BOLETÍN Nº 60 - 17 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 53/2002, de 17 de abril, del Consejero de Salud por la que se modifica la estructura orgánica del Hospital de Navarra del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por Decreto Foral 443/1991, de 22 de octubre, modificado parcialmente por el Decreto Foral 605/1995, de 26 de diciembre, se desarrolla la estructura orgánica del Hospital de Navarra y Hospital Virgen del Camino definiéndose las Direcciones, Servicios y Secciones en que se estructuran sus órganos de gestión.

Las nuevas demandas asistenciales generadas en el Area de Radioterapia-Oncología del Hospital de Navarra, hacen necesario adaptar con carácter urgente la estructura de los servicios asistenciales a las nuevas realidades funcionales y organizativas, desligando para ello la Oncología Médica de la Radioterapia y asignando los recursos necesarios a cada Unidad.

La Disposición Adicional Cuarta del Decreto Foral 604/1995, de 25 de diciembre, establece que la creación y supresión de las unidades orgánicas necesarias para el mejor desarrollo funcional de la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea corresponde al Consejero de Salud.

En su virtud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

ORDENO:

Artículo Unico.-Se crea la siguiente Unidad Orgánica en el Hospital de Navarra:

-Un Servicio de Oncología Médica, adscrito a la Dirección Médico-Asistencial.

DISPOSICION ADICIONAL.

Primera.-Del Servicio de Oncología Médica dependerá orgánica y funcionalmente la Sección de Oncología Médica además de todos aquellos recursos destinados al desarrollo de la actividad asistencial de dicha Sección, que hasta ahora venían dependiendo del Servicio de Radioterapia-Oncología del Hospital de Navarra.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-El incremento del Capítulo I del presupuesto de Gatos que se derive de la presente Orden Foral se compensará a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Segunda.-La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a diecisiete de abril de dos mil dos.-El Consejero de Salud, Santiago Cervera Soto.

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