BOLETÍN Nº 77 - 28 de junio de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

RESOLUCION 277/2004, de 11 de junio, del Director General de Obras Públicas, por la que se incluyen como afectadas por el "Proyecto de Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, Tramo Zizur - Puente la Reina" dos fincas en término de Legarda.

Por Resolución 590/2001 de 5 de julio, se aprobó definitivamente el "Proyecto de Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, Tramo Zizur - Puente la Reina", sometido a información pública por Resolución 1308/2000 de 23 de diciembre.

El Servicio de Caminos y Construcción informa de la necesidad de realizar una zanja de encauzamiento de aguas bajo la N-111, afectando en término de Legarda, la parcela 203 del polígono 3 con una ocupación definitiva de 200 m² y una ocupación temporal de 225 m² y la parcela 206 del mismo polígono con una ocupación temporal de 140 m².

El Gobierno de Navarra en Decreto Foral 182/2002 de 5 de agosto declaró urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto, declaración que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley de Expropiación Forzosa es de aplicación a los reformados posteriores que se precisen.

En su virtud, en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

RESUELVO:

1.º Incluir como bienes afectados por el "Proyecto de Construcción de la Autovía Pamplona - Logroño, Tramo Zizur - Puente la Reina" en término de Lergada, 200 m² de ocupación definitiva y 225 m² de ocupación temporal de terreno de la parcela catastral 206 del polígono 3, propiedad de don Juan José Eraso Olaso y 140 m² para ocupación temporal en la parcela 206 cuyo titular es doña Margarita Olaso Ayestarán.

2.º Convocar a don Juan José Eraso Olaso y a doña Margarita Olaso Ayestarán para que comparezcan el día 2 de julio de 2004 a las 9 horas en el Ayuntamiento de Legarda a fin de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación y, en su caso a las de ocupación definitiva de los bienes afectados.

Deberán asistir a dicho acto personalmente o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, certificación de registro de la propiedad, etc.) pudiendo hacerse acompañar, a su costa, si lo estiman oportuno de sus Peritos y/o un Notario.

3.º Indicar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa los interesados, hasta el momento del levantamiento de acta previa, podrán formular por escrito alegaciones a los solos efectos de subsanar errores que deberán dirigir al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Avda. San Ignacio, 3 de Pamplona.

4.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en dos diarios de la Comunidad, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Legarda y notificar a los titulares afectados, mediante la oportuna cédula de citación individual, significándose que esta publicación se realizada igualmente a los efectos que determina el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administración Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.º Dar traslado de la presente Resolución al Ayuntamiento de Legarda, al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas (Sección de Expropiaciones) y a los propietarios afectados.

Pamplona, 11 de junio de 2004
El Director General de Obras Públicas, José Luis Echávarri Arraiza.

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