BOLETÍN Nº 60 - 20 de mayo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ZIZUR MAYOR

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en régimen de funcionario

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 22 de abril de 2005, aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en régimen de funcionario y su tramitación reglamentaria.

B A S E S

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en régimen de funcionario.

1.2. La persona que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para cubrir las plazas convocadas, será encuadrada en el nivel o grupo B y percibirá las retribuciones y complementos previstos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y/o estén establecidos en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

1.3. La persona que resulta nombrada para ocupar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y adquiera la condición de funcionario será afiliada y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.4. La persona que cubra la plaza desempeñará las funciones que para los/as Trabajadores/as Sociales están recogidas en el Estudio de la Organización y Funcionamiento de los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Zizur Mayor así como aquellas otras que les sean encomendadas.

1.5. Los personas aprobadas sin plaza según el orden de puntuación obtenida, podrán ser contratadas temporalmente.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

_Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

_Ser mayor de edad.

_Estar en posesión del Título de Diplomado en Trabajo Social o Asistente Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

_Hallarse en posesión del permiso de conducir vehículos, de la clase B 1 como mínimo. La persona que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, deberá justificar la disponibilidad de vehículo previamente a dicho nombramiento.

_Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de sus correspondientes funciones.

_No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga puesto de trabajo, en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Zizur Mayor (Parque Erreniega, s/n, 31180 Zizur Mayor) en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado a través Infolocal, marcando el teléfono 012, si se llama desde Navarra, o marcando el teléfono 948-217012 si se llama desde fuera de Navarra, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. Los aspirantes deberán alegar los méritos que, de conformidad con lo establecido en la Base séptima de esta convocatoria, hayan de ser valorados por el Tribunal calificador.

3.3. Los méritos alegados deberán probarse con certificados de empresa, contrato de trabajo, vida laboral, documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario. La no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias, supondrá la no valoración de los méritos.

3.4. A la instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos:

_Los que acrediten los méritos alegados por los aspirantes, ordenados conforme a lo expuesto en la Base séptima de esta convocatoria.

_Justificante de haber abonado a través de entidad bancaria la cantidad de 15 euros en concepto de formalización del expediente y derechos de examen.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se acreditará mediante certificación expedida por la correspondiente Oficina de Empleo.

3.5. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Luis María Iriarte Larumbe, Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña María Jesús Nieto Irastorza, Presidenta de la Comisión de Servicios Ciudadanos del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal Secretario: Don Jesús Javier Múgica Martinena, Secretario del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña María Isabel Abadía Sanz, Directora de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Doña María Milagrosa Iriarte Elía, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña Mercedes Alduan Urdiáin, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Un Técnico designado por el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Suplente : Un Técnico designado por el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Vocal: A designar por los representantes de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: A designar por los representantes de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

6._Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes Bases.

6.2. La oposición dará comienzo en el mes de setiembre de 2005, aproximadamente, en la fecha, lugar y hora que se determine en la Resolución que se menciona en la Base 4.3.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de los distintos ejercicios, en la forma reglamentaria.

7._Fase de concurso.

7.1. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos, distribuidos conforme al Anexo 2.º en los apartados siguientes:

_Servicios prestados: Máximo 20 puntos.

_Otros méritos: 10 puntos.

7.2. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

El Tribunal valorará los méritos de cada aspirante por cada uno de los apartados señalados sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni pueda otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.

7.3. Al término de la fase de concurso el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. Esta información se podrá obtener a través de Infolocal, marcando el teléfono 012, si se llama desde Navarra, o marcando el teléfono 948-217012 si se llama desde fuera de Navarra.

La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

8._Fase de oposición.

8.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios, siendo su puntuación de 70 puntos.

a) Primer ejercicio: Realización durante un tiempo máximo de dos horas, de una prueba escrita sobre la materia comprendida en el temario del Anexo 3.º, que consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario o preguntas, con respuestas alternativas, de las que una sola de ellas podrá ser considerada correcta.

b) Segundo ejercicio: Realización durante un tiempo máximo de tres horas de una prueba escrita sobre la materia comprendida en el temario del Anexo 3.º, que consistirá en la realización de dos ejercicios prácticos, escritos, relacionados con las funciones y contenidos de la plaza objeto de la convocatoria.

c) Tercer ejercicio: Consiste en la realización de pruebas psicotécnicas para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo.

Estas pruebas serán realizadas por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública y la puntuación que el referido Servicio asigne a cada uno de los opositores vinculará al Tribunal calificador del concurso-oposición.

8.2. La valoración de los ejercicios de la oposición, que serán eliminatorios, podrá alcanzar hasta un máximo de 70 puntos, quedando distribuidos de la forma siguiente:

_Primer ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 10 puntos.

_Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 15 puntos.

_Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 10 puntos.

El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento las calificaciones, así como la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

8.3. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

9._Relación de aprobados, presentación de documentos y retirada de documentación.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación que tenga cabida en la plaza convocada. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

9.2. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento del aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente aprobado con puntuaciones sucesivas.

9.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la comunicación de la propuesta de nombramiento, el aspirante incluido en la misma deberá aportar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:

_Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

_Fotocopia compulsada del carnet de conducir.

_Fotocopia compulsada del documento que acredite la disponibilidad de vehículo.

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

_Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

_Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

_Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

9.4. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10._Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Alcalde nombrará, mediante Resolución, Trabajador/a Social en régimen de funcionario del Ayuntamiento de Zizur Mayor al aspirante que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador del Ayuntamiento de Zizur Mayor. En tal supuesto, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11._Recursos.

11.1. Contra la presente Convocatoria, sus Bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse, optativamente, uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

_Recurso contencioso-administrativo establecido en la legislación general, ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

_Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

11.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el señor Alcalde, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO 1.º

Modelo de instancia

Don/Doña ........................, mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............., con domicilio actual en población ................, provincia ................., calle ..................., código postal ........., teléfono .............

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en régimen de funcionario.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que ha abonado los derechos de examen, en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención del pago de la tasa.

Número de páginas que se adjuntan a la presente instancia:

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente solicitud y en su virtud tenga al/la suscribiente por admitido/a a la convocatoria antes mencionada.

(Fecha y firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR.

ANEXO 2.º

Baremo para la valoración de los méritos

1._Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en esta convocatoria, se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

_Servicios prestados: La puntuación correspondiente a este apartado no podrá ser superior a 20 puntos.

a) Servicios prestados en Servicios Sociales de Base Municipales como Trabajador/a Social: 3 puntos por año trabajado con un máximo de 20 puntos.

b) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como Trabajador/a Social: 1,5 puntos por año trabajador hasta un máximo de 10 puntos.

c) Servicios prestados como Trabajador/a Social en empresas o entidades no públicas: 1 punto por año trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicio.

2._Otros méritos: La puntuación correspondiente a este apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

2.1.a) Por cursos, seminarios, jornadas, debidamente acreditados que tengan relación con las funciones del puesto de trabajo:

_Cursos de 10 horas y hasta 20 horas: 0,25 puntos por curso.

_Cursos superiores a 20 y hasta 40 horas: 0,50 puntos por curso.

_Cursos superiores a 40 y hasta 100 horas: 0,75 puntos por curso.

_Cursos superiores a 100 horas: 1 punto por curso.

La puntuación máxima de este epígrafe no podrá ser superior a 7 puntos.

No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como no universitario.

2.1.b) Por tutoría de prácticas con alumnos de la Diplomatura de Trabajo Social: 1 punto por curso escolar hasta un máximo de 3 puntos.

2.1.c) Por formación reglada complementaria relacionada con las funciones a desarrollar hasta un máximo de 2 puntos.

_Por Diplomatura relacionada con las funciones a desarrollar: 0,75 puntos.

_Por Licenciatura relacionada con las funciones a desarrollar: 1 punto.

2.1.d) Idiomas conocidos por los aspirantes:

Por el conocimiento del francés, inglés o alemán podrán obtenerse hasta un máximo de 1,50 puntos por cada uno de ellos y por el conocimiento del vascuence podrán obtenerse hasta un máximo de 1,575 puntos.

La posesión del Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente, recibirá la máxima valoración señalada en el párrafo anterior.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima cada curso aprobado en una escuela Oficial de Idiomas y, referido al vascuence, también en 1/12 cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

La puntuación máxima de este epígrafe no podrá ser superior a 6,075 puntos.

ANEXO 3.º

Temario del primer y segundo ejercicio de la fase de oposición

1. Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. El municipio: elementos, competencias. Régimen de funcionamiento de las entidades locales.

2. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Interesados. Términos y Plazos. El Procedimiento Administrativo.

3. Ley Foral 14/1983, de 30 de marzo, de Servicios Sociales.

4. Decreto Foral 11/1987, de 16 de enero, por el que se establece el régimen de los Servicios Sociales de Base y modificación del mismo.

5. Estructura Orgánica del Instituto Navarro de Bienestar Social y organización actual del mismo.

6. Instituto Navarro de la Mujer. Organización. Areas de actuación. Servicios. Acciones que desarrolla.

7. Medidas de protección integral contra la violencia de género en Navarra. Normativa. Protocolos de actuación. Recursos.

8. El Sistema Público de Servicios Sociales de Atención Primaria en Navarra, los Servicios Sociales de Base municipales. Programas, Personal, Financiación.

9. Familia y Comunidad como área de actuación de los Servicios Sociales en Navarra.

10. Infancia y Juventud como área de actuación de los Servicios Sociales en Navarra.

11. La Tercera Edad como área de actuación de los Servicios Sociales en Navarra.

12. La Incorporación Social como área de actuación de los Servicios Sociales. Organización, medidas y recursos de inserción socio-laboral. Centros y Servicios en Navarra.

13. La atención a personas con discapacidad como área de actuación de los Servicios Sociales en Navarra. Organización, prestaciones y servicios.

14. Las prestaciones económicas en Servicios Sociales.de Navarra: Tipos. Cuantías. Características.

15. Los centros de Atención Infantil de Navarra. 0-3 Años. Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases para suscribir convenios de colaboración entre el Departamento de Educación y las Entidades Locales.

16. Plan para la atención de la población inmigrante en Navarra.

17. Atención a las drogodependencias en Navarra.

18. El Voluntariado en la Acción Social, Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo.

Zizur Mayor, 22 de abril de 2005
El Alcalde Presidente, Luis María Iriarte Larumbe.

Código del anuncio: L0511279