I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Leyes Forales
LEY FORAL 21/2003, de 25 de marzo, de modificación de la Ley Foral 26/2002, de 2 de julio, de medidas para la mejora de las enseñanzas no universitarias.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE MODIFICACION DE LA LEY FORAL 26/2002, DE 2 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA LA MEJORA DE LAS ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS
EXPOSICION DE MOTIVOS
Como resultado de las sucesivas votaciones del dictamen de la Ley Foral 26/2002, de 2 de julio, de medidas para la mejora de las enseñanzas no universitarias publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 84, de 12 de julio de 2002, tramitada por el procedimiento de urgencia y aprobada en el Pleno del 27 de junio, se produjo un error en la votación de las nuevas disposiciones adicionales y disposición transitoria única, cuyo resultado no refleja la voluntad de alguno de los Grupos de la Cámara.
En el texto final publicado de dicha Ley Foral, se aprecia que los contenidos de la disposición adicional segunda y disposición transitoria única, referidos ambos a la financiación de las ikastolas de la zona no vascófona, inducen a confusión en la interpretación del contenido que se debe aplicar, por lo que es conveniente subsanar dicho error involuntario para garantizar la seguridad jurídica en la aplicación de la norma.
Artículo único._Se deroga la disposición adicional segunda de la Ley Foral 26/2002, de 2 de julio, de medidas para la mejora de las enseñanzas no universitarias.
DISPOSICION DEROGATORIA UNICA
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley Foral.
DISPOSICION FINAL UNICA
La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, veinticinco de marzo de dos mil tres._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.
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