BOLETÍN Nº 42 - 4 de abril de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR. Edicto de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la Resolución 61/2003, de 9 de enero, del Director General de Interior, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo:

RESOLUCION 61/2003, de 9 de enero, del Director General de Interior, por la que se inicia procedimiento sancionador frente a don Ruisco Lizaso Arano, como titular del establecimiento denominado Bar Vértigo, sito en la Plaza Sierra del Perdón, número 5, del término municipal de Beriain, por presunta infracción de la normativa de espectáculos públicos y de actividades recreativas.

Por la Guardia Civil de Beriain han sido remitidas dos denuncias formuladas contra el establecimiento denominado Bar Vértigo cuya titularidad corresponde a don Ruisco Lizaso Arano, por presunta infracción de la normativa de espectáculos públicos y de actividades recreativas.

En las citadas denuncias se da conocimiento de los siguientes hechos: Los días 16 y 17 de noviembre de 2002, a las 4:30 y 4:00 horas se comprueba por los agentes actuantes que el establecimiento denominado Bar Vértigo, se encuentra abierto al público, permitiéndose la entrada al mismo, saliendo y entrando personal, la música puesta a bastante volumen, las luces encendidas y encontrándose en el interior del local, en esos momentos, 12 y 20 personas respectivamente, consumiendo bebidas.

Los hechos denunciados podrían suponer dos infracciones graves según establece el artículo 23.19 de la Ley Foral 2/1989 de 13 de marzo, reguladora de espectáculos públicos y de actividades recreativas, tras la redacción dada por la Ley Foral 26/2001, de 10 de diciembre y el artículo 3.1 apartado b) del Decreto Foral 221/1991 de 13 de junio, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y de actividades recreativas.

A tenor de lo establecido en el artículo 26.2 de la antedicha Ley Foral, las infracciones graves en materia de espectáculos públicos y de actividades recreativas podrán ser sancionadas con alguna o algunas de las siguientes sanciones:

a) Multa en la cuantía que reglamentariamente se señale para cada caso, con un máximo de 6.010,12 euros.

b) Suspensión de la actividad o prohibición de participar en ella por un periodo máximo de dos años.

c) Clausura del local por un periodo máximo de un año.

De conformidad con el artículo 27.2 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, de espectáculos públicos y de actividades recreativas, modificada por Ley Foral 26/2001, de 10 de diciembre y en uso de las atribuciones que tengo delegadas por Orden Foral 204/1999, de 13 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,

HE RESUELTO:

1.º Iniciar el procedimiento sancionador número 1/2003, frente a don Ruisco Lizaso Arano, con D.N.I. número 15.777.477, como titular del establecimiento denominado Bar Vértigo, sito en la Plaza Sierra del Perdón, número 5, del término municipal de Beriain, por presunta infracción de la normativa de espectáculos públicos y de actividades recreativas.

El inculpado podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto).

2.º Nombrar a la Jefa de la Sección de Régimen Jurídico, doña Purificación González Merchán, como Instructora, y a doña María Jesús González Muñoz, como Secretaria.

Las funcionarias nombradas podrán ser recusadas por el imputado, conforme al régimen establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Comunicar la presente Resolución a las personas designadas como Instructora y Secretaria del procedimiento sancionador.

4.º Notificar la presente Resolución a don Ruisco Lizaso Arano, informándole que dispone de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación para formular alegaciones y aportar cuantos documentos e informaciones estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse pudiendo examinar el Expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior (Avenida Carlos III, 2, 31002 Pamplona).

5.º El plazo máximo de resolución y notificación del presente procedimiento es de 6 meses, a partir de la presente Resolución, al amparo del artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Pamplona, a nueve de enero de dos mil tres._El Director General de Interior, Alfredo González Echarren.

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