BOLETÍN Nº 152 - 1 de diciembre de 2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 491/2003, de 13 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la "Convocatoria de Ayudas Económicas Individuales para Actividades de Formación del Profesorado", para el curso escolar 2003/2004.

El Director de Servicio de Planificación Educativa presenta un informe en el que se indica la conveniencia de convocar la concesión de ayudas económicas destinadas al profesorado de centros públicos o privados concertados para la realización de determinadas actividades de formación que por su carácter, especificidad u otras circunstancias no hayan sido incluidas en el Plan de Formación del Profesorado para el curso 2003/2004, siempre que dichas actividades sean de interés para la calidad de la oferta educativa en Navarra.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 36.2.c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Aprobar la Convocatoria de Ayudas Económicas Individuales para Actividades de Formación del Profesorado, para el curso escolar 2003/2004 que se adjunta como Anexo.

2.º Ordenar la publicación de esta Orden Foral y la convocatoria que figura en su Anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Autorizar un gasto máximo de 24.000 euros para la resolución de la citada convocatoria, con cargo a la partida 421001-41520- 2266-421200 "Actividades Formativas del Profesorado" y se habilite en el presupuesto para el año 2004, condicionado a la existencia de crédito en dicho presupuesto.

4.º Trasladar la presente Orden Foral y Anexo al Interventor del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Director General de Enseñanzas Educativas y profesionales, a los Directores de los Servicios de Centros y Ayudas al Estudio, Inspección Técnica y de Servicios, Inversiones, Ordenación Académica y Formación Profesional, Planificación Educativa y Vascuence, a las Secciones de Formación Profesional y Empresa, Nóminas y Seguros Sociales, Formación del Profesorado y a la Unidad Técnica de Centros de Apoyo al Profesorado, a los efectos oportunos.

Pamplona, a trece de noviembre de dos mil tres._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

A N E X O

Convocatoria de Ayudas Económicas Individuales para actividades de formación del profesorado durante el curso escolar 2003/2004.

Primera._1. La concesión de ayudas económicas individuales para la asistencia y participación en actividades de formación del profesorado, dentro de los créditos disponibles a este fin, se efectuará en las siguientes modalidades:

Modalidad A: Conferencias, congresos, cursos, seminarios y otras análogas que se celebren en España. Ayuda máxima: 541 euros.

Modalidad B: Conferencias, congresos, cursos, seminarios y otras análogas que se celebren en el extranjero. Ayuda máxima: 962 euros

2. Las actividades objeto de estas ayudas deberán estar organizadas por una administración educativa, por organismos o instituciones sin ánimo de lucro que, a juicio de la comisión a la que se alude en la base novena, garanticen la calidad e idoneidad de las mismas para la formación del profesorado, o por universidades.

Segunda._Quedan excluidas de la presente convocatoria las siguientes actividades:

a) Los cursos de especialización para el Profesorado del Cuerpo de Maestros, las enseñanzas conducentes a la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica para el Profesorado del cuerpo de Profesores Educación Secundaria o del de Profesores Técnicos de Formación Profesional, así como las actividades formativas organizadas por la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado, o los Centros de Apoyo al Profesorado de Navarra, que desarrollan el Plan de Formación del Profesorado para el Curso 2003/2004.

b) Los cursos máster, de postgrado, de doctorado y las enseñanzas universitarias, a excepción de aquellas actividades ofertadas por las universidades en programas específicamente dirigidos a la formación del profesorado de enseñanzas no universitarias.

c) Las actividades de formación de capacitación lingüística en idiomas extranjeros.

d) Las actividades correspondientes a la Formación Profesional específica.

e) Todas aquellas actividades formativas que sean análogas a las previstas en el Plan de Formación del Profesorado para el curso 2003/2004 de la Comunidad Foral de Navarra.

f) Las actividades organizadas por organismos o instituciones a las que se refiere el punto 2 de la base primera.

Ayudas

Tercera._Podrán solicitar estas ayudas el profesorado y personal especializado con destino en centros docentes públicos y privados concertados dependientes del Departamento de Educación de Navarra, en los que se imparten niveles y modalidades de enseñanzas no universitarias, tanto de régimen general como de régimen especial, y los servicios técnicos de apoyo a los mismos.

Cuarta._Las ayudas se concederán para actividades de formación relacionadas con la asignatura, área, ciclo o especialidad del solicitante, que se inicien entre el 1 de septiembre de 2003 y el 31 de agosto de 2004 y que estén directamente relacionadas con su labor profesional.

Quinta._1. No podrán optar a estas ayudas quienes se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

a) Quienes reciban, con el mismo objeto y para este mismo curso escolar, otras ayudas o becas concedidas por el Gobierno de Navarra, por el Ministerio de Educación y Ciencia, por las comunidades autónomas u otras instituciones.

b) Aquellos profesores que estén disfrutando de una Licencia por Estudios durante el presente curso escolar 2003/04.

c) Aquellos profesores que recibieron ayudas económicas individuales durante el curso 2002/03 para actividades de formación del profesorado.

2. A cada solicitante se le podrá conceder, como máximo, ayuda para una sola actividad durante el curso escolar 2003/2004.

Solicitudes

Sexta._Para presentar la solicitud de ayuda se utilizará el modelo normalizado disponible en el Negociado de Información de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales (Calle Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona) que irá acompañado de la siguiente documentación:

a) Original o fotocopia del programa o de la convocatoria de actividad a la que se desea asistir en el que se cite la entidad organizadora de la actividad, así como toda información que el interesado estime conveniente aportar sobre el particular.

b) Informe del Director del centro de destino en el que:

_Se acredite que el solicitante se encuentra ejerciendo la docencia en el centro, con indicación de áreas o materias y cursos que imparte.

_Se valore el interés que presenta la actividad para la que se solicita la ayuda con respecto al Proyecto Educativo y/o Curricular del Centro.

_Se exprese si la actividad se desarrolla total o parcialmente en el horario lectivo del solicitante, o si ésta se realiza fuera de dicho horario. En el caso de que la actividad suponga la ausencia del solicitante en horario lectivo, el Director hará constar la concesión, o la denegación, del permiso necesario por parte del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios cuando la ausencia sea mayor de un día, o del Director del centro si la ausencia es menor de un día.

_Los profesores pertenecientes a centros privados concertados deberán presentar únicamente el correspondiente permiso del titular del centro

Cuando el solicitante se encuentre ejerciendo funciones de apoyo técnico o asesoría en un Centro de Apoyo al Profesorado o en otras unidades no docentes, el informe será expedido por el Director del Centro de Apoyo al Profesorado o por los servicios correspondientes.

c) Declaración jurada en la que consten los siguientes puntos:

_Que el solicitante no percibe otra ayuda del Gobierno de Navarra, Ministerio de Educación y Cultura, comunidad autónoma u otras instituciones para actividades de perfeccionamiento o ampliación de estudios para el curso 2003/2004.

_Que el solicitante no ha recibido ayudas individuales para actividades de perfeccionamiento provenientes del Gobierno de Navarra, Ministerio de Educación y Cultura, comunidades autónomas u otras instituciones durante el curso 2001/02.

d) Presupuesto de gastos en el que se detallen los correspondientes a matrícula e inscripción, viajes, alojamiento y manutención, si los hubiese. Para la confección del mismo se tendrán en cuenta los módulos económicos siguientes:

_Matrícula e inscripción: Coste correspondiente.

_Desplazamiento: coste de los billetes. Queda excluido el avión, excepto para el desplazamiento al extranjero, Comunidad Canaria o Comunidad Balear. Queda excluido el pago del viaje en coche propio.

_Alojamiento y manutención: 73 euros por día y por ambos conceptos. Si la actividad sólo exige comida o cena fuera del domicilio, 16 euros por día.

Séptima._1. Las solicitudes, junto con la documentación que se acompañe, deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra (Calle Carlos III 2, Pamplona) o en el Registro del Departamento de Enseñanza Escolares y Profesionales del Gobierno de Navarra (Calle Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona). También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si en uso de este derecho la solicitud se remite por correo certificado, ésta se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que se proceda a su certificación.

2. Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:

_Hasta el 31 de diciembre del 2003 para las actividades que se inicien entre el 1 de septiembre de 2003 y el 31 de diciembre de 2003.

_Hasta el 30 de abril del 2004 para las actividades que se inicien entre el 1 de enero del 2004 y el 30 de abril del 2004.

_Hasta el 31 de agosto del 2004 para las actividades que se inicien entre el 1 de mayo de 2004 y el 31 de agosto de 2004.

3. Se distribuirá 8.000 euros para cada adjudicación acumulable en las siguientes, si éstas no quedaran cubiertas.

Octava._Serán excluidas las solicitudes que no vayan acompañadas de toda la documentación correspondiente a lo señalado en la base sexta.

Concesión y liquidación de ayudas

Novena._1. La concesión de las ayudas será resuelta por el Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales. A efectos de elevar propuesta de concesión de ayudas, se constituirá una comisión seleccionadora compuesta por:

Presidente:

El Jefe de la Sección de Formación del Profesorado.

Vocales:

_El Jefe de la Unidad Técnica de Centros de Apoyo al Profesorado que actuará como secretario de la comisión.

_Un Inspector designado por el Director de Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.

_Un miembro designado a propuesta vinculante de la Comisión de Personal Docente no Universitario.

2. A cada miembro titular podrá asignársele un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.

Décima._La comisión realizará la propuesta de concesión de las Ayudas de acuerdo con las bases de esta convocatoria, dentro de las disponibilidades presupuestarias para este fin, distribuyendo de manera proporcional la cantidad disponible de cada adjudicación entre los solicitantes que cumplan con los requisitos requeridos. La cuantía máxima de la ayuda será fijada individualmente, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

_El interés de la actividad.

_La relación de la actividad con el perfil del solicitante.

_La situación laboral del solicitante, siendo prioritarios los profesores funcionarios.

Decimoprimera._Cada solicitud será resuelta favorable o desfavorablemente en el plazo de un mes, a partir de la fecha de finalización de los plazos de presentación que se señalan en la base séptima.

Decimosegunda._El Servicio de Renovación Pedagógica del Departamento de Educación y Cultura notificará a los interesados la concesión o denegación de las ayudas.

Decimotercera._1. A cada ayuda concedida la comisión asignará un porcentaje para gastos de matrícula, alojamiento y manutención.

2. La cuantía máxima concedida en la ayuda será el resultado de la suma de los gastos en concepto de matrícula o inscripción, desplazamiento, alojamiento y manutención según el porcentaje otorgado en el punto anterior de esta misma base.

Decimocuarta._El cobro de la ayuda se llevará a efecto una vez finalizada la actividad de formación y estará condicionada a que el interesado justifique debidamente su participación en la misma y los gastos realizados. Para ello remitirá al Servicio de Planificación Educativa de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales (Calle Cuesta de Santo Domingo s/n, Planta 2.ª, 31001 Pamplona) dentro de los 15 días siguientes a la finalización de la actividad, o de la notificación de la concesión de la ayuda, la siguiente documentación:

a) Certificado original de asistencia o de participación, o fotocopia compulsada del mismo, expedido por la entidad organizadora de la actividad.

b) Resguardo original de matrícula, o del documento que justifique la inscripción, en el que se especifique el importe del gasto realizado por este concepto.

c) Justificantes originales de gastos en concepto de viajes, alojamiento y manutención, si los hubiese.

Decimoquinta._La cantidad por percibir será el resultado de la suma de los gastos en concepto de matrícula, manutención y alojamiento debidamente justificados, según el porcentaje otorgado por la Comisión, sin que en ningún caso la ayuda pueda superar la cuantía máxima señalada en la base decimotercera.

Decimosexta._El profesorado que reciba ayudas económicas al amparo de la presente convocatoria se compromete a colaborar con el Departamento de Enseñanzas Escolares y Profesionales en la divulgación de los conocimientos adquiridos, así como del material y documentación que hayan recibido, entre otros profesores relacionados con la materia objeto de la actividad de formación.

Decimoséptima._Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación.

Solicitud de Ayuda Individual, tipos A y B, curso 2003/2004

Datos Personales

D.N.I. Apellidos y Nombre Teléfono

Domicilio Particular

Calle Localidad C.P. Provincia

Datos Profesionales

Cuerpo al que pertenece Especialidad N.R.P.

Situación Administrativa

Funcionario/Contratado Laboral Fijo

Interino/Contratado Laboral Temporal

Destino Definitivo

Destino Provisional

Centro de Destino

Nombre Público/Concertado

Calle Localidad C.P. Teléfono

Datos de la Actividad

Denominación de la actividad

Modalidad (A o B) Fechas de realización Lugar de realización

Datos Económicos

Coste Inscripción Presupuesto Gastos Total Solicitado

........................., a ........... de ................ de 200....

El/la Interesado/a

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