BOLETÍN Nº 42 - 4 de abril de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 279/2003, de 30 de enero, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Adecuación para Uso Turístico de la Cueva de Mentrokillo en Astitz en el Término Municipal del Valle de Larraun (Navarra) promovido por la Sociedad Cuevas de Astitz, S.L.

El proyecto consiste en la adecuación del interior de la cueva, construcción de una caseta como centro de acogida, mejora de la pista de acceso y construcción de aparcamientos para autobuses y turismos. Además, se proyecta un sistema de abastecimiento de agua y electricidad, y la depuración de aguas residuales. La cueva de Mentrokillo se localiza en la parcela 375 del polígono 23 del Valle de Larraun y el edificio de acogida en la parcela 376 del mismo polígono.

Ambas parcelas y el resto de actuaciones del proyecto están dentro del Lugar de Importancia Comunitario "Sierra de Aralar" (ES2200020). Para efectuar una adecuada evaluación de las repercusiones del proyecto sobre el LIC conforme al Artículo 6 de la Directiva 92/43/CE, se ha llevado a cabo el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Junto al Proyecto técnico el promotor presenta su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, en el que se describe adecuadamente el Proyecto, los factores ambientales afectados por el mismo y la correspondiente valoración de los impactos ambientales generados por el Proyecto.

Las actuaciones previstas no afectan directamente a ningún Hábitat de Interés Comunitario o Prioritario. Además, en el entorno de proyecto no se ha constatado la presencia de especies incluidas en el Anexo II de la Directiva 92/43/CE, pudiendo aplicarse medidas correctoras a todos los impactos previsibles.

Por Resolución 2150/2002, de 11 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente se sometió a información pública el Proyecto con objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Durante dicho trámite se ha recibido una alegación realizada por el Señor Isaac Santesteban Sánchez en la que se solicita que el proyecto tenga en cuenta una serie de condicionantes técnicos antes de que la cueva sea abierta al público, para no deteriorar su medio interno durante las obras y durante su explotación turística. Estos aspectos son principalmente la iluminación, el tratamiento de suelos, la influencia del exterior, la circulación del agua y del aire, la renovación del aire, el estado de sustentación de bóvedas y el control de materiales producto de descomposición o corrosión. Tanto en el documento técnico presentado por el promotor, como en las medidas correctoras propuestas tanto en el Estudio de Impacto Ambiental como en esta Declaración de Impacto Ambiental, se da cumplida atención a la alegación presentada.

En consecuencia considerando que la tramitación del expediente está completa, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el Decreto Foral 580/1995, de 4 de diciembre, de asignación de funciones relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental, y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el "Proyecto de Adecuación para Uso Turístico de la Cueva de Mentrokillo en Astitz en el Término Municipal del Valle de Larraun (Navarra) promovido por la Sociedad Cuevas de Astitz, S.L.", considerando que la solución que se propone es ambientalmente viable debiendo cumplirse las siguientes condiciones:

_El humedal deberá ser construido ya en la primera fase de ejecución, de forma que entre en servicio desde el inicio de la actividad del Edificio, junto con el resto del sistema depurador.

_Se deberá realizar un autocontrol de la calidad del efluente del sistema depurador que es infiltrado en la dolina, mediante tomas de muestras en la arqueta última de regulación y control y sus correspondientes análisis en laboratorio, con la frecuencia adecuada para asegurar el suficiente control sobre el funcionamiento del sistema.

_Los resultados del autocontrol, así como los consumos de agua, deberán quedar registrados en formato adecuado y soporte informático, para ser remitidos al Departamento de Medio Ambiente, cuando sean solicitados.

_Se deberá solicitar autorización de vertido de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

_La tala de arbolado deberá contar con la autorización de la Sección de Montes.

_Cualquier modificación del proyecto aprobado, incluido el uso y servicios ofrecidos por el centro de acogida, deberá ser expresamente autorizada por el Departamento de Medio Ambiente.

_Se presentarán ante el Servicio de Calidad Ambiental, un informe de seguimiento las obras en el que se recoja la adecuación de la ejecución de la misma a esta declaración de impacto ambiental, las medidas correctoras aplicadas, el seguimiento arqueológico y sobre la presencia en la cueva de quirópteros y otros grupos de fauna, su evolución durante las obras y las posibles incidencias acaecidas.

_Igualmente, cuando sean abiertas al público, se presentarán informes anuales, durante un periodo de al menos 5 años, en el Servicio de Calidad Ambiental en los que se contemple:

a) La incidencia en las condiciones microclimáticas, físicas, químicas y geotécnicas del interior de la cueva que haya podido tener el uso turístico de la misma, dado el sistema de visitas realizado y el número de visitantes acogidos en ese año. Estos informes contendrán, si es necesario, una propuesta de medidas correctoras para aplicar en el siguiente año.

b) Dada la afluencia máxima estimada (1200 personas/día), se reflejarán además las afecciones producidas por el uso, antes y después de las visitas, del entorno del edificio de acogida y de la cueva por los visitantes en relación con el sistema de visita que se lleve a cabo. Igualmente se deberá valorar las afecciones derivadas, en su caso, del posible control de la entrada de vehículos mediante barrera y de los visitantes que accedan caminando desde Astitz.

c) Se remitirán asimismo, datos actualizados sobre la presencia en la cueva de quirópteros y otros grupos de fauna y su evolución durante la explotación turística. En su caso, esos informes contendrán las consiguientes propuestas de medidas correctoras.

2.º Publicar la Declaración de Impacto Ambiental en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Ayuntamiento del Valle de Larraun, al Concejo de Astitz y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, a treinta de enero de dos mil tres._El Director General de Medio Ambiente, José Ignacio Elorrieta Pérez de Diego.

ANEXO I

Descripción general del proyecto

La Cueva de Mentrokillo se localiza en terrenos del Concejo de Astitz en la parcela 375 del polígono 23 del término Municipal del Valle de Larraun, en las laderas de la Sierra de Aralar, dentro del Lugar de Importancia Comunitaria "Sierra de Aralar" ES 2200020.

Para la adecuación de esta cueva al uso turístico la Sociedad Cuevas de Astitz, S.L., pretende efectuar una serie de actuaciones constructivas y de instalación dotaciones en la entrada y dentro de la cueva. En el exterior de la cueva, en la parcela 376 del polígono 23 del Vale de Larraun, plantea construir un edificio de acogida con sus servicios, urbanizar de modo blando el entorno de la cueva y del edificio de acogida, mejorar el acceso a la zona para que puedan circular autobuses y turismos y crear una serie de zonas de aparcamientos para los vehículos de los visitantes.

La actividad que se realizará dentro de la cueva consistirá en una visita guiada en la que se realzará con luz y sonido las formaciones naturales del interior de la misma La visita estará limitada y controlada, (25 personas cada 50' como máximo). Se prevé que en un plazo de 5 o seis años haya un máximo de 50.000 visitantes al año y que en los días punta podrá ser visitada por 1200 personas.

La pista de acceso se realiza mejorando una pista agrícola actual que va desde la carretera de acceso al pueblo de Astitz desde Lecumberri a la zona de proyecto. La pista tendrá 3 m de ancho, se asfaltará, se modificará el trazado puntualmente para adaptar pendientes y ángulos de giro a la circulación de autobuses, se crearán puntos de cruce mediante aumento de la explanación, tendrá arcenes de 1,5 m de anchura, cunetas de 0,6 x 0,3 y dos pasos de agua, además, se conducirá, en zanja, por su trazado la conducción eléctrica de la línea de alta tensión de servicio a la cueva y al edificio de acogida. Se precisará talar 15 árboles y se desbrozará el área de los arcenes y puntos de cruce. Posteriormente se repoblarán 1200 m² de taludes y se plantarán 50 árboles y 50 arbustos.

El edificio de acogida es de 300 m². Se sitúa al norte de la pista de acceso, se accede por camino enlosado, en su entorno habrá árboles, bancos y fuente y constará de porche acristalado que da acceso a la sala de acogida, al bar y la exposición, a la sala de audiovisuales, espacio de administración y aseos, sucesivamente. El sistema de depuración es un digestor con filtro biológico con un estanque (humedal). En el interior del edifico se tomarán medidas de gestión medioambiental como el uso de productos biodegradables, mecanismos de reducción de consumo de agua en los inodoros, calefacción de gas, etc. Los materiales de construcción se obtienen, en la medida e lo posible, por reutilización de los derribos y extracciones que se van a llevar acabo dentro de otras actuaciones del proyecto.

Se estima que la estancia media en el centro de acogida será de una hora pudiendo coincidir 90 visitantes como máximo.

El agua se conducirá a la caseta mediante una bomba y depósito de 1000 l de regulación desde la conducción que sale del pueblo para dar servicio a unas askas en el camino de la cueva. Desde allí se conducirá bombeada hasta un depósito de 50.000 l en el área de acogida.

Se plantea mejorar la pista existente de acceso desde el edificio de acogida hasta la cueva.

Se formará un camino de 1,2 m de anchura cajeadas y rellenas de todouno.

A partir de la sala de entrada el recorrido se delimitará con pasarelas, escaleras y estructuras metálicas prefabricadas en el exterior y montadas fijadas al suelo con sirgas y tornillería en roca.

Se dotarán las salas que se recorren de instalaciones de luz, sonido y seguridad.

Se instalarán sensores de humedad temperatura y CO2 que permitan conocer la evolución de dichos parámetros tras las visitas.

Se vallarán las zonas donde no se vaya a actuar y se utilizará ventilación forzada.

Al final de las obras se efectuará el cerramiento mediante reja permeable a los quirópteros de 90 m², en las que la celda es de 60 x 20 cm, soportadas en módulos fabricados en taller y galvanizados.

ANEXO II

Resumen del estudio de impacto ambiental

El estudio de impacto ambiental refleja las distintas alternativas tanto de explotación, como de localización del edificio de acogida, del modo de suministrar el agua potable, del sistema de depuración y del abastecimiento de energía.

Se justifica la ubicación indicando que en otro caso, para la construcción de los aparcamientos se realizaría un aumento considerable de los desmontes y terraplenes, que debido a su localización en las laderas del valle, habría un impacto visual alto al ser visible desde las localidades, que el recorrido desde ese punto a la cueva tendría una dificultad excesiva, por su longitud (2300 m ida y vuelta) y alto desnivel que es desaconsejado para el perfil amplio de visitantes al que se quiere destinar la actuación, también supondría el duplicar las instalaciones de transformación eléctrica y de servicios, una para la caseta y otra para la cueva. También se indica que la depuración conjunta con el pueblo de Astitz es una opción costosa y que la depuración completa y autónoma se considera más adecuada, coherente y educativa.

El proyecto y el estudio de impacto contienen una valoración del patrimonio subterráneo de la cavidad en general y una descripción de las afecciones sobre ella, además, se aporta un estudio sobre el uso de la cueva por quirópteros, un estudio geotécnico y de ventilación y un informe arqueológico.

En el estudio de impacto ambiental se indica que no habrá impactos significativos ya que se ocupa poca superficie de terreno, el impacto paisajístico está minimizado, la afección a la vegetación es escasa, el único valor que se puede destacar de la cavidad se basa en sus formaciones litogénicas, por ella no circula agua, no se constata que en ella haya fauna de interés, ni yacimientos arqueológicos, ni paleontológicos.

La cueva y el área de acogida están dentro de Lugar de Importancia Comunitaria "Sierra de Aralar" pero el proyecto no afecta a hábitats de interés comunitario ni a especies amenazadas o incluidas entre las que han llevado a la selección de este espacio como LIC. Tampoco afecta a otros valores del referido LIC.

Se considera que puede haber un impacto positivo en el medio económico y social del pueblo de Astitz y del Valle de Larraun.

Las medidas correctoras y protectoras propuestas incluyen:

Se instalará un sistema de ventilación forzada durante las obras dentro de la cueva, las soldaduras de las pasarelas se realizarán en el exterior para evitar la contaminación atmosférica dentro de la cueva.

Se delimitará el espacio de trabajo protegiendo las formaciones litológicas y se realizará un seguimiento arqueológico de las obras para preservar el patrimonio geológico y el posible patrimonio arqueológico, paleontológico y etnográfico de la cueva.

Se procurará que los movimientos de tierra estén compensados.

Las actuaciones de acondicionamiento del interior de la cueva son prácticamente reversibles, por lo que si fuera necesario se podrían desmantelar.

Se realizará un seguimiento de la circulación del aire y de otros valores microclimáticos de la cavidad. La luz elegida evita la proliferación de algas. Se limita el número de visitantes por visita, el tiempo de sonido dentro de la misma y se establecen normas de comportamiento para controlar el ambiente interno de la cueva, contaminación, concentración de CO2, luz, ruidos, etc.

El cierre de la cueva se diseña para que sea permeable a la circulación de quirópteros.

La vegetación de la zona se protegerá durante las obras, al final de las obras se revegetarán las zonas afectadas. Se establece una banda de 2 m en torno a los troncos de los árboles donde se explanen o se alteren los niveles superficiales.

Se establece un programa de vigilancia ambiental en el que se indica que se efectuará un seguimiento arqueológico y de las condiciones microclimáticas y de vida dentro de la cueva durante las obras. También se vigilarán la correcta ejecución de las obras respecto del proyecto, el cumplimiento de las medidas correctoras propuestas y de controlar las incidencias y accidentes que se puedan producir derivadas de una descuidada ejecución de las obras. Además de todo ello se controlará que no se hagan soldaduras en el interior de la cueva, que no se produzcan vertidos en ella, que en la planificación de la obra se limite el número de trabajadores dentro de la cueva, que no se afecten estructuras próximas a la traza propuesta, que se controlen las posibles modificaciones en la traza o en la anchura de los accesos abiertos, que se realice una correcta instalación de las pasarelas para no afectar a gours y zonas encharcadas y la limpieza final de la obra dentro y fuera de la cueva. En el exterior se evitará que se deteriore la vegetación del entorno de las obras y se controlará la ejecución de las revegetaciones.

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