BOLETÍN Nº 90 - 26 de julio de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Resolución de expedientes sancionadores.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones Sancionadoras de Transportes que se relacionan a continuación, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

"RESOLUCION sancionadora número 1336/2002, de 25 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0499/02 a Hormigones Beriáin, S.A. con D.N.I. A31077233.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 219107 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 13/12/2001 al vehículo matrícula NA-8961-U en el kilómetro 37,000 de la carretera N-121, por circular transportando cemento desde Barásoain hasta Marcilla, careciendo el conductor del vehículo de documentación que acredite tener relación laboral con la empresa para la cual realiza dicho transporte.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Hormigones Beriáin, S.A. con D.N.I. A31077233, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veinticinco de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1339/2002, de 25 de abril, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0502/02 a Hormigones Beriáin, S.A. con D.N.I. A31077233.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 206696 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 15/01/2002 al vehículo matrícula 5937-BJL en el kilómetro 16,800 de la carretera N-240-A, por circular transportando 28.000 kilos de cemento desde Olazagutía hasta Beriáin, sin poder acreditar documentalmente el conductor su relación laboral con la empresa.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Hormigones Beriáin, S.A. con D.N.I. A31077233, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veinticinco de abril de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1677/2002, de 8 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0567/02 a Autocares Félix Gastón, S.L. con D.N.I. B31423601.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 121380 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 10/01/2002 al vehículo matrícula NA-3461-AH en el kilómetro 75 de la carretera A-15, por circular con un limitador de velocidad que funciona mal. Prueba realizada mediante aparato Tester Kienzle tipo 1602.19.001, número de serie 002875. Se adjunta copia de disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Autocares Félix Gastón S.L. con D.N.I. B31423601, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, ocho de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1733/2002, de 10 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0590/02 a Distribuciones Ali Dos Mil, S.L. con D.N.I. B31642275.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 219205 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 11/01/2002 al vehículo matrícula NA-7733-AW en el kilómetro 36,900 de la carretera N-121, por no presentar el conductor al Agente denunciante los discos diagrama correspondientes a los días de conducción de la semana en curso, y el último de la semana anterior en que condujo, no pudiendo comprobar tiempos de conducción y descanso, así como la velocidad.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Distribuciones Ali Dos Mil, S.L. con D.N.I. B31642275, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, diez de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

Resolución expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 1744/2002, de 10 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0601/02 a Autobuses Río Irati, S.A. con D.N.I. A31071095.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 124205 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 15/01/2002 al vehículo matrícula NA-3238-AU en el kilómetro 103 de la carretera A-15, por circular con el limitador de velocidad en mal estado. Prueba realizada con Tester marca Kienzle, modelo 1602.19.001 y número de fabricación 002890, actuando el limitador a 110 kilómetros/hora. Se adjunta copia de disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Autobuses Río Irati, S.A. con D.N.I. A31071095, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a María Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, diez de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea".

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