BOLETÍN Nº 41 - 2 de abril de 2003

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona

E D I C T O

Don Juan José Díaz-Usechi Velasco, Secretario del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 566/2002, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

"Sentencia número 90/2003. En Pamplona, a veinticinco de febrero de dos mil tres. Vistos por mí, don Fernando Poncela García, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona (Navarra), los presentes autos de juicio de faltas número 566/2002, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal y como denunciado Nicu Pirvu, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia:

Fallo: Que debo absolver y absuelvo a Nicu Pirvu de la falta tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal por la que era acusado, decretando de oficio el abono de las costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo".

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Nicu Pirvu, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido la presente en Pamplona, a veintisiete de febrero de dos mil tres. El Secretario, Juan José Díaz-Usechi Velasco.

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