BOLETÍN Nº 62 - 22 de mayo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

H U A R T E

Condicionado para cubrir, de forma interina y en régimen administrativo, la plaza de Secretario del Ayuntamiento de Huarte, mediante concurso-oposición

Bases del condicionado:

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de la plaza de Secretario del Ayuntamiento de Huarte.

1.2. Las pruebas de selección que se realizarán son las establecidas en la base 6.ª, valorándose la fase de concurso, conforme a lo establecido en el anexo II del presente condicionado.

1.3. El contrato tendrá carácter administrativo y una duración de un año, pudiendo ser prorrogado según las necesidades del servicio. En todo caso, el contrato finalizará, en el momento que la plaza pueda ser provista en propiedad y en los términos previstos en el capitulo II del titulo VII de la Ley Foral 6/1990, de la Administración local de Navarra.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración básica correspondiente al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el reglamento provisional de retribuciones y de los complementos que se aprueben y/o, en su defecto, estén establecidos en la plantilla orgánica correspondiente.

1.5. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, será afiliado y dado de alta en el régimen general de la seguridad social que corresponda a la pretendida contratación administrativa.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del titulo de licenciado en derecho o de ciencias políticas o sociología, o, en su caso, encontrarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones publicas y no haber sido separado del servicio de una administración publica.

f) Haber ingresado en Depositaria Municipal la cantidad de 11,88 euros en concepto de tasa por derechos de examen.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes aprobados que obtengan puesto de trabajo, en el plazo y forma previstos en la base séptima de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Huarte, o por cualquiera de los medios previstos en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en las oficinas municipales del Ayuntamiento convocante, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I y a las mismas se deberán acompañar los certificados originales, copias autenticadas o fotocopias compulsadas de los méritos que se deseen hacer valer en la fase del concurso.

3.2. Los aspirantes con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas adaptaciones sean necesarias, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, debiendo adjuntar a la instancia la acreditación de la condición de minusválido, expedida por los organismos competentes.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde dictara resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el señor Alcalde, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Martín Astráin Lazcano.

Suplente: Don Santiago Casamayor Armendáriz.

Primer vocal: José Iriguibel López.

Suplente: El Secretario del Ayuntamiento de Villava.

Segundo vocal: Don Fernando Isasi Ortiz de Barron.

Suplente: Don Eduardo Ruiz de Erenchun.

Tercer vocal: Doña Elisa García Leránoz.

Suplente: Doña Eva Sada Urabayen.

Cuarto vocal-Secretario: Valero Iribertegui.

Suplente: El Secretario de Burlada.

El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.3. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitaran al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaboraran con el tribunal con base exclusivamente en ellas.

6.-Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinara el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el tribunal publicara oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. Desarrollo del concurso.

Se valoraran los méritos del candidato, con una puntuación máxima de 30 puntos, de conformidad con lo detallado en el anexo II.

6.3. Desarrollo de la oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio: De carácter teórico.

Consistirá en un ejercicio en que habrá que responder a una serie de preguntas cortas relacionadas con los temas del programa que figura como anexo III, que versarán fundamentalmente sobre derecho administrativo general y foral de Navarra, y particularmente sobre la Administración Municipal de Navarra.

b) Segundo ejercicio: De carácter práctico.

Consistirá en resolver dos casos prácticos que versarán sobre las materias señaladas en el apartado anterior. Para esta prueba los aspirantes podrán utilizar textos legales.

Las resoluciones deberán ser redactadas mediante ordenador y explicadas oralmente al tribunal.

c) Tercer ejercicio: Entrevista.

Consistirá en una entrevista acerca de las funciones a desempeñar y de conocimiento del municipio.

6.4. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos, que quedan distribuidos de la siguiente forma en relación con los ejercicios de la misma:

-Primer ejercicio: Hasta 30 puntos, con un mínimo de 15 puntos.

-Segundo ejercicio: Hasta 30 puntos, con un mínimo de 15 puntos.

-Tercer ejercicio: Hasta 10 puntos, sin mínimo ni carácter eliminatorio.

6.5. Los ejercicios de la oposición, excepto la entrevista, serán eliminatorios, quedando eliminados en cada uno de ellos aquellos opositores que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios.

6.6. Una vez terminado cada ejercicio el tribunal publicara en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Huarte y, en su caso, en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del documento nacional de identidad u otro documento de identificación que el tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del ultimo ejercicio, el tribunal hará publica en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento convocante y/o en el lugar de celebración del ultimo ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios, y que, junto a la valoración de la fase de "concurso", determinará el contenido de la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado que haya obtenido la máxima puntuación total de ambas fases. La referida propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Huarte.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas, se dirimirán en favor de quienes hayan obtenido mayor puntuación en el ejercicio o ejercicios que en el conjunto de las pruebas selectivas tienen atribuida la valoración más alta.

7.2. Dentro de los 15 días naturales siguientes al de la publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Huarte de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del titulo exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Certificación expedida por medico colegiado, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo. En el caso de aspirantes que hubieran alegado una minusvalía, deberán aportar, además, una acreditación de la misma, y de la compatibilidad con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones publicas y de no haber sido separado del servicio de una administración publica.

e) Juramento o promesa de respetar el régimen foral de navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el señor Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.-Nombramiento y toma de posesión.

8.1. El Alcalde de Huarte nombrará Secretario interino del Ayuntamiento de Huarte al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores, con la consecuente formalización contractual dimanante del citado nombramiento.

8.2. Dicho nombramiento podrá ser objeto de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del cargo, mediante la formalización contractual referida, en el plazo de quince días, a contar desde la notificación del nombramiento. Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la contratación derivada del citado nombramiento. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse con carácter optativo, alguno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto objeto del recurso.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto objeto del recurso.

-Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la notificación o publicación del acto objeto del recurso.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ......................, mayor de edad, provisto de documento nacional de identidad numero ........... (o carta de identidad equivalente) y nacido el día ....... de ............ de 19...., natural de ................ (..............), de nacionalidad ......................, con domicilio actual en ............ (...............), calle ........, código postal ........, teléfono .......

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, del puesto de trabajo de la Secretaria del Ayuntamiento de Huarte, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, numero ........, de fecha ............................

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni esta inhabilitado para el ejercicio de las funciones publicas.

Que esta en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, así como que solicita sean considerados y valorados los méritos que, de forma documentada, adjunta y acredita en la presente, conforme a la siguiente relación: ......................................

Que ha ingresado en Depositaria Municipal la cantidad de 11,88 euros en concepto de tasa por derechos de examen.

Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (en folio aparte se especificaran los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido expedida por organismo competente.

Que .......... (si/no) desea realizar las pruebas de conocimiento de Vascuence.

Que .......... (si/no) desea realizar las pruebas de conocimiento del siguiente idioma (designe, con una X uno de los tres siguientes):

f Alemán

f Francés

f Inglés

Por lo expuesto,

Suplica se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de puesto de trabajo de Secretario del Ayuntamiento de Huarte.

Huarte ..............., a ........ de ............... de ........

(firma)

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE HUARTE

ANEXO II

Valoración de la fase de concurso

1. Todos los aspirantes a la presente convocatoria que consideren estar en posesión de méritos conforme a las determinaciones contenidas en las presentes bases, deberán acreditarlo documentalmente, en el momento de formular la solicitud de admisión a la convocatoria.

2. El tribunal, con anterioridad al comienzo de la primera de las pruebas previstas en la presente convocatoria, publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y, en su caso, en el del local donde se celebren las mismas, el resultado de la valoración de los respectivos méritos alegados, de conformidad con el siguiente "baremo".

A) Experiencia y cursos. Puntuación total máxima 20 puntos.

-Por cada año de servicio prestado como Secretario de una entidad local de Navarra: 3 puntos.

-Por cada año de servicios prestados en el Gobierno de Navarra, en puesto para el que se haya exigido la titulación de derecho: por cada año: 1 punto.

-Por asistencia a cursos de especialización o perfeccionamiento relacionados con cualesquiera ramas del derecho administrativo: 1 punto por curso, hasta un máximo de 8 puntos.

Al objeto de aplicar los criterios de valoración mencionados, se tendrán en cuenta las siguientes normas:

-Si el numero de años a valorar no fuese completo, se hallará la correspondiente proporcionalidad.

-No se evaluarán por duplicado servicios incluidos en el mismo grupo del baremo, que hayan sido ejercidos en periodos de tiempo coincidentes.

-Solo se tendrán en cuenta los méritos acreditados, con motivo de la presentación, junto a la solicitud de admisión a la convocatoria, de los documentos originales o debidamente compulsados, que sean adjuntados a la misma, que deberá contener la relación individualizada de aquellos.

B) Conocimiento del vascuence, francés, inglés o alemán.

-Por conocimiento del vascuence, hasta un máximo de 5 puntos. Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente o mediante la superación de una prueba a determinar por el tribunal calificador.

-Por conocimiento del francés, inglés o alemán, hasta un máximo de 5 puntos. Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente o mediante la superación de una prueba a determinar por el tribunal calificador.

Los aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence y francés, inglés o alemán deberán indicarlo en la instancia, concretando la prueba deseada. Esta prueba se realizará al final de las demás pruebas.

ANEXO III

Programa

1. Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y normativa de desarrollo.

2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y normativa de desarrollo.

3. Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

4. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo común.

5. Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de contratos de las Administraciones Publicas de Navarra.

6. Normativa de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y vivienda.

7. Normativa sobre personal al servicio de las administraciones publicas de Navarra.

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