BOLETÍN Nº 60 - 20 de mayo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ZIZUR MAYOR

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, en régimen funcionarial, de una plaza de Operario de Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor

B A S E S

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Operario de Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en régimen funcionarial, previsto en el artículo 15.6 del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, para el personal de plantilla, que acredite los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

1.2. El personal que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para cubrir la plaza convocada, será encuadrado en el nivel o grupo D y percibirá las retribuciones y complementos previstos en la Plantilla orgánica y demás disposiciones aplicables, quedando adscrito al Servicio de Obras y Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

El nombramiento conferirá a la persona designada el carácter de personal funcionario de nómina y plantilla con todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes en materia del personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor, continuando, asimismo, con la misma afiliación en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La participación en esta promoción no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico que tuviera el empleado antes de la promoción.

1.4. El personal que cubra la plaza desempeñará las funciones recogidas en la Relación de Puestos de Trabajo-Manual de funciones del Estudio de la Organización y Funcionamiento de los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Zizur Mayor para el Operario de Jardines.

1.5 El régimen de jornada de trabajo será el establecido para cada año laboral por el ayuntamiento.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso- oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

a) Ostentar la condición de funcionario del Ayuntamiento de Zizur Mayor, encuadrado en el Nivel E.

b) Tener nombramiento para un puesto de trabajo Peón de Jardines y estar adscrito al Servicio de Obras y Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

d) Acreditación de cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

e) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

La ausencia del requisito de la titulación podrá suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

Los anteriores requisitos deberán acreditarse en el momento de presentación de instancias.

2.2. El cumplimiento de los anteriores requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse, según el modelo que figura en el Anexo I de esta convocatoria, en el Registro General del Ayuntamiento de Zizur Mayor en el plazo de treinta días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. A la instancia deberá adjuntarse fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, así como la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base 2.1. de esta convocatoria.

3.2. Junto a las instancias mencionadas en la base 3.1 de esta convocatoria, se presentarán, en su caso, los documentos que acrediten los méritos que deban ser valorados en la fase de concurso. La acreditación de éstos se hará mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. La no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias en la base 3.1 de esta convocatoria supondrá la no valoración de los méritos. No obstante, los méritos a aportar en la fase de concurso se valorarán tomando como referencia límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Una vez expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde Presidente, mediante resolución, publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, si los hubiere, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. En el caso de que hubiese aspirantes excluidos, dentro de los diez días siguientes al de la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el citado plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se publicará la lista definitiva, previa resolución de la Alcaldía, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la relación de admitidos y excluidos.

En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por:

Presidente: Don Luis María Iriarte Larumbe, Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Don José Manuel Vizcay Vilella, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal Secretario: Don Jesús Javier Múgica Martinena, Secretario del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña María Isabel Abadía Sanz, Técnico de Administración Pública y Responsable de RRHH del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Don Eduardo Senar Senar, Jefe de Servicios Urbanísticos del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Antonio Acebedo Magallanes, Capataz de Obras del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Don Juan José Crespo, Capataz de Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Amalio Iglesias Iglesias, Operario de Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Un representante de los empleados del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. Asimismo el Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas pruebas.

6._Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. La fase de oposición dará comienzo en el mes de junio aproximadamente. En la misma resolución de Alcaldía aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas.

7._Fase de concurso.

7.1. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos, distribuidos conforme al Anexo II en los apartados siguientes:

_Titulación académica: Máximo 4 puntos.

_Servicios prestados: Máximo 10 puntos.

_Currículum profesional: Máximo 9,925 puntos.

_Idiomas Conocidos: Máximo de 6,075 puntos.

7.2. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

El Tribunal valorará los méritos de cada aspirante por cada uno de los apartados señalados sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni pueda otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.

7.3. Al término de la fase de concurso el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes.

8._Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguiente ejercicios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de carácter teórico-práctico con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, relacionado con las plazas a cubrir y sobre temas de jardinería.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo.

Estas pruebas serán realizadas por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública y la puntuación que el referido Servicio asigne a cada uno de los opositores vinculará al Tribunal calificador del concurso-oposición.

8.2. La valoración de los ejercicios de la oposición, que tampoco serán eliminatorios, podrá alcanzar hasta un máximo de 70 puntos, quedando distribuidos de la forma siguiente:

_Primer ejercicio: Hasta un máximo de 50 puntos.

_Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos.

8.3. El primer ejercicio se efectuará a través del sistema de plicas. El acto de apertura de plicas será público y se anunciará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento con una antelación mínima de veinticuatro horas.

El Tribunal publicará en dicho Tablón las calificaciones, así como la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

8.4. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

9._Relación de aprobados.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

9.2. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de algún aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente o siguientes aprobados con puntuaciones sucesivas.

10._Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo, la Alcaldía, mediante Resolución, procederá al nombramiento del propuesto y ordenará la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. El aspirante nombrado deberán tomar posesión del cargo, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la categoría de Operario de Jardines, y en tal caso se cubrirá la baja con el o los aspirantes incluidos inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

11._Recursos.

11.1. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer optativamente alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso administrativo establecido en la legislación general, ante el órgano competente de dicha jurisdicción en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

11.2. Contra los actos del Tribunal calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el señor Alcalde, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ......................................, mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............, con domicilio actual en ................. (.............), calle ....................., código postal .............., teléfono ...........,

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Operario de Jardines del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Número de Páginas que se adjuntan a la presente instancia ..........

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente solicitud y en virtud tenga al/a la suscribiente por admitido/a a la convocatoria antes mencionada.

En ............., a ...... de ................. de ...........

(Firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR.

ANEXO II

Baremo para la valoración de los méritos

1._Titulación académica:

a) Titulaciones académicas oficiales de nivel o grado superior: 3 puntos por cada título.

b) Titulaciones académicas oficiales de nivel medio o grado medio: 2 puntos por cada título.

c) Otras titulaciones académicas oficiales distintas a las anteriores, a valorar por el Tribunal: 1 punto por cada título.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otros de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo. Asimismo, tampoco podrá ser objeto de valoración el título que sirva como requisito para poder concurrir a la convocatoria de acuerdo con lo previsto en la base 2.1.c).

La puntuación correspondiente a este apartado primero no podrá ser superior a 4 puntos.

2._Servicios prestados:

En este apartado se valorarán, a razón de 1 punto por cada año, los años de servicios que a efectos de antigüedad tenga reconocidos cada aspirante a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Si el número de años de servicios no fuera entero, se asignará a los candidatos la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días en que haya prestado sus servicios.

La puntuación correspondiente a este segundo apartado no podrá ser superior a 10 puntos.

3._Currículum profesional:

Acciones formativas relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas).

Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

Los certificados en que no conste duración en horas lectivas, se valorarán como de un crédito académico.

Los certificados en que la duración que conste sea de un curso académico se valorarán como de 12 créditos académicos.

La puntuación correspondiente a este segundo apartado no podrá ser superior a 9,925 puntos.

4._Idiomas conocidos por los aspirantes:

Por conocimiento del francés, inglés o alemán podrán obtenerse hasta un máximo de 1,500 puntos por cada uno de ellos y por el conocimiento del vascuence podrán obtenerse hasta un máximo de 1,575 puntos.

La posesión del Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o titulación reconocida oficialmente equivalente, recibirá la máxima valoración señalada en el párrafo anterior.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima cada curso aprobado en una Escuela Oficial de Idiomas y, referido al vascuence, también en 1/12 "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

Alternativamente, podrá obtenerse la puntuación prevista en este apartado haciendo constar la valoración otorgada por el Instituto Navarro de Administración Pública, conforme a lo dispuesto en la Orden foral 18/2004, de 8 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se regulan pruebas específicas para la valoración de idiomas a efectos de la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

En todo caso, la puntuación máxima de este apartado será de 6,075 puntos.

Zizur Mayor, 8 de abril de 2005
El Alcalde Presidente, Luis María Iriarte Larumbe.

Código del anuncio: L0510825