BOLETÍN Nº 60 - 20 de mayo de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona

E D I C T O

El Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona y su Partido.

Hace saber: Que en los autos de quiebra voluntaria número 1.443/2004, de "Navex Consultores, S.L.", se ha dictado el auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva. Que atendiendo a lo expuesto en los fundamentos jurídicos anteriores, apoyados en las manifestaciones de las partes personadas, quienes no han realizado manifestación en contrario al requerimiento derivado de la providencia de 18 de marzo de 2005, procede el sobreseimiento del presente procedimiento de quiebra voluntaria, instado por la mercantil "Navex Consultores, S.L." y al archivo, una vez firme, de las presentes actuaciones. Lógicamente, se suspende la Junta convocada para la designación de Síndicos, efectuada por auto de 21 de enero de 2005, publicándose este sobreseimiento en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el periódico "Diario de Noticias", y se remitirá mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, para anotar la presente resolución. De igual forma, el Administrador único de la mercantil quebrada don José Antonio Genua Irigoyen, readquiere la plena capacidad jurídica para los actos judiciales y extrajudiciales, y la completa disposición de su patrimonio. Devuélvanse los procedimientos acumulados a los distintos órganos judiciales remitentes de los mismos, para proceder en consecuencia, así como la remisión del oficio oportuno a la Oficina de Correos, para dejar sin efecto la intervención de la correspondencia de la mercantil "Navex Consultores, S.L.".

Contra la presente, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días hábiles, a partir de la notificación de la presente.

Así lo acuerda y firma S.S.ª ilustrísima, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y para que surta los efectos legales oportunos, expido el presente.

Pamplona, 5 de abril de 2005
El Secretario Judicial, firma ilegible.

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