BOLETÍN Nº 57 - 7 de mayo de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P E R A L T A

Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora del comercio no sedentario en Peralta

El Pleno del Ayuntamiento de Peralta en sesión celebrada el día 12 de marzo de 2003 aprobó inicialmente la Ordenanza Reguladora el comercio no sedentario en Peralta relativa a la adjudicación de vacantes producidas en el Mercadillo municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el periodo de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Peralta, a cuatro de abril de dos mil tres. El Alcalde, Jesús Hilario Campo Vidondo.

Código del anuncio: C3097543