BOLETÍN Nº 43 - 11 de abril de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona

E D I C T O

En Pamplona, a 11 de marzo de 2005.

Don Ernesto Vitallé Vidal, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona.

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona, se tramita procedimiento de juicio verbal L.E.C. 2000, con el número 1.115/2004, instados por el Procurador señor Santos Julio Laspiur García, actuando en nombre y representación de don Pedro Arzoz Amor, frente a doña Jacy Becerra Dos Santos y don Angela María Ternus Assuncao, en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución, que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

"Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador señor Laspiur, en nombre y representación de Pedro Arzoz Amor, frente a Jacy Becerra Dos Santos y Angela María Ternus Assuncao, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes y que tiene por objeto el local sito en los bajos de la casa número 17, de la calle Monasterio de Urdax, de Pamplona, condenando a los demandados al pago de las rentas vencidas y no pagadas y al pago de los gastos de la comunidad, más los intereses legales, al desalojo del local, bajo apercibimiento de lanzamiento el día 28 de abril de 2005, a las nueve treinta horas, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado, en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación en legal forma a Jacy Becerra Dos Santos y Angela María Ternus Assuncao, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 11 de marzo de 2005
El Magistrado-Juez, Ernesto Vitallé Vidal
El Secretario, firma ilegible.

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