BOLETÍN Nº 99 - 18 de agosto de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BURLADA

Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal Reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito municipal de Burlada

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 2 de junio de 2004, aprobó inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito municipal de Burlada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el periodo de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Burlada, 5 de julio de 2004
El Alcalde en funciones, Silvio Lozano Calvo.

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