BOLETÍN Nº 152 - 1 de diciembre de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la providencia resolutoria número 944 de este Tribunal, de fecha 24 de septiembre de 2003, dictada en el recurso de alzada número 03-1629, interpuesto por don Esaúl Domínguez Ocón, contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villava de fecha 29 de enero de 2003, desestimatoria de recurso de reposición contra resolución sancionadora de la propia Alcaldía de fecha 26 de agosto de 2002 (expediente municipal número 305/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia resolutoria número 944.

Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

Vocales: Don Javier Repáraz Martínez de Azagra y don Gabriel Casajús Gavari.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de septiembre de dos mil tres.

Visto el expediente del recurso de alzada número 03-1629, interpuesto por don Esaúl Domínguez Ocón, contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Villava de fecha 29 de enero de 2003, desestimatoria de recurso de reposición contra resolución sancionadora de la propia Alcaldía de fecha 26 de agosto de 2002 (expediente municipal número 305/02), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido.

Antecedentes de Hecho:

1.º Examinado el expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Villava se comprueba que en el mismo aparece la diligencia de notificación al hoy recurrente de la resolución de la alcaldía de 29 de enero de 2003 que desestimó el recurso de reposición interpuesto.

En dicho documento aparece la siguiente anotación: "Se entrega al interesado y se niega a firmar", rubricado con firma ilegible y junto al estampado de un sello que dice "Recibí el duplicado fecha 12-02-03".

No consta en el expediente la identidad del notificador, por lo que procede requerir al Ayuntamiento de Villava para que informe sobre dicho extremo.

Fundamentos de Derecho:

Unico._De conformidad con el artículo 16.2 del Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, por el que se da nueva redacción al Capítulo II del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá, de oficio, acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos que hayan de tenerse en cuenta para dictar resolución.

Y el artículo 18.1 dispone que este Tribunal podrá recabar de la entidad local cuyos actos o acuerdos se recurran, de la Administración de la Comunidad Foral y de otros organismos públicos, los antecedentes, informes técnicos o actuaciones que considere necesarios para la resolución de los recursos.

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda: Requerir al Ayuntamiento de Villava a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente providencia, remita a este Tribunal informe sobre la identidad _número de Agente en su caso_ de quien entregó la notificación de la resolución de fecha 29 de enero de 2003 al recurrente don Esaúl Domínguez Ocón.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Roberto Rubio. Javier Repáraz. Gabriel Casajús. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria."

Pamplona, catorce de noviembre de dos mil tres._La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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