BOLETÍN Nº 60 - 17 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 1051/2002, de 24 de abril, del Director General de Medio Ambiente, por la que se somete a información pública el Estudio de Impacto Ambiental de la Modernización del Regadío de Fustiñana, promovido por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación ha presentado con fecha 19 de diciembre de 2001 el Estudio de Impacto Ambiental de la Modernización del Regadío de Fustiñana, para su tramitación de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.º del Decreto Foral 237/1999, de 21 de junio, por el que se regula la evaluación de impacto ambiental en los procesos de concentración parcelaria.

Visto el informe del Servicio de Calidad Ambiental donde se acredita que la documentación presentada está completa, analiza las interacciones ambientales claves y propone las necesarias medidas correctoras y que incluye asimismo el Programa de Vigilancia Ambiental.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 3.1. b) del Decreto Foral 580/1995, de 4 de diciembre, de asignación de funciones relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Someter a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, el Estudio de Impacto Ambiental de la Modernización del Regadío de Fustiñana, promovido por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de conformidad con el artículo 7.º del Decreto Foral 237/1999, de 21 de junio, por el que se regula la Evaluación de Impacto Ambiental en los procesos de concentración parcelaria.

A estos efectos, el expediente estará disponible en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (calle Alhóndiga, 1-1.º, de Pamplona) y en el Ayuntamiento de Fustiñana, en horas hábiles de oficina, pudiendo presentarse por escrito, durante dicho período, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

2.º Publicar la Declaración de Impacto Ambiental en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Ayuntamiento de Fustiñana y al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a los efectos oportunos.

Pamplona, a veinticuatro de abril de dos mil dos.-El Director General de Medio Ambiente, José Ignacio Elorrieta Pérez de Diego.

Código del anuncio: A0204625