BOLETÍN Nº 63 - 27 de mayo de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

GUESÁLAZ

Notificación de acuerdo

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación a don Oskar Ilzarbe Legaria, vecino de Viguria, del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento del Valle de Guesálaz, en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2005, relativa a finalización del contrato de arriendo de inmueble y reclamación de deuda.

"18.º Estudiado detenidamente el asunto referente a: 1.º Finalización del contrato de arriendo del edificio situado en la calle del Rosario, número 5 de Viguria.

La Corporación Municipal acuerda, por unanimidad, comunicar a don Oskar Ilzarbe Legaria:

a) Que el día 30 de junio de 2005 finaliza el plazo de arriendo de la Casa-Escuela de Viguria de la que Ud. es arrendatario, concluyendo, por tanto la relación contractual con este Ayuntamiento, tal como se le indico en acuerdo de 2 de octubre de 2004.

b) Que no deseamos proceder a la prorroga del contrato, en consecuencia para el 30 de junio de 2005, deberá abandonarla y dejar la vivienda y local en perfecto estado de habitabilidad, tal como se indica en el punto noveno del Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares.

2.º Pago del alquiler de la Casa Escuela de Viguria, situada en el número 5 de la calle del Rosario.

Teniendo en cuenta que el arrendatario no ha procedido ni a justificar los gastos realizados en el edificio, propiedad del Ayuntamiento, ni a pagar el arriendo que se estableció en el Pliego de Condiciones.

La Corporación Municipal acuerda, por unanimidad: Requerir al arrendatario, don Oscar Ilzarbe Legaria para que antes del 30 de junio, abone la cantidad abajo señalada por el arriendo de la casa, en caso contrario procederemos a su cobro por vía ejecutiva.

DEUDA CONTRAIDA

Arriendo de 1 enero 2003 a 30 junio 2003: 1.156,58 euros.

Arriendo de 1 de julio 2003 a 30 de junio de 2004: 2.405,68 euros (IPC: 4%).

Arriendo de 1 de julio 2004 a 30 de junio de 2005: 2.473,04 euros (IPC 2,8%).

Total arriendo:.6.035,30 euros.

Compensación justificación anterior: 528,07 euros y 1.258,90. Total:.1.786,97 euros

Total a pagar al Ayuntamiento: 4.248,33 euros.

El pago debe hacerse mediante transferencia a la cuenta del Ayuntamiento número 3008-0002-61-0700502024.

Lo que traslado para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra este acuerdo cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

Valle de Guesálaz, 17 de mayo de 2005
El Alcalde, firma ilegible.

Código del anuncio: L0512633