BOLETÍN Nº 60 - 20 de mayo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

PAMPLONA

Club de Tenis de Pamplona: Estudio de Detalle en la zona Z-2/U.I. XVI-Arrosadia/Lezkairu. Aprobación definitiva

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 7 de abril de 2005, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 07-ABR-05 (3/CU).

"Habiendo transcurrido el plazo de información pública del expediente del Estudio de Detalle de la Z-2/U.I.XVI-Arrosadia/Lezkairu (Club de Tenis de Pamplona), que fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de diciembre de 2004 y publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 2 de febrero de 2005 sin que se haya recibido alegación al respecto, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Z-2/U.I.XVI-Arrosadia/Lezkairu, presentado a trámite por doña María Jesús Alvarez en representación del Club de Tenis de Pamplona.

2.º Dese traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del documento aprobado al Gobierno de Navarra y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios municipal".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Texto normativo:

"5. Definición de la ampliación.

La piscina cubierta va a ampliarse en un nuevo vaso para satisfacer la demanda social. Las condiciones a las que ha de verse sujeta dicha ampliación son:

_Satisfacer el cumplimiento del artículo 79 de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal:

_La normativa pide:

Ocupación máxima: Primeros 25.000 metros cuadrados, 40 por 100 = 10.000 metros cuadrados.

Resto (28.535), 25 por 100 = 7.134 metros cuadrados.

Total: 17.134 metros cuadrados.

La ocupación actual es de 9.667,13 metros cuadrados (ver plano anexo ED.01).

El estudio de detalle de la piscina cubierta supone 1.178,70 metros cuadrados más, es decir 10.845,83 metros cuadrados, muy por debajo de los 17.134 metros cuadrados permitidos (ver plano anexo ED.02).

_La normativa pide además que los espacios ajardinados supongan al menos el 33 por 100 de la parcela.

Parcela: 53.535 metros cuadrados.

Superficie ajardinada > 33 por 100 = 17.667 metros cuadrados.

El Club de Tenis cuenta actualmente con 34.401 metros cuadrados. de ajardinamiento (ver plano anexo ED.01).

La actuación, no va a mermar dicha superficie al tratarse el espacio de cubierta como continuación de la meseta ajardinada ya existente (ver plano anexo número ED.02).

_La normativa solicita que el volumen sea menor o igual a B+1, con altura inferior a 12 metros.

_Alineaciones:

Se definen en plano ED.03 las alineaciones del nuevo volumen que tienen el carácter de máximas, pudiendo retranquearse respecto a las mismas y sobresalir de ellas, siempre que lo hagan a nivel de terrazas no cubiertas ni cerradas.

_Alturas:

El nuevo volumen no superará las alturas de la piscina ya existente, a excepción de elementos como barandillas, chimeneas, casetones, escaleras, antenas, piezas singulares, ajardinamientos, u otros no cerrados ni con techo.

_Rasantes:

La rasante exterior de la cubierta será la misma que la del actual volumen de la piscina cubierta, a excepción de lo indicado en el punto anterior (ver plano anexo número ED.03). La rasante interior de planta baja también será la misma que en el actual vaso. La rasante de las terrazas exteriores y de los sótanos es libre.

_Superficies:

Las superficies máximas construidas son las incluidas dentro del ámbito de las alineaciones máximas definidas interiormente.

Los volúmenes contra terreno computarán el 100 por 100 de su superficie.

_Materiales:

La utilización de materiales y componentes constructivos es libre.

_Actuación:

A partir de la aprobación de este estudio de detalle, las edificaciones que se sujeten a sus condiciones serán de actuación directa.

Si se pretende modificar alguna cuestión fundamental de este estudio de detalle, se requerirá la tramitación de un nuevo estudio de detalle".

Pamplona, 13 de abril de 2005
La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0510956