BOLETÍN Nº 54 - 30 de abril de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 74/2003, de 7 de abril, por el que se aprueba la desafectación de 538 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Tudela, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Tudela solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 538 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 144 del polígono número 44.

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a Infraestructuras Gasistas de Navarra, S.L., por un plazo de veinte años, prorrogables de común acuerdo, mediante el cobro de un canon anual, para construcción de camino de acceso a instalaciones de gas.

Por el Ayuntamiento de Tudela se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día siete de abril de dos mil tres,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 538 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Tudela, correspondientes a parte de la parcela 144 del polígono número 44.

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Tudela a la cesión de uso del terreno desafectado a Infraestructuras Gasistas de Navarra, S.L., por un plazo de veinte años, prorrogables de común acuerdo, mediante el cobro de un canon anual, para construcción de camino de acceso a instalaciones de gas.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento con fecha treinta de abril de dos mil dos, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Tudela deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, siete de abril de dos mil tres._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

Código del anuncio: A0303881