BOLETÍN Nº 136 - 14 de noviembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 359/2005, de 26 de septiembre del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de "Subvenciones para la programación de actividades de fomento de la lectura y de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación en las bibliotecas públicas de Navarra durante 2006", para lo que se autoriza un gasto de 44.000 euros.

El Servicio de Bibliotecas emite informe en el que propone la aprobación de las bases de la convocatoria de "Subvenciones para la programación de actividades de fomento de la lectura y de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación en las bibliotecas públicas de Navarra durante 2006", con el objeto de afianzar actividades rigurosas, originales, variadas y de continuidad que, en último término, promuevan la democratización del acceso a la Cultura y la Información a través de las bibliotecas públicas de la Comunidad Foral.

En virtud de las facultades conferidas la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, reguladora del Régimen General para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos autónomos

ORDENO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria de "Subvenciones para la programación de actividades de fomento de la lectura y de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación en las bibliotecas públicas de Navarra durante 2006".

2.º Autorizar un gasto máximo de 44.000 euros, destinado a las mencionadas subvenciones, que se ha de condicionar a la existencia de crédito suficiente y adecuado en el Presupuesto de Gastos de 2006, equivalente a la Partida A11001 A1320 4600 332200, "Ayudas para la mejora del servicio en bibliotecas públicas", del Presupuesto de Gastos de 2005.

3.º Disponer la publicación de las citadas bases en el "BOLETIN OFICIAL de Navarra".

BASES POR LAS QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA PROGRAMACION DE ACTIVIDADES DE FOMENTO DE LA LECTURA Y DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION EN LAS BIBLIOTECAS PUBLICAS DE NAVARRA DURANTE 2006

El Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra, con el fin de promover la programación sistemática de actividades de fomento de la lectura y del uso las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en las bibliotecas públicas de la Comunidad Foral, establece la siguiente convocatoria con una asignación máxima de 44.000 euros, con arreglo a las siguientes

B A S E S

1._Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria otorgar subvenciones para la programación de actividades de fomento de la lectura y de las TIC, en 2006, en las bibliotecas públicas, organizadas por los respectivos municipios en colaboración con el personal bibliotecario y, en su caso, con el responsable de las actividades de dinamización sociocultural.

De esta manera se pretende reforzar la misión de las bibliotecas públicas de contribuir a la democratización del acceso a la Cultura y la Información de los ciudadanos, con independencia de su edad, origen, lugar de residencia y formación.

Para ello, se propone la coordinación de actividades, recursos humanos y materiales del Gobierno de Navarra y de las respectivas entidades locales, en calidad de corresponsables y cofinanciadores de las bibliotecas públicas abiertas en la Comunidad Foral.

Todo ello, conforme a la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, reguladora del Régimen General para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos, y del Decreto Foral 32/1998, de 1 de febrero, por el que se regula el régimen de subvenciones otorgadas por el Departamento de Educación y Cultura con destino a infraestructuras culturales de titularidad pública municipal.

2._Gastos objeto de subvención.

Serán objeto de subvención la programación de actividades de fomento de la lectura y de las TIC, promovidas por las entidades locales titulares de bibliotecas públicas.

La programación podrá recoger las siguientes actividades:

1. Bibliopiscina (Excluido los gastos de persona).

2. Clubes de lectura (Excluida la compra de libros).

3. Concursos sobre el libro y la lectura.

4. Cuentacuentos.

5. Cursos de animación a la lectura.

6. Encuentros con autores.

7. Exposiciones de libros, audiovisuales e ilustraciones.

8. Guías de lectura y de novedades bibliográficas.

9. Recitales literarios.

10. Talleres de escritura.

11. Talleres para la formación de usuarios en el empleo de las TIC.

12. Teatro con obras de fomento de la lectura y de las TIC.

13. Cualquier otra actividad acorde con el objeto de la presente convocatoria.

3._Presupuesto.

El importe máximo de esta convocatoria de subvenciones es de 44.000 euros, condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado en el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2006, en la partida equivalente a "Mejora en el Servicio de Bibliotecas" del presupuesto del 2006.

4._Beneficiarios.

Podrán acogerse a la convocatoria las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra que sean titulares de una biblioteca pública.

5._Compatibilidad.

5.1. Estas ayudas serán compatibles con subvenciones destinadas al fomento de la lectura y el uso de las TIC, que pudieran proceder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas y de cualquier ente público o privado, nacional o internacional.

5.2. Sin embargo, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas de otras entidades dará lugar a la modificación de la ayuda concedida si la cuantía de todas las ayudas supera el coste de la programación subvencionada, que deberán ser comunicadas su concesión en el plazo máximo de diez días.

6._Solicitudes y documentación.

6.1. Las solicitudes de subvención se presentarán, mediante instancia dirigida al Director del Servicio de Bibliotecas de la Dirección General de Cultura, en el Registro General del Gobierno de Navarra, en el Registro General del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando en la misma la denominación de la presente convocatoria.

6.2. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Programación de actividades de fomento de la lectura y del uso de las TIC en la biblioteca pública, de acuerdo con el Modelo de Solicitud recogido en el Anexo 1.

b) Aquellos documentos que el solicitante considere de interés para mejor fundamentar su petición, en relación con los criterios de valoración señalados en la Base 10.

6.3. Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado que la subsane en un plazo de diez días, indicándole que, en caso contrario, se considerará que ha desistido de su solicitud y se archivará el expediente sin más trámite.

7._Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8._Características y porcentaje de subvención.

8.1. Se subvencionará la programación a realizar en la biblioteca pública en 2006 elaborada por la entidad local responsable de la misma.

8.2. El porcentaje máximo de subvención se adaptará a la dimensión y ámbito de servicio de la respectiva biblioteca de conformidad con la clasificación que se publica en el Anexo 2:

_Bibliotecas urbanas (Apartado 1 del Anexo 2): hasta el 40% del presupuesto de la programación anual.

_Bibliotecas comarcales (Apartado 2 del Anexo 2): hasta el 50% del presupuesto de la programación anual.

_Bibliotecas locales (Apartado 3 del Anexo 2): hasta el 60% del presupuesto de la programación anual.

_Otras bibliotecas (Apartado 4 del Anexo 2): hasta el 70% del presupuesto de la programación anual.

De cualquier manera, la subvención máxima anual no superará los 2.000 euros por biblioteca pública.

9._Seguimiento de la programación.

El Servicio de Bibliotecas, a través de la Sección de Red de Bibliotecas, prestará el servicio de asesoramiento en la preparación de la programación y, por su parte, evaluará su ejecución.

10._Procedimiento y criterios de otorgamiento.

10.1. Se constituirá una Comisión Evaluadora de las solicitudes que estará presidida por las siguientes personas:

Presidente: el Director del Servicio de Bibliotecas.

Vocales:

_Jefa de la Sección de la Red de Bibliotecas.

_Un encargado de biblioteca adscrito a la Sección de la Red de Bibliotecas.

_Un encargado de biblioteca adscrito a una biblioteca pública.

_Un miembro del Consejo Navarro de Cultura.

_Un licenciado en Derecho adscrito al Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

10.2. La Comisión Evaluadora, en la ponderación de las solicitudes presentadas y en la determinación de la cuantía de las ayudas, tendrá en cuenta los siguientes criterios y puntuaciones máximas:

_Rigor, originalidad, variedad y continuidad a lo largo del año de la programación: 50 puntos.

_Tasa de documentos prestados por habitante por la biblioteca pública en los años 2003 y 2004: 25 puntos.

_Actividades dirigidas a difundir la figura de San Francisco Javier, de cuyo nacimiento se celebra el quinto centenario en 2006: 15 puntos.

_Tasa euros/habitante derivada de la subvención municipal destinada a la compra de libros en 2004: 10 puntos.

10.3. Valoradas y puntuadas todas las solicitudes admitidas, se propondrá la concesión de ayudas según el orden de puntuación, en función de la disponibilidad presupuestaria y de la viabilidad de los trabajos subvencionados.

11._Resolución.

11.1. Una vez analizadas por la Comisión Evaluadora las solicitudes presentadas, ésta elevará su propuesta motivada al Consejero de Cultura y Turismo _Institución Príncipe de Viana_, para su resolución, mediante Orden Foral, en el plazo de un mes desde la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

11.2. Una vez notificada la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria, la entidad local deberá comunicar, en el plazo máximo de quince días, la aceptación expresa de las condiciones de concesión de la ayuda.

12._Abono de la subvención.

12.1. La cuantía de las ayudas se establecerá en función de la puntuación obtenida, tal como se señala en la Base 10.2 de esta convocatoria.

12.2. El pago se realizará en dos libramientos. El primero comprenderá las actividades realizadas hasta el 30 de septiembre de 2006 y la documentación acreditativa del gasto se enviará a la Sección de Red de Bibliotecas antes del 14 de octubre de 2006. Por su parte, el segundo libramiento comprenderá las actividades realizadas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2006; la documentación acreditativa del gasto se remitirá a la Sección de Red de Bibliotecas antes del 15 de diciembre de 2006.

12.3. La documentación acreditativa incluirá una sucinta Memoria de las actividades realizadas, la estimación de asistentes a cada actividad y cualquier otra información que se considere de interés. Será imprescindible adjuntar la justificación documental, de conformidad con el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, que aprueba el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación.

12.4. El pago se realizará, previo informe favorable del Servicio de Bibliotecas, mediante Resolución de la Dirección General de Cultura.

12.5. En el caso de que un beneficiario renunciara a la subvención, el crédito presupuestario disponible se podrá asignar al solicitante con mayor puntuación que no haya obtenido ayuda económica en esta convocatoria.

13._Obligaciones del beneficiario.

13.1. El órgano gestor de la Dirección General de Cultura podrá exigir que se proceda a la comprobación de la actividad, objeto de subvención, antes de ordenar el pago.

13.2. La presentación de los documentos, a los que se alude en la Base 12, será condición necesaria para que el pago alcance la cuantía total de la subvención.

13.3. En la publicidad impresa de las actividades subvencionadas se incluirá la mención: "Patrocina, Gobierno de Navarra".

14._Incidencias e incumplimientos.

14.1. La modificación de la programación subvencionada deberá contar con el informe escrito, previo y favorable, de la Sección de la Red de Bibliotecas.

14.2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en estas Bases o en la normativa citada en la Base Primera, así como la falsedad de los datos aportados, facultará a la Administración para suprimir la subvención y, en su caso, exigir la devolución de las cantidades percibidas.

15._Infracciones y sanciones.

15.1. En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, reguladora del Régimen General para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos. Asimismo, procederá el reintegro de la subvención cuando así lo decida la Dirección General de Cultura por Resolución en la que se constate el incumplimiento reiterado de las instrucciones emanadas del órgano gestor para garantizar el pleno cumplimiento de la finalidad de tipo cultural en cuya virtud se otorgó la subvención.

15.2. El procedimiento sancionador será el fijado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

16._Recursos.

Contra la presente convocatoria y sus Bases, así como contra los actos dictados para la aplicación de las mismas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

Modelo de solicitud

Convocatoria de subvenciones para la programación de actividades de fomento de la lectura y de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación. Año 2006.

Datos generales:

Entidad local:

Persona responsable de la programación:

Correo electrónico:

Teléfono:

Fax:

Programación propuesta:

Programación de actividades de fomento de la lectura y de las nuevas Tecnologías de la Información en el año 2006 en la biblioteca pública de:

(Se ha de precisar, al menos, el tipo de actividad y su contenido, la persona o grupo que la va a realizar y el tipo de público al que va destinada. En la descripción, se ha de utilizar el espacio que se considere necesario y, si se prefiere, adjuntar la programación como anexo a este Modelo de Solicitud).

Cuadro resumen:

La programación se ha de resumir en la siguiente tabla, en la que resulta imprescindible incluir la fecha prevista para su realización así como el presupuesto estimado para cada actividad.

NUMERO ACTIVIDAD FECHA COSTE

1

2

3

4

5

6

Total

En ...., a ... de ........ de 2006

Firmado, el Alcalde:

ANEXO II

Clasificación de las bibliotecas

1._Bibliotecas urbanas

Barañáin

Burlada

Pamplona-Chantrea

Pamplona-Milagrosa

Pamplona-San Pedro

Pamplona-Yamaguchi

Zizur Mayor

2._Bibliotecas comarcales

Alsasu/Alsasua

Estella

Sangüesa

Tafalla

Tudela

3._Bibliotecas locales

Ablitas

Andosilla

Ansoáin

Aoiz

Aranguren, Valle de

Arguedas

Aurizberri/Espinal

Azagra

Baztán

Bera/Vera de Bidasoa

Beriain

Berriozar

Buñuel

Cadreita

Caparroso

Carcastillo

Cascante

Castejón

Cintruénigo

Corella

Cortes

Etxarri Aranatz

Falces

Fitero

Funes

Fustiñana

Huarte/Uharte

Irurtzun

Leitza

Lesaka

Lodosa

Marcilla

Mendavia

Milagro

Murchante

Noain

Olite

Pamplona-Echavacoiz

Peralta

Puente la Reina

Ribaforada

San Adrián

Valtierra

Viana

Villafranca

Villava

4._Otras bibliotecas

Aibar

Allo

Añorbe

Arróniz

Artajona

Cabanillas

Cáseda

Ziordia

Doneztebe/Santesteban

Egüés

Fontellas

Larraga

Lekunberri

Lerín

Los Arcos

Lumbier

Mañeru

Mélida

Mendigorría

Miranda de Arga

Monteagudo

Olazti/Olazagutía

Roncal

Sartaguda

Sesma

Urdiain

Pamplona, 26 de septiembre de 2005
El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

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