BOLETÍN Nº 136 - 12 de noviembre de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIAS para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo de Diplomado en Empresariales y para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Empresariales previsto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por Resolución 2412/2004, de 18 de octubre, del Director General de Función Pública, se han aprobado las convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo de Diplomado en Empresariales y para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Empresariales previsto en el Decreto Foral 96/1997, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y en el artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, se anuncian las siguientes

C O N V O C A T O R I A S

I

Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal como Diplomados en Empresariales

Esta convocatoria se regirá por las siguientes Bases:

Primera._Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Diplomado en Empresariales, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Asimismo, la utilización de la relación de aspirantes a la contratación temporal con carácter administrativo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Diplomado en Empresariales, no hubiera obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.

Segunda._Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Diplomado en Ciencias Empresariales, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o haber superado los tres primeros cursos de la Licenciatura de Economía, Dirección y Administración de Empresas o títulos oficialmente declarados equivalentes a los anteriores, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y sean llamados para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.

Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Tercera._Desarrollo y valoración del proceso de selección.

3.1. El proceso selectivo no dará comienzo antes del mes de enero de 2005 y se llevará a cabo mediante la realización de una prueba de carácter teórico-práctico, que consistirá en desarrollar y resolver por escrito las cuestiones y supuestos que proponga el Tribunal, relativas al temario que figura como Anexo III de esta convocatoria.

Para la realización de esta prueba se permitirá a los aspirantes disponer de calculadora.

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

3.2. La prueba selectiva será calificada con una valoración máxima de 20 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a la misma, es decir, 10 puntos.

3.3. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

3.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Cuarta._Llamamiento de los aspirantes a la contratación temporal.

4.1. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos _excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea_, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación y serán contratados temporalmente en régimen administrativo, como Diplomado en Empresariales, y encuadrados en el nivel B, con arreglo a lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y demás disposiciones normativas que resulten de aplicación; percibiendo las retribuciones correspondientes a dicho puesto de trabajo, excepción hecha de aquéllas que sean inherentes a la condición de personal fijo de plantilla.

En supuestos excepcionales, podrá utilizarse la contratación temporal en régimen laboral.

4.2. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

4.3. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

II

Convocatoria para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Empresariales previsto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril

Esta convocatoria se regirá por las siguientes Bases:

Primera._Participantes.

Podrán participar en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Empresariales, los empleados que figuran en la relación vigente de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación como Diplomados en Empresariales y cumplan los siguientes requisitos:

_Haber sido declarados en situación de servicios especiales para la formación como Diplomados en Empresariales, al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

_Finalizar antes del 31 de diciembre de 2004 el primer periodo de seis años de formación previsto en el artículo 3.º del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en la redacción dada por el Decreto Foral 231/2002, de 11 de noviembre.

Segunda._Pruebas de acceso al segundo periodo de formación.

2.1. El proceso selectivo no dará comienzo antes del mes de enero de 2005 y se llevará a cabo mediante la realización de la prueba teórico-práctica establecida en la Base Tercera de la convocatoria reseñada en el apartado I de este documento.

Para la realización de esta prueba se permitirá a los aspirantes disponer de calculadora.

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

2.2. La prueba se calificará con "apto" o "no apto", pudiendo acceder al segundo periodo de cuatro años de formación, únicamente los aspirantes que obtengan la calificación de "apto".

Para obtener la calificación de "apto" en esta convocatoria, los aspirantes deberán superar, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a la prueba, según se determina en la Base 3.2 de la convocatoria reseñada en el apartado I de este documento.

2.3. La convocatoria para realizar la prueba se efectuará mediante llamamiento único y de forma conjunta con los aspirantes a la contratación temporal a que se refiere la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de Diplomado en Empresariales aprobada en esta misma Resolución.

Los aspirantes deberán acudir a la prueba provistos del Documento Nacional de Identidad.

2.4. Durante el desarrollo de la citada prueba selectiva se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Tercera._Orden de llamamiento.

Los aspirantes que, en esta convocatoria, superen la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación, podrán ser llamados para desempeñar temporalmente funciones de Diplomado en Empresariales, siendo declarados en situación de servicios especiales en su puesto de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y demás normativa de aplicación.

En su caso, y de conformidad con la normativa vigente en su momento, los aspirantes que no hubieran sido calificados "aptos" en esta convocatoria podrán volver a presentarse a las pruebas de acceso al segundo período de formación que la Administración convoque en el futuro.

III

Normas comunes a las dos convocatorias

Primera._Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes para las dos convocatorias aprobadas por la presente Resolución será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Segunda._Instancias.

2.1. Las instancias para poder participar en las convocatorias deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, para los aspirantes a la contratación temporal y en el Anexo II, para los participantes en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación. Ambos modelos serán facilitados en la Oficina de Información del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, 2, vestíbulo, de Pamplona, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Tercera._Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de la Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, hará públicas, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las convocatorias aprobadas por la presente Resolución.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Cuarta._Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán publicas en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente Resolución.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en estas convocatorias.

Quinta._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Enrique Eraso Centelles, Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Presidente Suplente: Don Salvador del Pino López, Jefe de la Sección de Planificación y Ayudas del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Vocal: Don Javier Etayo Lezaun, Jefe de la Sección de Gestión Económica y Planificación del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Vocal Suplente: Doña Maite Domínguez Muguiro, Jefa del a Sección de Comercio del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

Vocal: Don Joaquín Perfecto San Miguel, Diplomado en Empresariales adscrito al Departamento de Administración Local.

Vocal Suplente: Doña Verónica Villoslada Huarte, Jefa del Negociado de Relaciones con las Entidades Locales del Departamento de Administración Local.

Vocal: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Vocal Suplente: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Vocal-Secretario: Doña Beatriz Esparza Azanza, Jefa de la Sección de Control Económico-Administrativo del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

Vocal-Secretario Suplente: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en éstas.

Sexta._Relaciones de aprobados.

Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de celebración de la prueba, la relación de aspirantes a la contratación temporal aprobados por orden de puntuación total obtenida y la relación de aspirantes que han superado la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación.

Asimismo, el Tribunal remitirá dichas relaciones al Director General de Función Pública para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Los empates que se produzcan entre los aspirantes a la contratación temporal se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.

Séptima._Recursos.

Contra estas convocatorias, sus bases y los actos de las mismas, podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Modelo de instancia (Contratación temporal)

Don/doña .........................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............. y nacido/a el día ........ de ............... de ......, natural de ............ (..............), de nacionalidad ..........., con domicilio actual en ................. (...........), calle ....................... código postal ...... teléfonos .............

Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a la contratación temporal del puesto de trabajo de Diplomado en Empresariales al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ...................

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a la contratación temporal del puesto de trabajo de Diplomado en Empresariales al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Pamplona, .......................... de ..................... de 2004

(Firma)

Nota._Aportar con la instancia una fotocopia del D.N.I.

ANEXO II

Modelo de instancia (Prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación)

Don/doña .................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ..........., con domicilio actual en ....................... (...........), calle .......................... código postal ...... teléfonos ..............

Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:

Que fue declarado, en su día, en situación de servicios especiales para la formación como Diplomado en Empresariales de acuerdo con el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se regula la formación y perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Que ha finalizado o finaliza antes del 31 de diciembre de 2004, el primer periodo de seis años de formación como Diplomado en Empresariales.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

Por lo expuesto, solicita ser admitido a la realización de las pruebas de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación, para el desempeño temporal del puesto de trabajo de Diplomado en Empresariales al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, cuya convocatoria se ha publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........., de fecha ................

Pamplona, .......................... de ..................... de 2004

(Firma)

Nota._Aportar con la instancia una fotocopia del D.N.I.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

ANEXO III

Temario

Tema 1._Análisis de la situación patrimonial, financiera y de costes de la empresa.

Tema 2._El Plan General de Contabilidad. Contabilización de operaciones y cuentas anuales.

Tema 3._Rentas y préstamos.

Tema 4._Estadística: Medidas de posición y dispersión; números índices.

Pamplona, 18 de octubre de 2004
El Director General de Función Publica, Alberto Andérez González.

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