BOLETÍN Nº 62 - 22 de mayo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

ETXARRI-ARANATZ

Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo

El Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, en sesión plenaria ordinaria celebrada con fecha 4 de febrero de 2002, aprobó la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de auxiliar administrativo a jornada parcial (cuatro horas) y en régimen funcionarial, según las siguientes bases de convocatoria.

Base 1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial de una plaza de auxiliar administrativo a jornada parcial (cuatro horas diarias, prolongables si las necesidades del servicio lo requieren, con conocimiento de euskara, con destino en la Administración General del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

1.2. El nombramiento conferirá al designado a todos los efectos, el carácter de funcionario de nomina y plantilla desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado/a y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad, tal y como establece la Ley Foral 13/1993, de 30 de diciembre.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de la Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz. Las funciones serán las generales previstas para su categoría y las que específicamente le sean encomendadas.

1.4. El régimen de la jornada de trabajo será de cuatro horas diarias y adaptándose a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos competentes.

1.5. La plaza podrá ser declarada desierta por el Tribunal cuando este considere que ninguno de los/las aspirantes reúne los conocimientos, aptitudes y preparación adecuadas para el desempeño del puesto de trabajo.

1.6. El/la aspirante nombrado/a tendrá el deber de residir en Etxarri-Aranatz, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término municipal.

Base 2.-Requisitos de los/las aspirantes.

2.1. Para ser admitidos/as en este concurso-oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad mayor de edad y tener la nacionalidad española o de alguno de los países que componen la Unión Europea.

b) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

d) Conocimiento de euskara que se acreditará durante el procedimiento de selección mediante el Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación como equivalente o la superación de una prueba que determine si el aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por la persona aspirante aprobada que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 9 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento de nombramiento.

Base 3.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo 1 y acompañan los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento de identificación.

b) Documentos originales o copias autentificadas de los méritos alegados para la fase del concurso. En el caso de cursos y cursillos, justificación de asistencia o de matriculación acompañados de la documentación en la que figure la duración de los mismos.

c) A las solicitudes deberán acompañar en su caso, la titulación exigida para acreditar el conocimiento del euskara, original o fotocopia compulsada.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación, el Alcalde Presidente dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, las personas aspirantes excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido. Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva de admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la misma lista resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos, se determinara el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Fernando Flores Lazkoz, Alcalde del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

-Suplente: Egoitz Verdugo Markotegi, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

-Vocal: Profesor de E.G.B. de la Escuela Pública San Donato de Etxarri-Aranatz.

-Suplente: Profesor de E.G.B. de la Escuela Pública San Donato de Etxarri-Aranatz.

-Vocal: Profesor de E.G.B de la Ikastola Andra Mari de Etxarri-Aranatz.

-Suplente: Profesor de E.G.B de la Ikastola Andra Mari de Etxarri-Aranatz.

-Vocal: Fausti Razkin Balda, Administrativo del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

-Suplente: Edurne Lacunza Arretxe, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Arbizu.

-Vocal y Secretario: Jesús M.ª Llorens García, Secretario del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

-Suplente: Josu Izcue Ollo, Secretario de la Mancomunidad de Sakana.

5.2. El Tribunal deberá constituirse mediante convocatoria del Alcalde Presidente antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su valida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitaran al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6.-Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. El concurso-oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

Base 7.-Fase del concurso.

7.1. La fase del concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

A.-Experiencia profesional (máximo 5 puntos).

A.1. Por cada año completo trabajado como Oficial o Auxiliar Administrativo en un Ayuntamiento de igual o mayor población que la de Etxarri-Aranatz: 1 punto por año trabajado, con un máximo de 5 puntos. (Las fracciones se prorratearán proporcionalmente).

A.2. Por cada año trabajado como Oficial o Auxiliar Administrativo en cualquier Administración Pública: 0,75 puntos, con un máximo de 4 puntos. (Las fracciones se prorratearán proporcionalmente).

A.3. Por cada año completo trabajado como Auxiliar Administrativo en cualquier empresa privada: 0,50 puntos, con un máximo de 3 puntos. (Las fracciones se prorratearan proporcionalmente).

B.-Por formación complementaria. (Máximo 5 puntos).

B.1. Por Titulo Superior Universitario: 3 puntos.

B.2. Por Titulo de Grado Medio: 2 puntos.

B.3. Por Titulo de Formación Profesional de 2.ª grado rama administrativa: 1 punto.

B.4. Cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo como informática, contabilidad, archivo y otros a valorar por el Tribunal, debidamente acreditados mediante título original o fotocopia compulsada, y cuya puntuación se efectuará de la forma siguiente:

a) Por cada curso menor de 20 horas de duración: 0,10 puntos.

b) Por cada curso mayor de 20 horas y menor de 50 horas: 0,20 puntos.

c) Por cada curso mayor de 50 horas: 0,25 puntos.

La puntuación máxima de los cursos no podrá ser superior a 2 puntos.

Base 8.-Fase de oposición.

8.1. Prueba de Euskara: Solamente para los aspirantes que no hayan acreditado el requisito exigido en la Base 2.1.d. de la presente convocatoria.

Constará de una prueba escrita y otra oral en las que se determinará la aptitud con respecto al perfil lingüístico establecido en la Plantilla Orgánica.

Las pruebas se realizarán por los técnicos del Servicio de Euskara de la Mancomunidad de Sakana.

8.2. Primera prueba.

a) Ejercicio de carácter teórico: Consistirá en la contestación por escrito a varias preguntas cortas tipo test sobre los temas del programa que figura en el anexo II con una duración de 1 hora. Puntuación máxima 10 puntos, debiéndose alcanzar 5 puntos para superar la prueba y no quedar eliminado.

b) Ejercicio de carácter práctico: Consistirá en la elaboración de dos o más documentos (oficios, bandos, anuncios, instancias, comunicados etc.) de los que habitualmente se elaboran en el puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo de una Entidad Local. Duración de la prueba 1 hora. Puntuación máxima 10 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación de 5 puntos para superar la prueba y no quedar eliminado.

8.3. Segunda prueba.

a) Ortografía: Consistirá en escribir un texto o documento, que será dictado por el Tribunal. Dichos escritos serán corregidos conforme a las normas ortográficas. No se admitirá diccionario (Se deducirán 0,25 puntos por cada uso indebido de letra, falta de acentuación y puntuación) Tendrá una duración de 15 minutos. Puntuación máxima 15 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación de 7,50 puntos para superar la prueba y no quedar eliminado.

b) Mecanografía: Consistirá en el ejercicio mecánico en maquina no eléctrica a aportar por la persona aspirante, valorando la velocidad, ausencia de errores y presentación del ejercicio con arreglo a criterios objetivos preexistentes y eliminación de quienes no alcancen la puntuación de 200 pulsaciones por minuto. Duración 10 minutos. Puntuación máxima de 15 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación de 7,50 para superar la prueba y no quedar eliminado.

(En el anexo III se detalla el ejercicio).

8.4. Tercera prueba.

a) Informática: Consistirá en un ejercicio sobre conocimientos de informática y la elaboración a ordenador de diferentes documentos sobre las diversas aplicaciones informáticas de uso municipal: Office, Access, Word, Excel...

Se valorará el correcto manejo de los instrumentos informáticos, la rapidez en la elaboración de los documentos y la presentación de los mismos. La duración de la prueba será de 30 minutos. La prueba contará para su realización con los técnicos de la Casa Informática con la cual tiene el Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz el contrato de seguimiento y mantenimiento de los programas. Puntuación máxima de 15 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación de 7,50 puntos para superar la prueba y no quedar eliminado.

8.5. Una vez terminada cada prueba de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento la lista de aspirantes aprobados con sus calificaciones obtenidas y asimismo la fecha y hora de celebración de la siguiente prueba.

Se utilizará el sistema de plicas para las diferentes pruebas.

8.6. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del Documento de identificación.

Base 9.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal elevará al Ayuntamiento la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante a los distintos ejercicios de la oposición y el concurso y acompañarán propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

9.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en las Oficinas del ayuntamiento los siguientes documentos:

1. Fotocopia del documento de identidad (que legalmente tenga efectos de identificación).

2. Fotocopia original del titulo exigido en la base 2 o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3. Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

4. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el adecuado ejercicio de sus funciones propias del cargo.

5. Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

9.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedades su instancia, solicitando tomar parte en la Convocatoria.

9.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento cubrirá el puesto de trabajo con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 10.-Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el procedimiento selectivo y aportados por aspirante los documentos a que se refiere la base 9.2. anterior, el Alcalde procederá al nombramiento como funcionario del ayuntamiento de Etxarri-Aranatz para desempeñar el puesto de Auxiliar Administrativo.

10.1. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomará posesión, perderá todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la base 9.4.

Base 11.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso de reposición ante el órgano emanante en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña .................., mayor de edad, provisto del D.N.I número ............., nacido el día ........ de ........... de .............., natural de ............................. (................) con domicilio ................ (..............), calle ......................, número ........, código postal ......., teléfono número ........................,

Expone:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo con conocimiento de Euskara y carácter funcionario (cuatro horas diarias de lunes a viernes).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la Base 2 de la convocatoria.

Que .......... (si/no) adjunta a esta solicitud el titulo que acredita el conocimiento de Euskara exigido en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por todo ello solicita:

Ser admitido a la Convocatoria para la provisión de la plaza de Auxiliar Administrativo con carácter de funcionario del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz.

(Fecha y firma)

ANEXO II

Programa prueba teórica

Tema 1.-Ideas generales sobre la Ley y el Reglamento. Ordenanzas y Reglamentos municipales: Clases y requisitos para su aprobación.

Tema 2.-El Municipio. Concepto y elementos. Idea general de los mismos. Especial referencia a la organización municipal: Organización necesaria y organización complementaria. Los órganos necesarios y sus funciones.

Tema 3.-La autonomía, facultades y competencias de los municipios. Idea general de las competencias mínimas obligatorias, participación por delegación y actividades complementarias. Servicios mínimos obligatorios de los municipios.

Tema 4.-La Ley Foral 6/90, de julio. Contenido y estructura. La Administración Local de Navarra: Clases de Entidades Locales.

Tema 5.-Ideas generales sobre el procedimiento administrativo: Iniciación, tramitación, resolución. Notificación de los actos administrativos: Plazos, formas. La publicación, El silencio administrativo. La ejecución. El procedimiento administrativo: iniciación, tramitación, resolución. Características y principios generales. Los informes y sus clases.

Tema 6.-Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales de Navarra.

Tema 7.-Recursos de las Entidades Locales de Navarra según la Ley Foral 2/95, de Haciendas Locales de Navarra. Idea general de los mismos.

Tema 8.-Los documentos administrativos: El oficio, la instancia, el certificados el acta, la circular. El traslado de acuerdos. Expedientes de actividades clasificadas, licencias urbanísticas y expediente en general.

Tema 9.-El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno. La Comisión de Gobierno y otras comisiones. Régimen de sesiones. Resoluciones de Alcaldía.

ANEXO III

A) Planeamiento:

La presente prueba tiene por objeto medir la velocidad mecanográfica real de los candidatos, resultantes del número total de pulsaciones, disminuido con el de errores y omisiones apreciados.

Los candidatos aportarán su propia maquina de escribir, que será exclusivamente mecánica, con expresa exclusión de la eléctrica. Incluso si funcionan a pilas.

B) Texto de la prueba:

La prueba consistirá en la copia de un texto que facilitará el tribunal. Dicho texto será de carácter literario y, aunque podrá contener números, se redactará aplicando el criterio de evitar complicaciones de encaje o ejecución (encolumnados, tabulaciones, múltiples, subíndices, formulas) al objeto de garantizar a todos los participantes similar grado de dificultad con independencia de las características técnicas de la maquina de escribir que cada uno de ellos aporte. Así como para posibilitar una puntuación objetiva de los ejercicios. El tiempo de copia será de 10 minutos.

Los candidatos dispondrán de un tiempo previo de cinco minutos, como mínimo, para realizar, facultativamente, ejercicios de digitalización.

C) Puntuación:

Se computarán únicamente las pulsaciones correctamente ejecutadas, entendiéndose por tales las que se correspondan exactamente con el original facilitado por el tribunal.

Pulsaciones válidas: Por cada carácter, espacio o signo que correspondan exactamente con el original, una pulsación.

Pulsaciones no computables, omisiones y penalizaciones:

-No se computarán las pulsaciones que correspondan exactamente con el original: Letras, tildes o signos en posición incorrecta, repetidos o sobrantes por cualquier concepto.

-No se admitirá la subsanación de errores u omisiones padecidos en el transcurso de la copia del texto, consecuentemente las sobreimpresiones de signos sobre otros procedentes no darán lugar a su validación.

La omisión o incorrecta digitación de tres o más pulsaciones incluidas en una misma palabra dará lugar a la anulación a efectos de computo, de la totalidad de las pulsaciones que correspondan a dicha palabra correctamente escrita.

La omisión de una o más líneas en el texto del ejercicio realizado por el candidato, será penalizada con una disminución de diez pulsaciones por cada línea omitida.

La velocidad mínima para superar la prueba queda establecida en dos mil pulsaciones validas (200 pulsaciones por minuto), siendo eliminados los candidatos que no la alcancen.

Los ejercicios que superen dicho nivel mínimo serán ordenados de mayor a menor número de pulsaciones validas acreditadas y serán calificadas con arreglo al siguiente baremo:

De 200 a 230 p.p.m. válidas, 3 puntos.

De 231 a 260 p.p.m. válidas, 6 puntos.

De 261 a 290 p.p.m. válidas, 9 puntos.

De 291 a 320 p.p.m. válidas, 12 puntos.

De 321 p.p.m. válidas en adelante 15 puntos.

D) Cronometraje de la prueba.

El Tribunal facilitará, en primer lugar, un folio en blanco para que los candidatos puedan efectuar ejercicios de digitación.

Concluido el tiempo previo de digitación, recogidos y desechados los folios empleados en los ejercicios previos, y antes de dar comienzo la prueba propiamente dicha, se informará a los solicitantes de las señales de comienzo y finalización (esta última en dos tiempos) con una separación de un minuto entre el preaviso y la detención definitiva.

Los candidatos que desatiendan la indicación de detención final serán eliminados de la prueba.

Se distribuirá el folio que contenga el texto para copiar por los participantes y folios para la realización del ejercicio. El texto deberá copiarse a interlinea mínima (paso de una línea ajustándose fielmente a su disposición original.

Se advertirá expresamente a los solicitantes que la prueba no podrá ser detenida por ningún concepto una vez comenzada, y que el correcto funcionamiento de las máquinas será responsabilidad exclusiva d e los participantes que las aportara, por lo que las eventuales averías no serán tenidas en consideración a ningún efecto.

Para la resolución de cualquier incidencia que pueda surgir durante el transcurso de la prueba, los participantes se dirigirán exclusivamente a las personas encargadas de la dirección de ésta.

El tribunal podrá formar grupos diferentes por necesidades de organización.

Etxarri-Aranatz a veinticinco de abril de dos mil dos. El Alcalde Presidente, Fernando Flores Lazkoz.

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