BOLETÍN Nº 54 - 30 de abril de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA. Edicto.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 99.2 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y habiéndose intentado por dos veces la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.4 de la referida Ley Foral se publica el presente edicto y se comunica a don Ignacio Ansorena Arroyo, N.I.F. 29149176A, para que comparezca personalmente o debidamente representado en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en las dependencias del Servicio de Inspección Tributaria, sita en la Avenida Carlos III, 4-3.ª planta, de Pamplona, a fin de darse por notificado de las resoluciones al expediente de comprobación e investigación incoado, como consecuencia de las Actas de Inspección referidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los años 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 y al Impuesto sobre el Valor Añadido de los años 1998, 1999, 2000 y 2001, y de las resoluciones a los expedientes sancionadores referidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los años 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 y al Impuesto sobre el Valor Añadido de los años 1998, 1999, 2000 y 2001, advirtiéndole que transcurrido dicho plazo sin comparecer se le tendrá por notificado, a todos los efectos, desde el día siguiente al vencimiento del mencionado plazo. Asimismo, se le dará por notificado de su obligación de ingresar el importe de las deudas tributarias y sanciones correspondientes en cualquier entidad colaboradora a favor de la Hacienda de Navarra, en el plazo un mes, a contar desde el día siguiente al vencimiento del citado plazo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.2 del Decreto Foral 177/2001, de 2 julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra (RRN).

Contra estas resoluciones se podrá interponer reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de las mismas ante al Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra (artículo 158 LFGT), o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el mismo plazo ante el Director del Servicio de Inspección (artículo 150 LFGT).

Pamplona, diez de abril de dos mil tres._El Director del Servicio de Inspección, firma ilegible.

Código del anuncio: A0303956