BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BEIRE

Aprobación definitiva de modificación de ordenanza

Aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Beire, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2004, la modificación de la Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización de las instalaciones deportivas municipales.

Sometida a exposición pública por plazo de 30 días sin que se hayan presentado reclamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, queda definitivamente aprobada dicha modificación.

La redacción del artículo 5 de la referida Ordenanza Municipal ya modificada es como sigue:

"El tipo de percepción de derechos se ajustará a la siguiente tarifa:

Entradas (campaña 2005):

_De 5 a 14 años de edad: 2,50 euros.

_De 14 años en adelante: 3,50 euros.

Abonos (campaña 2005):

_Hasta 5 años (si alguno de los padres es abonado): Gratis.

_Por temporada: De 5 hasta 14 años de edad: 30 euros.

De 14 años en adelante: 40 euros.

_Quincenal: De 5 hasta 14 años de edad: 20 euros.

De 14 años en adelante: 23 euros.

_Mensual: De 5 hasta 14 años de edad: 23 euros.

De 14 años en adelante: 25 euros.

Nota: Los colectivos (mínimo 10 personas), según normativa, tendrán un descuento global del 10% del importe resultante de la aplicación de estas tasas a la modalidad elegida por cada colectivo."

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 325 de la referida Ley Foral 6/1990.

Beire, 10 de marzo de 2005
El Alcalde Presidente, Sergio Fresán Oroz.

Código del anuncio: L0504189

Hace cien años

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