BOLETÍN Nº 43 - 11 de abril de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 27/2005, de 14 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueba el presupuesto del Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra" para el año 2005, y se modifican, para el mismo ejercicio, los tipos impositivos a aplicar en diversas tasas exigibles.

Vistos, el presupuesto para el año 2005 que presenta el Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra", que asciende, tanto en ingresos como en gastos, a la cantidad de 7.741.152,95 euros, y la solicitud del mismo Consejo Regulador de que se modifiquen para el actual ejercicio los tipos impositivos de las tasas sobre plantaciones, sobre productos amparados y sobre las precintas, en el sentido de que sean del 2%, 3% y de 3 veces el precio de coste, respectivamente.

Visto, asimismo, el informe-propuesta favorable del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Explotaciones Agrarias y,

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo de Tasas y Precios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, en su disposición transitoria adicionada por la Ley Foral 3/2002, de 14 de marzo, que modifica la anterior, y en el artículo 46.2 del Reglamento de la Denominación de Origen Navarra; y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 36.2 b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Aprobar el presupuesto para el año 2005 que presenta el Consejo Regulador de la denominación de Origen Navarra, y que asciende, tanto en ingresos como en gastos, a la cantidad de 7.741.152,95 euros.

La aprobación de este presupuesto no implica compromiso concreto de este Departamento respecto a las subvenciones previstas en el mismo.

2.º Los tipos impositivos que regirán, durante el ejercicio presupuestario de 2005, las tasas sobre plantaciones, sobre productos amparados y sobre la venta y expedición de contraetiquetas o precintas, serán, respectivamente, del 2%, 3% y 3 veces el precio de coste.

3.º Notificar esta Orden Foral al Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra" y a la Subdirección General de Denominaciones de Calidad y Promoción Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos oportunos, y disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 14 de febrero de 2005
El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Javier Echarte Echarte.

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