BOLETÍN Nº 136 - 12 de noviembre de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Psicólogo al servicio Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo 4/PR, de 19 de octubre de 2004, aprobó la convocatoria con arreglo a las siguientes

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Psicólogo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en el siguiente turno:

_1 plaza en turno libre.

La plaza que se ofertará en el acto de elección de vacantes al que se refiere la base 8 de la convocatoria será la que resulte en el procedimiento de concurso de traslado aprobado con esta misma fecha.

1.2. La plaza que se convoca es la siguiente:

_1 en el Area de Servicios Sociales y Mujer, identificada en la plantilla orgánica con el número 100517-2.

1.3. El nombramiento conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario del Ayuntamiento de Pamplona.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para la plaza del puesto de trabajo convocada, ingrese en el Ayuntamiento de Pamplona y adquiera la condición de funcionario, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

El funcionario que resulte nombrado para la plaza convocada y esté afiliado al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.6. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio término municipal de Pamplona.

1.7. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en la Oficina de Gestión Directa del Ayuntamiento de Pamplona (Casa Marceliano, calle del Mercado, 7-9), en Internet www.pamplona.net, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. A la instancia se acompañará justificante de haber abonado en la cuenta del Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local, o persona en quien delegue, dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Junta de Gobierno Local, o persona en quien delegue, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Concepción Mateo Pérez, Concejala Delegada del Area de Servicios Sociales y Mujer.

_Suplente: Juan José Unzué Gaztelu, Concejal Especial de Función Pública.

_Vocal: Un Psicólogo designado por el Gobierno de Navarra.

_Suplente: Un Psicólogo designado por el Gobierno de Navarra.

_Vocal: Un Psicólogo designado por el Gobierno de Navarra.

_Suplente: Un Psicólogo designado por el Gobierno de Navarra.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Vocal Secretario: Don Julio Sucunza Azcona, Director del Area de Presidencia.

_Suplente: Ana Góngora Urzáiz, Secretaria Técnica del Area de Servicios Sociales.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo transcurridos como mínimo 3 meses desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de las siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en la exposición por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, de tres temas escogidos al azar de entre los contenidos en la parte primera del Anexo II.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en la exposición por escrito, durante el tiempo máximo de 3 horas, de dos temas escogidos al azar de entre los contenidos en la parte segunda del Anexo II.

Tercer ejercicio: De carácter práctico, escogido al azar, de entre los tres que proponga el tribunal. Se valorará la capacidad de raciocinio, la correcta interpretación de la normativa aplicable al caso planteado, la adecuada formulación de conclusiones y los conocimientos expuestos. El tiempo máximo para realizar esta prueba será determinado por el tribunal.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 80 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

_Primer ejercicio: Hasta 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

_Segundo ejercicio: Hasta 20 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

_Tercer ejercicio: Hasta 30 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de la oposición.

6.5. Los ejercicios primero y segundo de la oposición se realizarán por escrito y serán leídos por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Quedarán también excluidos los aspirantes que no concurran a la lectura de los ejercicios en la fecha fijada por el Tribunal.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios de la oposición, y elevará a la Junta de Gobierno Local, o persona en quien delegue,, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados sucesivamente y por su orden.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

g) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

h) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluídos en el párrafo segundo de la base 2.1.a).

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.

b) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Psicólogo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia

7.3. Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presente dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local, o persona en quien delegue, cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

8.1. La Junta de Gobierno Local, o persona en quien delegue, nombrará funcionario del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Psicólogo, y adjudicará las vacante, mediante Resolución, al aspirante que de cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

8.4. En el caso del aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante la Junta de Gobierno Local dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ..............., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............., (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........... de ............ de ............ natural de ........ (...............) nacionalidad ..................... con domicilio actual en ............. (..................) calle ................., código postal ..........., teléfono ..............., teléfono trabajo ...............

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante .........................., de .............. plaza del puesto de trabajo de ..................................... al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha ..................., en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción (*).

f Turno restringido minusválidos (*).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciónes que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición) (*).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente (*).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante ......................, de ......... plaza del puesto de trabajo de ............................. al servicio del Ayuntamiento de Pamplona.

Pamplona, ............... de .............. de .............

(Firma)

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA. AREA DE PRESIDENCIA.

ANEXO II

Temario

Primera Parte

1. Normativa relativa a la protección del menor.

2. Normativa autonómica de aplicación en los Servicios Sociales.

3. Plan de prestaciones básicas: programas y prestaciones sociales.

4. Organización y funciones de los servicios sociales municipales. Estructura y organización en el Ayuntamiento de Pamplona.

5. Los equipos interprofesionales en los servicios sociales de atención primaria.

6. Las funciones del psicólogo social en un equipo de atención primaria.

7. La interdisciplinariedad en los equipos sociales de atención primaria.

8. Metodología de intervención aplicada a servicios sociales.

9. Los diseños de indicadores psicosociales.

10. Criterios diagnósticos de problemática social y psicosocial.

11. Atención individual-familiar desde servicios sociales de atención primaria. Criterios técnicos y metodológicos.

12. Atención individual-familiar desde servicios sociales de atención primaria. Criterios

organizativos.

13. Atención a urgencias sociales.

14. Los sistemas de información y registro en la atención individual-familiar desde servicios sociales de atención primaria.

15. Criterios técnicos de la intervención grupal y comunitaria.

16. La metodología básica de la atención comunitaria.

17. Funciones del psicólogo en la regulación de equipos de trabajo en los CMS.

18. La gestión de la atención comunitaria. Criterios organizativos.

19. La evaluación de la intervención grupal y de la intervención comunitaria.

20. Intervención en problemas psicológicos derivados de crisis de pareja.

21. Protocolo de atención en problemas psicosociales de la gente mayor.

22. Intervención con adultos en situación de crisis psicológica.

23. Protocolo de atención en problemas de conducta antisocial en la infancia/juventud.

24. Intervención con adultos con problemática de salud mental.

25. Intervención con personas con discapacidad.

26. Intervención psicosocial en situaciones de riesgo en la infancia.

27. Metodología básica de intervenciones psicológicas en servicios sociales.

28. Evaluación, abordaje y tratamiento psicológico de familias multiproblemáticas.

29. Intervención psicosocial en drogodependencias desde atención primaria.

30. Intervención grupal con mujeres en situación de aislamiento social y problemática psicosocial.

31. Intervención psicosocial con colectivos de inmigrantes o minorías étnicas.

32. El ciclo vital de la familia: fases y características.

33. El posicionamiento de atención en infancia/adolescencia con riesgo social.

34. Intervención psicosocial en casos de abusos y maltratos desde servicios sociales.

35. Intervención con menores en situación de desatención grave. Circuito de atención.

36. Intervención psicosocial en casos de absentismo.

37. Las coordinaciones con equipos de salud mental infantil y equipos de orientación educativa y psicopedagógica.

38. Las funciones de asesoramiento y complementación del psicólogo social a los profesionales del equipo de atención primaria.

39. Intervención en drogodependencias. Circuito de atención y coordinación con servicios específicos.

40. Competencias municipales en materia de drogodependencias. Criterios de intervención.

41. La significación de los síntomas en el sistema familiar.

42. Intervención psicosocial en la integración laboral de jóvenes y parados de larga duración.

43. Normativa relativa a la integración social y a la protección de los discapacitados.

44. Las competencias del Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra y de los Ayuntamientos en materia de servicios sociales. Colaboración y cooperación entre las Administraciones Públicas y con las entidades privadas colaboradoras.

45. La prevención en drogodependencias: el trabajo con mediadores sociales.

46. La entrevista psicosocial como instrumento para la investigación. Elementos clave, tácticas y diseño.

47. La violencia en la familia. Definición de factores psicosociales y de intervención.

48. El Plan individualizado de inserción social.

49. El trabajo con entidades en los barrios.

50. El sistema de registro de servicios sociales.

51. La intervención sin demanda.

52. Tipología de intervenciones grupales.

53. Tipología de intervenciones comunitarias.

54. Intervención en problemáticas en las relaciones familiares.

55. Criterios de intervención con familias que presentan conductas adictivas.

56. Criterios básicos de intervención en los programas de prevención de drogodependencias.

57. Los servicios de protección de menores en Comunidad Foral de Navarra. Criterios de intervención y circuito de atención. Los Juzgados de Menores. Medidas de reinserción social.

58. Prevención social de la infancia en riesgo.

59. Prevención primaria en drogodependencias. Coordinación institucional.

60. Criterios de trabajo con familiares cuidadores. Programas de soporte y asesoramiento.

61. La intervención psicosocial en situaciones de absentismo. Circuito de atención y coordinación interinstitucional.

62. Legislación aplicable a los derechos y libertades de los extranjeros en España.

63. La inserción sociolaboral y formativa de los jóvenes.

64. Abordaje y primera atención a la mujer víctima de maltratos.

65. La reinserción social del drogodependiente. Criterios y estrategias de intervención.

66. La intervención psicosocial en situaciones de conflicto juvenil.

67. Coproducción de servicios. Definición de criterios de intervención con las entidades y recursos del barrio y/o de la ciudad.

68. Grupos educativos y terapéuticos de padres o familiares de drogodependientes.

69. La Estrategia Nacional sobre Drogas 2000-2008. Los Planes Municipales de Drogodependencias.

70. Interrelación entre la atención individual y la atención comunitaria.

71. Integración social de personas con discapacidad psíquica.

72. Intervención psicológica en itinerarios de inserción sociolaboral.

73. La participación de la persona atendida en el proceso de intervención.

74. Implicación y participación de las entidades en las intervenciones comunitarias.

75. Colaboración y complementación de servicios sociales y servicios de salud mental.

76. Colaboración y complementación de servicios sociales con centros educativos y equipos de orientación educativa y psicopedagógica.

77. Los recursos de atención psicológica de la ciudad de Palma.

78. Intervención grupal con familias de personas mayores con procesos demenciales.

79. Intervención grupal con padres de niños con discapacidad.

80. Intervención grupal con padres de adolescentes.

81. Factores predictivos de la violencia doméstica. Consecuencias psicológicas del maltrato doméstico a la mujer.

82. El apoyo psicológico a las personas víctimas de una situación de desastre. Víctimas directas, familiares, personal de protección, voluntariado, etc.

83. El apoyo psicológico a cuidadores y cuidadoras de personas con minusvalías

Segunda parte

1. La Constitución española de 1978. Antecedentes y procedimiento de elaboración. Principios básicos. Derechos y libertades. Su protección.

2. Instituciones básicas del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Tribunal Constitucional. El Poder Judicial. Estructura territorial. Las Comunidades Autónomas.

3. Las fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución como norma. Las Leyes. Clases. Los Reglamentos. Otras fuentes: La costumbre, principios generales. La Jurisprudencia.

4. La Administración Pública. Concepto, clases, fines. Principios de organización administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ambito de aplicación y principios generales.

5. Disposiciones y actos administrativos: Concepto, clases y requisitos de los actos administrativos. Los procedimientos administrativos. Los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa.

6. El régimen foral de Navarra. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: Antecedentes, fundamento, elaboración, principios básicos. Reforma del Régimen Foral.

7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. La Ley Foral reguladora. Clases de personal. Los funcionarios: Ingreso, carrera administrativa, derechos y deberes.

8. Procesos de aprendizajes: Condicionamiento, aprendizaje por observación, aprendizajes superiores, el procesamiento de la información, el papel de la atención y la memoria, las habilidades metacognitivas.

9. El proceso de enseñanza y aprendizaje como proceso de construcción y de interacción: Elementos interpersonales y elementos didácticos. El papel mediador del profesor.

10. Principios didácticos en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Aprendizaje significativo. El papel de las capacidades y conocimientos previos. La personalización de los procesos de enseñanza-aprendizaje.

11. Concepto de evaluación. Principios y características generales de la evaluación. Las técnicas de evaluación. Los juicios y la toma de decisiones.

12. Teoría del acto administrativo. Clases. Principios generales del procedimiento administrativo: normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo días y horas hábiles, cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

13. Fases del procedimiento administrativo. El silencio administrativo.

14. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

15. Los recursos administrativos. Concepto, principios generales y clases.

16. El servicio público. Nociones generales. Las formas de gestión de los servicios públicos.

17. La responsabilidad de la Administración pública.

18. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

19. El servicio público en la esfera local. Las formas de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

20. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

21. El Alcalde. El Ayuntamiento Pleno. La Comisión de Gobierno. Los tenientes de alcalde. Funcionamiento de los organismos municipales. Régimen de sesiones.

22. Incoación, tramitación y resolución de expedientes.

Pamplona, 19 de octubre de 2004
José Iribas Sánchez de Boado, Secretario de la Junta de Gobierno Local.

Código del anuncio: L0416364