BOLETÍN Nº 90 - 26 de julio de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

V I L L A V A

E D I C T O

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la resolución de los expedientes sancionadores que se relacionan, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

-"Resolución número 130/2002, de 26 de marzo.

Vista la denuncia formulada por la Policía Municipal al establecimiento de hostelería denominado "Bar Bikintza", sito en la calle Karrobide de Villava, por incumplir el horario de cierre establecido en el Decreto Foral 221/1991 de 13 de junio, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas, al estar funcionando a las 8.25 horas del día 12 de octubre de 2001, incurriendo con ello en una infracción administrativa leve tipificada en el artículo 24 de la Ley Foral 2/89 de 13 de marzo reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas, teniendo en cuenta los dispuesto en artículo 26.4 de la misma Ley,

Visto que no se han presentado alegaciones al expediente,

En virtud de la competencia que el artículo 27.1.a) de la Ley Foral 2/89 confiere a la Alcaldía y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 26.3 y 26.4 de la citada Ley Foral,

Visto que es la segunda vez que se sanciona al citado establecimiento en el último trienio, ya que también lo fue con fecha 14 de enero de 2001,

He resuelto:

Imponer a don Miguel Angel Jiménez Rojas, titular de la actividad "Bar Bikintza", una sanción de 300,51 euros, que deberá hacer efectiva en la Depositaría Municipal en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de la presente Resolución, significándole que en caso de impago de la sanción en el plazo indicado, se procederá a la exacción de la deuda por la vía de apremio, a tenor del artículo 52.3 de la Ley Foral 10/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Lo que notifico a usted Para su conocimiento y efectos.

Villava, veintiséis de marzo de dos mil dos. El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui."

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo que sea competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o bien,

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

-"Resolución número 131/2002 de 26 de marzo.

Vista la denuncia formulada por la Policía Municipal al establecimiento de hostelería denominado "Bar Bikintza", sito en la calle Karrobide de Villava, por incumplir el horario de cierre establecido en el Decreto Foral 221/1991 de 13 de junio, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas, al estar funcionando a las 7.45 horas del día 14 de octubre de 2001, incurriendo con ello en una infracción administrativa leve tipificada en el artículo 24 de la Ley Foral 2/89 de 13 de marzo reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas, teniendo en cuenta los dispuesto en artículo 26.4 de la misma Ley,

Visto que no se han presentado alegaciones al expediente,

En virtud de la competencia que el artículo 27.1.a) de la Ley Foral 2/89 confiere a la Alcaldía y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 26.3 y 26.4 de la citada Ley Foral,

Visto que es la tercera vez que se sanciona al citado establecimiento en el último trienio, ya que también lo fue con fecha 14 de enero de 2001 y 12 de octubre de mismo año,

He resuelto:

Imponer a don Miguel Angel Jiménez Rojas, titular de la actividad "Bar Bikintza", una sanción de 300,51 euros, que deberá hacer efectiva en la Depositaría Municipal en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de la presente Resolución, significándole que en caso de impago de la sanción en el plazo indicado, se procederá a la exacción de la deuda por la vía de apremio, a tenor del artículo 52.3 de la Ley Foral 10/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos.

Villava, veintiséis de marzo de dos mil dos. El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui."

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo que sea competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o bien,

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Villava, dieciséis de mayo de dos mil dos. El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui.

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