BOLETÍN Nº 34 - 19 de marzo de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

DECRETO FORAL 102/2004, de 23 de febrero, por el que se que se designan miembros del Consejo Navarro del Euskera.

Por Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, modificado por Decreto Foral 689/1996, de 24 de diciembre, se crea el Consejo Navarro del Euskera.

En la composición de dicho Consejo figuran varios miembros que lo son en razón de su cargo. Estos son: El Presidente del Gobierno de Navarra, que será el Presidente del Consejo; el Consejero de Educación, que será el Vicepresidente; el Director General de universidades y Política Lingüística; el Director General de Educación, hoy de Enseñanzas Escolares y Profesionales; y el Presidente de la Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia.

A su vez, el Consejo está compuesto por ocho representantes de diversas instituciones y entidades que figuran en el citado Decreto Foral y por siete vocales nombrados entre personas de reconocido prestigio en el ámbito del vascuence y de la cultura vasca. Es Secretario del Consejo el Director del Servicio de Programación, Investigación y Desarrollo Lingüístico.

Los vocales que no lo son por razón de su cargo son nombrados por el Gobierno de Navarra para un periodo de cuatro años, sin perjuicio de la posibilidad de su cese o sustitución por el mismo procedimiento utilizado para su nombramiento.

Hasta tanto se concluyan las consultas pertinentes para la renovación de los vocales comprendidos en la letra f) del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, procede designar a diversos vocales del Consejo Navarro del Euskera, así como al Secretario del Consejo.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintitrés de febrero de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo 1.º Se designan, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.letras b) y d) del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, modificado por Decreto Foral 689/1996, de 24 de diciembre, a los siguientes miembros del Consejo Navarro del Euskera, en razón de su cargo:

_El Consejero de Educación, que será el Vicepresidente.

_El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, en sustitución del Director General de Educación.

Artículo 2.º Se dispone el cese, de conformidad con el artículo 2.3 del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, como vocales del Consejo Navarro del Euskera entre personas de reconocido prestigio en el ámbito del euskera y la cultura vasca, a los siguientes miembros:

_Don Julen Calvo Jiménez.

_Don José Andrés Alvaro Oscáriz.

Artículo 3.º Se designa, de conformidad con el artículo 2.g) del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, como vocales del Consejo Navarro del Euskera entre personas de reconocido prestigio en el ámbito del euskera y la cultura vasca, a los siguientes miembros:

_Doña Adoración López Jurío, en sustitución de don Julen Calvo Jiménez.

_Don Iñaki Ayesa Ajona, en sustitución de don José Andrés Alvaro Oscáriz.

Artículo 4.º Designar Secretario del Consejo Navarro del Euskera a don Julen Calvo Jiménez, Director del Servicio de Programación, Investigación y Desarrollo Lingüístico de la Dirección General de Universidades y Política Lingüística.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintitrés de febrero de dos mil cuatro._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

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