BOLETÍN Nº 136 - 12 de noviembre de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA para la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Industrial al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 2405/2004, de 18 de octubre, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Industrial al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto _BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 107, de 1 de septiembre de 1993_, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Industrial, de régimen funcionarial y nivel A, distribuidas en los siguientes turnos:

_2 en turno libre.

_2 en turno de promoción.

1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:

_3 en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, números de plantilla 6855, 6856 y 6934, con destino en Pamplona.

_1 en el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, número de plantilla 2614, con destino en Pamplona.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en el apartado 2.1.2 de la convocatoria en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en el apartado 7.2.

1.4. El nombramiento conferirá a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas convocadas, ingresen en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en dicho régimen.

Los aspirantes que sean nombrados para las plazas convocadas y se encuentren ya afiliados al régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo modificarse en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria y hasta la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Ingeniero Industrial.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el desempeño de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma establecidos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, 2, Pamplona) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en la Oficina de Información del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, 2, vestíbulo, de Pamplona), pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público"; y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y acreditar la condición legal de discapacitado mediante fotocopia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará justificante de haber abonado en cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figurasen inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el periodo de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el periodo de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección antes señalada.

No obstante lo dispuesto en la base 2.2., los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Juan José Grau Lasheras, Director General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Suplente: Don Miguel Angel Urrutia Arrayago, Jefe de la Sección de la Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

_Vocal: Don Jesús Oiza Sagardoy, Ingeniero Industrial adscrito al Servicio de Integración Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Suplente: Don José Antonio Ayesa Usabiaga, Director del Servicio de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

_Vocal: Don Juan Carlos Artázcoz Sanz, Jefe de la Sección de fomento a la Innovación del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

Suplente: Don Martín Pérez Trecu, Jefe de la Sección de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

_Vocal: Un representante del personal, a proponer por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

Suplente: Un representante del personal, a proponer por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

_Vocal-Secretario: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Suplente: Doña María José Alvarez Los Arcos, Secretaria Técnica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Vocal Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de marzo de 2005. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición. Posteriormente, el Tribunal publicará los anuncios de celebración de los restantes ejercicios en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de 4 horas, dos temas extraídos al azar, uno de la primera parte del temario y otro de la segunda parte.

Segundo: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, dos temas extraídos al azar de la tercera parte del temario.

Tercero: Consistirá en resolver en aula uno dos supuestos prácticos sobre la materia comprendida en el temario, disponiendo para ello los opositores de un máximo de 5 horas.

Los ejercicios primero y segundo serán leídos por los aspirantes ante el Tribunal en acto público.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 20 puntos, 10 puntos cada tema.

Segundo: Hasta 40 puntos, 20 puntos cada tema.

Tercero: Hasta 40 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los opositores que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada uno de los temas de los dos primeros ejercicios y la mitad de la puntuación asignada al tercero.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de su celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de quienes hubieran aprobado la oposición, con las calificaciones obtenidas, y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en los demás ejercicios.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, en esta dependencia de los impresos preparados al efecto, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) 2 fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) Fotocopia compulsada del documento que acredite tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de que se pretenda acceder a la plaza reservada al turno de personas con discapacidad.

g) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) La documentación que, para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

7.2.3. Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por el equipo de valoración y orientación competente.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá las bajas con los aspirantes incluidos inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, debiendo procederse en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3., preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de la Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Ingeniero Industrial, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tales supuestos, se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ................................. mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .............. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........... de .................. de ............, natural de .................... (...................), nacionalidad ......................, con domicilio actual en ........................ (....................) calle ................................ código postal ..................... teléfono ......................... teléfono trabajo ...........................

EXPONE:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante ..............., de ......... plazas del puesto de trabajo de ................ al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ......., de fecha .............., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno de reserva para discapacitados*

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ...................... de ..................... de .......

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR. DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

(*) Unicamente cuando proceda.

ANEXO II

Temario

Primera parte

Tema 1._El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común: Ambito de aplicación y principios informadores. Los interesados. Términos y plazos. El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Tema 2._La contratación administrativa en Navarra. La Ley 10/1998, de 16 de junio, de contratos de las Administraciones Públicas de Navarra. Naturaleza jurídica de los contratos públicos. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causas de los contratos públicos. La forma de contratación administrativa y los sistemas de selección de contratistas en Navarra. La formalización de los contratos. La extinción de los contratos administrativos cumplimiento, nulidad y resolución. La cesión del contrato y el subcontrato.

Tema 3._La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimiento sancionador.

Tema 4._La responsabilidad patrimonial de la Administración pública: regulación, elementos y procedimiento.

Tema 5._Los recursos administrativos. Los recursos de alzada y de reposición. El recurso extraordinario de revisión.

Tema 6._El Parlamento o Cortes de Navarra. Composición, organización y funciones. La función de control del Parlamento sobre el Gobierno.

Tema 7._La Diputación Foral o Gobierno de Navarra. Funciones. El Presidente. Su elección. Los Consejeros. La Administración de la Comunidad Foral. Decretos y Ordenes Forales. Actos y recursos.

Tema 8._La Cámara de Comptos de Navarra: organización y competencias. El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra: origen y justificación; elección, cese y sustitución; prerrogativas e incompatibilidades; competencias; funcionamiento de la institución.

Tema 9._La Hacienda Pública de Navarra: Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre. Régimen jurídico. Derechos y obligaciones económicas. Los presupuestos generales de Navarra. El control: la intervención y el control financiero. Las responsabilidades de autoridades y empleados.

Tema 10._El régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

Tema 11._Función pública: naturaleza y contenido de la relación jurídico funcionarial. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tema 12._La protección del medio ambiente. Competencias de la Comunidad Foral de Navarra. Referencia general a la legislación Navarra relativa a los Espacios Naturales, las actividades clasificadas para la protección del medio ambiente, y la protección y gestión de la fauna silvestre. La Evaluación del Impacto Ambiental.

Tema 13._La protección de datos personales en Europa y España. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales. Ley 38/1995, de 12 de diciembre, de libre acceso a la información en materia de medio ambiente.

Segunda parte

Tema 1._Legislación básica en materia de calidad del aire: Ley 38/72, de 22 de diciembre, de Protección del ambiente atmosférico y Decreto 833/75, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972. Criterios y estrategias para la protección de la atmósfera. Niveles admisibles de contaminación.

Tema 2._Directivas europeas en materia de emisiones a la atmósfera: Directiva 2001/81/CE sobre techos nacionales de emisión. Real Decreto 1437/2002, de 27 de diciembre, por el que se adecuan las cisternas de gasolina al Real Decreto 2102/1996, de 20 de septiembre, sobre control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (C.O.V.). El Decreto Foral 6/2002, de 14 de enero, sobre condiciones aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de emitir contaminantes a la atmósfera.

Tema 3._La Directiva 2003/87/CE que establece un régimen para el comercio de derechos de emisiones de gases de efecto invernadero. Su transposición a la legislación española.

Tema 4._Legislación en materia de ruido y vibraciones: Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas que deben cumplir las actividades emisoras de ruidos o vibraciones. Ruido de tráfico. Ruido y planificación urbana.

Tema 5._Ley 10/98, de 21 de abril, de Residuos. Ley 11/97, de 24 de abril, de envases y residuos de envases y Real Decreto 782/98, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 11/1997. Criterios y estrategias para la gestión de residuos urbanos. Residuos sanitarios. Política de gestión de residuos sólidos urbanos en la Unión Europea.

Tema 6._Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de las Ley básica de Residuos tóxicos y peligrosos, y Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, que modifica el anterior. Normas especificas sobre determinadas actividades de gestión: incineración, residuos de origen agrario. Ley Foral 13/1994, de 20 de septiembre, de Gestión de residuos especiales.

Tema 7._La Directiva 2000/60/CE sobre el marco comunitario en el ámbito de la política de Aguas. Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Tema 8._La Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de Saneamiento de aguas residuales de Navarra. El Decreto Foral 55/1990, de 15 de marzo, por el que se establecen limitaciones de vertido a colector público. El canon de saneamiento.

Tema 9._Legislación en materia de actividades con posible incidencia ambiental. La Ley 16/2002, de 1 de julio, de control y prevención integrados de la contaminación. La Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de Actividades Clasificadas para la protección del Medio Ambiente.

Tema 10._La Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, sobre Evaluación del impacto Ambiental. La Directiva 2001/42/CE sobre evaluación de Planes y programas sobre el Medio Ambiente.

Tema 11._Convenios internacionales: Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Larga Distancia, Contaminantes orgánicos persistentes, Reducción de la acidificación, la eutrofización y el ozono troposférico.

Tema 12._Convenios internacionales: Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, Cambio climático.

Tema 13._El Reglamento(CE) 850/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, sobre los contaminantes orgánicos persistentes.

Tema 14._Ayudas a la mejora del impacto ambiental de las actividades industriales. Deducciones del Impuesto de Sociedades por actuaciones en mejoras medioambientales.

Tema 15._Los Sistemas de Gestión Medioambiental. ISO 14001 y EMAS. El Reglamento (CE) 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales.

Tercera parte

Tema 1._Contaminantes atmosféricos. Efectos sobre el medio ambiente y la salud. Problemática a nivel global: Lluvias ácidas, agujero de ozono, cambio climático.

Tema 2._Los focos contaminadores de la atmósfera. Generadores de calor doméstico. El tráfico. La industria.

Tema 3._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera: Centrales térmicas, metalurgia férrea, metalurgia no férrea. Características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 4._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera: Fabricación de fertilizantes, fabricación de cemento y cal. Características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 5._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera: Industria química. Características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 6._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera: industria de la piedra, industria del vidrio y fibras minerales, industria cerámica, pintado, fabricación de pasta y papel. Características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 7._Actividades industriales emisoras de contaminantes de la atmósfera: Fabricación de pasta y papel, pintado de superficies metálicas. Características de las emisiones y sistemas de depuración aplicables.

Tema 8._Parámetros básicos del ruido. Efectos del ruido. Parámetros básicos de las vibraciones. Efectos de las vibraciones. Medida de los ruidos y las vibraciones. Aislamiento acústico a ruidos aéreos. Aislamiento de vibraciones. Soluciones constructivas.

Tema 9._Residuos sólidos urbanos. Producción y composición de los mismos. Residuos industriales asimilables a urbanos. Afecciones de los residuos al entorno urbano.

Tema 10._Residuos ganaderos. Efectos ambientales. Decreto Foral 148/2003, de 23 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11._Residuos peligrosos. Lista europea de residuos. Caracterización. Tipos de residuos peligrosos producidos en diversos procesos industriales.

Tema 12._Problemática de los aceites usados, PCB y PCT. Legislación específica: Orden Ministerial de 28 de febrero de 1989 y Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto de 1999, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

Tema 13._Gestión de vehículos fuera de uso. Problemática ambiental. Legislación aplicable: Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

Tema 14._El agua. Ciclo hidrológico. Actividades consumidoras de agua. Calidad del agua para los diferentes usos (vida piscícola, abastecimiento, riego, uso industrial y biológicos). Parámetros fisicoquímicos y biológicos del agua. Sistemas de muestreo y conservación de muestras.

Tema 15._Contaminación de las aguas. Contaminantes principales y microcontaminantes. Las aguas residuales urbanas. Composición y variabilidad. Aguas residuales industriales. Descripción y características. Balance de oxígeno en las aguas superficiales. Autodepuración de los cursos de agua.

Tema 16._Actividades industriales generadoras de aguas residuales: Mataderos, industrias cárnicas, bodegas, industrias conserveras, industrias lácteas. Descripción y características de las aguas residuales.

Tema 17._Actividades industriales generadoras de aguas residuales: producción y transformación de metales, industria química, industria farmacéutica. Descripción y características de las aguas residuales.

Tema 18._Actividades industriales generadoras de aguas residuales: Industria farmacéutica, industria de la piel y curtidos, industria textil, industria de producción de pasta y papel. Descripción y características de las aguas residuales.

Tema 19._Sistemas de depuración de las emisiones a la atmósfera: separación de partículas. Ciclones. Filtros de mangas. Precipitadores electrostáticos. Lavadores.

Tema 20._Sistemas de depuración de emisiones a la atmósfera: depuración de gases y vapores. Sistemas de adsorción y absorción. Incineración.

Tema 21._Emisión de compuestos orgánicos volátiles. Actividades emisoras. Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación a la emisión de compuestos orgánicos volátiles. Sistemas de control de las emisiones.

Tema 22._Actividades extractivas. Planes de explotación y planes de restauración del espacio natural afectado.

Tema 23._Recogida de residuos sólidos urbanos. Organización de los servicios municipales individuales y mancomunados. Recogidas especiales. Recogida selectiva. Plantas de transferencia.

Tema 24._Plantas de tratamiento de residuos urbanos. Aprovechamiento de la fracción inerte. Plantas de selección. Comercialización de los productos recuperados. Tecnología de fabricación.

Tema 25._Plantas de tratamientos de residuos urbanos. Aprovechamiento de la fracción orgánica. Compostaje. Digestión Anaerobia.

Tema 26._Residuos de envases y embalajes. Sistemas de recogida y tratamiento. Los Sistemas Integrados de Gestión.

Tema 27._Actividades de gestión de residuos. Incineración de residuos: tipos de incineradoras. Incidencia ambiental de la incineración. Medidas correctoras. Principales residuos incinerables.

Tema 28._Actividades de gestión de residuos. Vertederos de residuos: diseño y explotación de vertederos. Incidencia ambiental del vertido de residuos. Medidas correctoras. Residuos admisibles en vertederos.

Tema 29._Actividades de gestión de residuos. Tratamientos físico-químicos de residuos peligrosos: oxidación química, neutralización, precipitación., estabilización y solidificación, procesos de membrana. Incidencia ambiental y medidas correctoras. Residuos admisibles.

Tema 30._Planes de Minimización de la producción de residuos. Buenas prácticas en la empresa. Concepto de ecoauditoría. Directiva comunitaria sobre ecoauditorías. Medidas concretas de minimización aplicables a sectores industriales: galvanotecnia, mecanizado de metales, pintura, ahorro de agua en la industria.

Tema 31._Tratamiento de aguas residuales: tratamientos previos o pretratamientos. Tratamientos primarios: Separación de la materia coloidal y en suspensión. Tratamiento de fangos.

Tema 32._Principios del tratamiento biológico. Filtros percoladores y discos biológicos. Depuración por lagunaje. Procesos de lodos activados. Procesos anaerobios. Criterios para la elección de un sistema de tratamiento biológico.

Tema 33._El tratamiento de las aguas urbanas. Depuración individual. Pequeñas poblaciones. Grandes aglomeraciones. Saneamiento integral de cuencas de ríos. Depuración conjunta de aguas urbanas e industriales.

Tema 34._Mejores técnicas disponibles. Concepto y aplicación. Planes de Autocontrol de emisiones y vertidos.

Tema 35._Difusión de la información de emisiones y vertidos de actividades. El Registro EPER. La Decisión 2004/156/CE que establece directrices para el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Tema 36._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Siderúrgica: Fabricación de acero. Laminación. Forja. Aceros especiales y ferroaleaciones. Fundiciones de hierro, acero y metales no férreos. Tratamientos. metalurgia del Aluminio, Cobre, Plomo, Zinc, Estaño y Tungsteno. Transformados metálicos. Construcción de automóviles y vehículos industriales.

Tema 37._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Metalurgia del Aluminio, Cobre, Plomo, Zinc, Estaño y Tungsteno.

Tema 38._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Industria Química: Industria Química inorgánica de base por procesos de reacción y procesos electroquímicos. Industria Química orgánica de base, carboquímica y petroquímica. Agroquímica: fertilizantes y plaguicidas. Industria Química transformadora. Resinas naturales y artificiales. Plásticos. Productos farmacéuticos.

Tema 39._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Industria de la construcción: industrias del cemento y derivados. Yesos y cales. Industrias cerámicas y del vidrio.

Tema 40._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Industrias de la piel y curtidos. Industria textil.

Tema 41._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Industria alimentaria: Aceites y grasas. Industrias cárnicas. Conservas vegetales. Vino e industrias vínicas. Industrias harineras y derivados. Piensos compuestos.

Tema 42._Sectores industriales. Situación y aplicación de las Mejores técnicas disponibles: Producción de pasta de papel. Producción de papel y cartón. Artes gráficas.

Tema 43._La Inspección medioambiental. Criterios mínimos sobre inspecciones medioambientales. El Plan General de Inspección Ambiental de Navarra.

Tema 44._Suelos Contaminados. Concepto y legislación aplicable. Actividades contaminadoras del suelo. Investigación de la contaminación del suelo.

Tema 45._Suelos contaminados. Afecciones de los suelos contaminados. Evaluación de riesgos. Tratamiento de suelos contaminados.

Tema 46._Energía eléctrica: Producción, transporte y distribución.

Tema 47._La actualidad del sector eléctrico español. Datos básicos del sector eléctrico español. Panorama actual de la generación eléctrica española (Energía hidroeléctrica, termoeléctrica y nuclear).

Tema 48._La posición de España en Europa. Posición del parque nacional de generación y distribución eléctrica para atender la demanda energética española y el efecto de la liberación del sector del mercado eléctrico.

Tema 49._Generación eléctrica critica de procedencia:

a._Fósil.

b._Residuos sólidos urbanos.

c._Renovables.

Tema 50._Análisis de los costes de las tecnologías de generación de energía eléctrica. Costes directos e indirectos de la misma por tecnologías convencionales, renovables y cogeneración. Repercusión en el sistema tarifario español.

Tema 51._La planificación energética española:

a._Planificación de los sectores de electricidad y gas.

b._Plan de fomento de las energías renovables en España.

Tema 52._Posición de la Comunidad Foral de Navarra con respecto a España en el aprovechamiento de las energías renovables.

Tema 53._La eficiencia energética. La estrategia de ahorro y eficiencia energética en los principales sectores de la actividad económica así, como en los sectores difusos (Transportes, comercial, residencial).

Pamplona, 18 de octubre de 2004
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

Código del anuncio: F0416380