12 de abril a la cena del 23 de abril, ni el 1 de mayo. Aquellos residentes que vayan a realizar algún servicio de alimentación desde la cena del viernes a la cena del domingo deberán adquirir en el comedor los tickets correspondientes antes del mediodía del viernes, de acuerdo con los precios establecidos para alberguistas u otros usuarios.

Los servicios de septiembre y junio se abonarán en función de los días de estancia y alojamiento y de acuerdo a los precios que rijan en ese momento.

Ninguno de estos precios sufrirán descuento alguno como consecuencia de ausencias del residente durante el curso escolar por vacaciones, puentes, retraso en el comienzo del curso, enfermedades o cualquier otra circunstancia. La responsabilidad de los pagos será exclusiva del residente aunque sean abonados por terceros.

En caso de renunciar a la plaza, una vez efectuado el pago de reserva o abandonar la Residencia antes del mes de mayo, no habrá derecho a la devolución de dicho pago de alojamiento y estancia.

Todos los jueves del curso escolar y vísperas de festivos, los residentes deberán comunicar en recepción si el fin de semana permanecerán en el Centro, cuándo se van y cuándo regresan de su domicilio.

Asimismo, deberán rellenar un impreso para comunicar las ausencias programadas y en el caso de no incorporarse según lo previsto deberán comunicarlo de forma telefónica.

Los residentes deberán desalojar las habitaciones en épocas vacacionales de Semana Santa, Navidad y verano, no haciéndose responsable la residencia del material, prendas, accesorios, etc. que se quieran dejar en depósito.

No está permitido tener en las habitaciones otros aparatos electrónicos y eléctricos que no sean ordenadores personales y aparatos de sonido de pequeño tamaño, la residencia no se responsabiliza de posibles deterioros o sustracciones.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados.

La confirmación de la plaza por el residente implica la aceptación y el conocimiento de las normas de régimen interno de la Residencia Juvenil.

10._Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Bienestar Social Deporte y Juventud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación del acto, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe", de Pamplona

_Datos del solicitante:

Apellidos ................................... Nombre .......................................... D.N.I. ................... Fecha de nacimiento ..................... Lugar de nacimiento .................................. Residente en Domicilio ......................... C.P. ................ Teléfono ..................

_Datos del padre/madre o representante legal:

Apellidos ................................... Nombre .......................................... D.N.I. ................... Fecha de nacimiento ..................... Lugar de nacimiento .................................. Residente en Domicilio ......................... C.P. ................ Teléfono ..................

f ¿Plaza de nuevo residente?

f ¿Renueva plaza?

_Datos académicos curso anterior:

Matriculado en el curso 2004-2005 en el Centro ................................ Estudios de ................................... Especialidad .....................................

_Datos académicos del próximo curso:

Matriculado en el curso 2004-2005 en el Centro ................................ Estudios de ................................... Especialidad .....................................

Pamplona, a ............................... de .................................. de 2005.

(Firmado)

Pamplona, 11 de mayo de 2005
El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Javier Trigo Oubiña.

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