BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

BURLADA

Aprobación definitiva modificación plantilla orgánica

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada en sesión ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 2005 acordó aprobar inicialmente la modificación de la Plantilla Orgánica correspondiente al ejercicio de 2004, acuerdo que fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 22, de 21 de febrero de 2005.

Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se haya producido reclamación de ninguna clase, el acuerdo aprobado inicialmente deviene definitivo, en base al artículo 276.2 en relación con el artículo 236.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, por lo que la Plantilla Orgánica para el año 2004 queda definitivamente modificada en los siguientes términos:

_Se asigna un complemento de trabajo del 1 por 100 del sueldo inicial de su respectivo nivel durante el año 2004 y con efectos de 1 de enero de 2004 y de un 1 por 100 adicional en el año 2005, o se incrementa en dicho porcentaje el que ya tuvieran asignado a los puestos de trabajo encuadrados en los niveles A y B que se relacionan en el anexo del presente acuerdo quedando exceptuados aquellos puestos de trabajo que tengan asignado el complemento de dedicación exclusiva, aquellos que tengan asignados simultáneamente el complemento de incompatibilidad y un complemento de puesto de trabajo así como aquel personal que desempeñe puestos de dirección o jefatura, el cual mantendrá las retribuciones actualmente establecidas.

_Se asigna un complemento de trabajo del 2 por 100 del sueldo inicial de su respectivo nivel durante el año 2004 y con efectos de 1 de enero de 2004 y de un 2 por 100 adicional en el año 2005, o se incrementa en dicho porcentaje el que ya tuvieran asignado a los puestos de trabajo encuadrados en los niveles C, D y E que se relacionan en el anexo del presente acuerdo quedando exceptuados aquellos puestos de trabajo que tengan asignado el complemento de dedicación exclusiva así como aquel personal que desempeñe puestos de dirección o jefatura, el cual mantendrá las retribuciones actualmente establecidas.

_Se asigna un complemento de trabajo del 4 por 100 del sueldo inicial del nivel B durante el año 2004 y con efectos de 1 de enero de 2004 y de un 4 por 100 adicional en el año 2005 a los puestos de trabajo de Trabajadora Social.

_Declarar vacantes los puestos de trabajo números 11.23 y 11.34 con denominación Agente de Policía Municipal.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Burlada, 11 de marzo de 2005
El Alcalde, José Muñoz Arias.

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