BOLETÍN Nº 80 - 3 de julio de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L O D O S A

Estudio de Detalle U.C.-16. Aprobación Definitiva

El Ayuntamiento Pleno de este Municipio, en sesión celebrada el día dos de mayo de dos mil dos, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, con el quórum de la mayoría absoluta legal, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"1.º Aprobar definitivamente el mencionado "Estudio de Detalle de las Normas Subsidiarias de Lodosa (Navarra)", promovido por don José Javier Morentin Campo, que tiene por objeto modificar la alineación exterior de la edificación, de una de las fachadas, en varias parcelas del Polígono Industrial, que son las Parcelas Catastrales números 803 (del promotor), 266 y 268 (del Ayuntamiento) y 202 (de Hermanos Martínez Antón), todas del Polígono 2, de conformidad con el artículo 119 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2.º Publicar la aprobación definitiva en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, dando cuenta al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra y trasladar este acuerdo al promotor y a los demás propietarios particulares afectados.

3.º Este Acuerdo es firme en vía administrativa y contra él puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1.-En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2.-En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3.-En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio)."

Lodosa, a tres de mayo de dos mil dos. El Alcalde, Jesús María García Antón.

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