BOLETÍN Nº 41 - 2 de abril de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L E I T Z A

Aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas

El Ayuntamiento de Leitza, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2002, aprobó inicialmente la modificación de las siguientes Ordenanzas:

_Ordenanza reguladora de la recogida y tratamiento de los residuos.

_Ordenanza reguladora de las tasas por suministro de agua.

_Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de guardería infantil.

Publicado el acuerdo de aprobación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 157, de fecha 30 de diciembre de 2002 y expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento por período de treinta días, para que pudiera ser examinado por los interesados, y en su caso, formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Transcurrido dicho plazo, y no habiéndose presentado reclamación, reparo u observación alguna, ha quedado definitivamente aprobada la modificación de las Ordenanzas que seguidamente se transcriben, según lo dispuesto en el artículo 325 c) de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, según redacción dada por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo.

Leitza, a dieciocho de febrero de dos mil tres. El Alcalde, Tomás Azpiroz Alkoz.

ORDENANZA REGULADORA DE LA RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS

a) Por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos: 17Ž90 euros cuatrimestrales.

b) Por recogida de basuras o residuos sólidos de establecimientos industriales o comerciales:

Grupo 1._Zapaterías, bodegas, tiendas de fotografía, bancos, oficinas, relojería-armería, gimnasio, escuelas, peluquería, floristería, panadería, residencia y tintorería: 96, 27 euros.

Grupo 2._Pescaderías y tiendas de comestibles: 164Ž 21 euros

Grupo 3._Carpinterías, sociedades, farmacia, droguería, gasolinera, librerías y salón de máquinas: 113Ž08 euros.

Grupo 4._Tiendas de ropa, ferreterías, empresas de fontanería, carnicerías, Casa de los Congelados y Etxe Tresnak: 130Ž21 euros

Grupo 5._Restaurantes, bares, bares-restaurante y bar-restaurante-hostal: 197Ž34 euros.

Grupo 6._Naves del Polígono Industrial Landa PII: 141Ž28 euros.

Grupo 7._Hoteles: 504Ž61 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA

_Consumos domiciliarios:

a) Cuatrimestralmente hasta 53,33 m3: 7,02 euros/m3 al cuatrimestre.

b) Cada m3 que se gaste a partir de 53,33 m3: 0Ž23 euros/m3.

_Consumos industriales:

a) Hasta 666,66 m3 cuatrimestrales: 0Ž30 euros/m3 al cuatrimestre.

b) Cada m3 que exceda de 666,66 m3: 0Ž54 euros/m3.

_Tasa por enganche de agua: 137Ž38 euros.

_Precio del contador: 37Ž47 euros.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE GUARDERIA INFANTIL

a) Por cada niño/a, 60,10 euros/mes.

Código del anuncio: A0302229