BOLETÍN Nº 60 - 17 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 990/2002, de 16 de abril, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Ampliación de Cantera de Calizas "Atabo" promovido por Lázaro Echeverría, S.A. situado en el término municipal de Altsasu/Alsasua.

La Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento de ejecución aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

Con objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, la empresa Lázaro Echeverría, S.A. presentó el expediente que contenía Estudio de Impacto Ambiental, Plan de Restauración y Programa de Vigilancia Ambiental del Proyecto de Ampliación de Cantera de Calizas "Atabo", en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1131/88 que regula el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Mediante anuncio público en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 75-fecha 24/06/1998 del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua se sometió el expediente a información pública durante el plazo de un mes.

Durante el periodo de información pública, no se ha presentado alegación alguna.

En respuesta al requerimiento de 24 de febrero de 1999, se aportó Documentación Complementaria al Expediente, que supuso la inclusión de alguna nueva medida correctora, una mejora del presupuesto del Plan de Restauración ambiental y una mayor concreción del Programa de Vigilancia Ambiental.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el Decreto Foral 580/1995, de 4 de diciembre, de asignación de funciones relativas a la Evaluación de Impacto Ambiental, y la Orden Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Se formula la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de Ampliación de Cantera de Calizas "Atabo" situada en el paraje Atabo (Altsasu/Alsasua) promovido por Lázaro Echeverría, S.A. considerando que la propuesta presentada es ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes condiciones:

a) Se marcará mediante hitos fijos el perímetro final propuesto de explotación.

b) Deberán ejecutarse las actuaciones del plan de restauración 'a corto plazo' finalizándose con anterioridad al 31 de diciembre de 2002.

c) Deberá ser plantada, como medida 'a corto plazo', una pantalla vegetal que oculte las vistas de la planta de tratamiento y las zonas de acopios hacia la carretera N-1. Para ello se utilizarán alguna especie arbórea para conformar un seto alto (de al menos 3 metros) mediante la plantación lineal de 1 ejemplar cada 2 metros a lo largo de los límites de la explotación con la mencionada carretera. La especie elegida será de hoja perenne con ramas desde la base, crecimiento medio-alto, que tolere la poda, similar al ciprés de Arizona, (Cupressus arizonica), o al laurel-cerezo (Prunus laurocerasus). Se garantizará su riego aprovechando el sistema de riego anti-polvo.

d) En las siembras de la plaza de la cantera contempladas como actuaciones a medio plazo y a largo plazo, dentro del Plan de Restauración Ambiental, se utilizará también, además de las especies herbáceas, bellotas de roble pubescente (Quercus humilis) garantizándose, al menos, 1 bellota por cada 4 metros cuadrados como mínimo.

e) Las medidas correctoras pendientes se llevarán a cabo con anterioridad al 31 de marzo de 2003.

f) La ejecución del plan de restauración de la cantera deberá garantizarse, en aplicación del Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, mediante presentación por el promotor de aval solidario, que se ajustará, en lo que proceda, al Decreto Foral 205/1988, de 21 de julio, o de fianza en metálico, que se consignarán en el departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, por un importe equivalente al del presupuesto del mencionado plan de restauración (actualizado para el año 2002) de 92.200 euros, debiendo justificarse tal hecho ante el Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, previamente a que éste proceda a la concesión de la licencia de apertura. La garantía adoptada deberá actualizarse cada cinco años en función de la evolución del índice de precios al consumo.

g) Deberá incluirse en el Programa de Vigilancia Ambiental además de las actuaciones previstas en el Estudio de Impacto Ambiental las siguientes actuaciones:

1. Se efectuarán mediciones de vibraciones con periodicidad anual den la vivienda más próxima al frente de explotación. La primera medición de realizará antes del 31 de diciembre de 2002.

2. Se efectuarán mediciones de emisión de los filtros de polvo de la planta de tratamiento, con periodicidad anual. El primer informe se emitirá antes del 31 de diciembre de 2002, certificándose expresamente en él, el correcto funcionamiento de toda la instalación.

3. Anualmente, antes del 30 de enero, se presentara un plan de labores del año siguiente y su coordinación con el Proyecto de Restauración.

4. Se dispondrá de un libro de registro que incorpore los resultados de las medidas de vibraciones, emisión de polvo, operaciones de evacuación de residuos y limpieza de balsas de decantación, datos de voladuras efectuadas (cargas, ubicación, etc.) y las incidencias habidas en la explotación.

h) La emisión de humos, gases, vapores y polvos se regulará según la Ley de Protección del ambiente Atmosférico y Normativa concordante.

i) La toma de agua para el sistema de riego por aspersión se realizará desde las balsas de decantación número 1 y 2, captándose únicamente agua del río Alzania para aportación del mismo cuando sea preciso y tras autorización.

j) Los vertidos y residuos sólidos se regularán según lo dispuesto en las Ordenanzas municipales y la normativa vigente.

k) Los residuos líquidos procedentes del mantenimiento de la maquinaria (aceites, etc.) se eliminarán mediante gestor autorizado.

l)Los ruidos y vibraciones deberán ajustarse a las condiciones de funcionamiento y de niveles sonoros y de vibraciones que establecen los artículos 15, 16 y 18 del Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio.

m) La carga de explosivo utilizada en cada voladura no superará la máxima calculada en la documentación presentada, no debiéndose superar un nivel de vibraciones de 5 mm/seg. en edificios y viviendas

2.º Publicar la Declaración de Impacto Ambiental en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.º Notificar esta Resolución al promotor, a la Dirección General de Industria, al Servicio de Calidad Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente y al Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, a los efectos oportunos.

Pamplona, a dieciséis de abril de dos mil dos.-El Director General de Medio Ambiente, José Ignacio Elorrieta Pérez de Diego.

ANEXO I

Descripción del Proyecto

La Cantera "Atabo" es una explotación de calizas para la obtención de áridos y su consumo para la construcción y las obras públicas, con demanda de la zona de la Barranca, Alava y Guipúzcoa, enmarcada en la sección A efectos mineros. Se sitúa a en el término municipal de Altsasu/Alsasua (Navarra) junto a la carretera N-1, Madrid-Irún, en el P.K 400 y a 2 kilómetros de la localidad de Altsasu/Alsasua.

Se trata de una concesión convenida entre el Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua y la empresa Lázaro Echeverría, S.A. en contrato inicial, renovado a comienzos del año 1994. La explotación está en marcha desde hace más de 40 años con los mismos procedimientos de extracción a cielo abierto y transformación de áridos. Esta cantera posee también diversas zonas de acopios, una instalación de fabricación de hormigones, instalaciones de trituración y reducción de roca a la granulometría comercial y de los stocks para el desenvolvimiento comercial sostenido. Además, consta de dos perforadoras neumáticas, palas cargadoras, volquetes, y de talleres y elementos para la conservación y mantenimiento de su maquinaría.

El frente de explotación se comenzó a media ladera con un sistema de explotación de avance lateral ya que la superficie a explotar en el pasado y en el futuro está limitada a una corrida de calizas que existe en toda la longitud del resalte morfológico de Atabo. La plaza posee en la actualidad una superficie de 4 hectáreas y una longitud de 1 kilómetro. En el futuro llegará a una previsible extensión de 10,8 hectáreas y una longitud de 1,650 kilómetros más.

El sistema de explotación es de banco único, el frente resultante es el practicado sobre la vertiente del resalte que aprovecha casi totalmente la corrida de calizas con dirección N 110.º E entre las cotas 625 y 700 teniendo como base de operaciones una única plaza de cantera N 600.

Por las características de la corrida y del sistema de explotación en banco único que reserva una capa de calizas de 6 a 8 metros de espesor sin explotar para proteger la explotación de la capa de margas adyacente a su vertiente norte, el sistema de avance lateral consigue extraer la caliza de un modo regular y seguro, con un aprovechamiento casi total.

Las voladuras se realizan en el frente indicado en bancada única dividida en dos partes (superior e inferior) con ejecuciones sucesivas. Los explosivos que se utilizan son: Nagolita y Goma 2 EC. El tipo y profundidad de los barrenos no excede los 80 metros, se practican en la pendiente sur de la ladera, buscando la perpendicular al plano hastial N. De ese modo se atraviesa normalmente la estratificación de la caliza obteniendo así un coeficiente de rotura más adecuado.

Los fragmentos de roca proyectados van encauzados hacia el hueco de la explotación. Los derrames tras las voladuras se vierten hacia el hueco, sobre la base de la plaza con la altura propia y eficaz para la carga sobre volquetes o palas cargadoras.

El proceso productivo es el siguiente: Voladura del frente, pila de materiales en la base de la plaza, carga con pala cargadora a camión volquete, almacenamiento primario, triturado primario, tratamiento secundario (reducción en molinos) y cribas vibrantes para obtención de las granulometrías deseadas.

El acceso a la explotación desde la N-1 consiste en una pista ancha de dos direcciones con buena visibilidad. Desde ahí a la plaza se accede por una pista con pendientes según la normativa y de un solo carril.

ANEXO II

Resumen del Estudio de Impacto Ambiental

El Estudio de Impacto Ambiental (Es.I.A.) del Proyecto de Ampliación de Cantera de Calizas "Atabo" promovido por Lázaro Echeverría, S.A. describe convenientemente todos los factores del medio ambiente del entorno donde se establece la actividad -tanto del medio físico (inerte y biótico) como del medio socioeconómico-. Igualmente, el Es.I.A. describe detalladamente, las distintas acciones que se llevan acabo en la explotación y el alcance de las mismas. A partir de ahí se deducen, se describen y se caracterizan los distintos impactos en el medio causados por las acciones del proyecto. Posteriormente, se determina una serie de medidas preventivas y correctoras, un Plan de Restauración presupuestado y un Programa de Vigilancia Ambiental.

El Es.I.A. presenta una valoración de la alternativa técnica de explotación adecuada a la normativa actual del Departamento de Industria y Minas. Esta alternativa consiste en dividir en 3 bancadas longitudinales el frente actual. Se compara con el sistema actual en banco único, valorando la idoneidad técnico-económica de ambas y sus repercusiones en la seguridad y en el medio ambiente. Se concluye que, por las características del yacimiento, el sistema actual es el más adecuado. La ampliación seguirá este sistema tras obtener el debido permiso.

Con fecha 24 de febrero de 1999 se solicita al promotor por parte del Director del Servicio de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra una serie de documentos con objeto de integrar las áreas afectadas por la Cantera de Calizas "Atabo".

Con fecha de 15/06/99 y registro de entrada 1999/12047 el promotor contestó al requerimiento aportando Documentación Complementaria al Expediente que atendía a los 6 puntos reclamados.

1. Presenta un estudio y presupuesto de riego fijo, (sistema de riego manual y red subterránea), se valora como poco importante la formación de polvo en la explotación.

2. Se alega que al estar contigua a la carretera N-1 es inviable su revegetación. Desde la futura autovía Madrid-Francia se indica que no se percibirán las instalaciones.

3. Por razones de tipo de yacimiento y explotación, el bajar unos metros la coronación, supone desestabilizar los materiales y contaminar la extracción de calizas con margas. Por otro lado, por motivos de seguridad dentro de la explotación y en sus alrededores (tráfico, maniobras, proyecciones libres en las prevoladuras) y por motivos económicos (disminución de la vida de la mina) es inviable construir una plataforma de 10 a 15 metros en la formación caliza. El impacto paisajístico de la cantera se compara con otros cresteríos naturales de la zona. La revegetación de la coronación se supone de difícil éxito.

4. Se describe como buena la eficacia de las 8 balsas de decantación actuales y se describen las dimensiones de las ampliaciones previstas. Se han contemplado la situación normal y las posibles sobresaturaciones accidentales.

5. Se modifica el presupuesto de restauración aumentándolo en 2.771.250 pesetas (16.655,55 euros), haciendo un total de 14.028.636 pesetas (84.313,80 euros) ya que se contempla mejor el desmantelamiento de las instalaciones y se actualizan los precios unitarios.

6. Establece un Programa de Vigilancia que incluye medidas habituales de mantenimiento, vigilancia y señalización y medidas de control oficial de vibraciones, onda aérea, ruido y polvo.

Los impactos se valoran en las distintas fases de la actividad de la cantera: inicio de labores, (arranque, voladuras y creación de infraestructuras), operaciones (carga, transporte, trituración, acopios), mantenimiento de las instalaciones, finalización de las actividades y restauración, considerándose siempre incluidas en el proyecto las medidas correctoras.

1.-Principales impactos sobre el medio, recogidos en el Es.I.A.

Sobre la atmósfera en fase de inicio de labores es instantáneo y compatible. Durante las operaciones es moderado. Igualmente, el impacto sobre las aguas se considera compatible por su poca entidad en fase de inicio y en la fase de operaciones.

El impacto sobre el suelo y la topografía en fase de inicio de labores, se califica como severo. En fase de operaciones moderado. Tras la ejecución de la restauración es moderado y compatible. El impacto sobre los procesos erosivos se considera un impacto moderado.

El Impacto por vibraciones en fase de inicio, se considera puntual, de escasa entidad y periódico y por tanto moderado. En fase de operaciones se considera compatible.

El Impacto sobre la vegetación por la pérdida irreversible del robledal se considera crítico, tras el abandono y restauración es moderado. El hayedo de la ladera norte no es afectado ya que, el método de explotación lo preserva. En fase de operaciones por causa del polvo el impacto se considera compatible. Las instalaciones tienen un impacto moderado sobre la vegetación.

El impacto sobre la fauna se considera severo sobre algunas especies protegidas pero es un impacto localizado no continuo que permite la reubicación de los animales molestados. El hueco tras el abandono será recolonizado. En fase de operaciones, debido al polvo y a los ruidos generados afecte a la fauna se considera moderado.

El impacto sobre el paisaje se considera severo a moderado ya que durante la explotación hay una discontinuidad a media ladera, al finalizar la explotación el efecto visual será semejante a la de las formaciones rocosas de la zona. La creación de viales supone un impacto severo. Teniendo en cuenta el apantallamiento natural de la plaza de cantera en fase de operaciones el impacto sobre el paisaje se considera moderado a severo y compatible tras la restauración. Las instalaciones suponen un impacto moderado.

El impacto en el medio socioeconómico se considera positivo y compatible.

2.-Principales medidas correctoras.

La corrección de los impactos por polvo y gases se hará mediante: La reducción de velocidad de los volquetes, la instalación de duchas finas en los lugares de transferencia de productos, el cerramiento total con campana libre superior, de la maquinaria del secundario, la asunción de las medidas técnicas necesarias para llegar a los niveles de polvo admisibles, el control de los puestos de trabajo por entidades especializadas, la instalación de riego fijo de las zonas de acopio y tráfico de vehículos, el regado o duchado de camiones de producto final y el mantenimiento de máquinas y vehículos.

El control de los niveles de emisión de ruidos cuando se instale una nueva máquina y, en su caso, aislar el foco. Controlar el ruido instantáneo de las voladuras al tapar el cordón detonante extendido por la superficie y secuenciar al máximo la colocación de microrretardos.

Control y limpieza periódicas de balsas, regatas y canalizaciones y descompactación de suelos para ayudar la escorrentía. Ampliación de las balsas de decantación

Se mantendrá la estabilidad de los taludes N y S y del frente activo. Se planificará la explotación para evitar derrames o proyecciones sobre las praderas bajo la explotación. Se descompactará el suelo cuando sea necesario. Se adecuarán las secuencias de las voladuras para reducir la onda aérea se medirán periódicamente las vibraciones y onda aérea. Se realizará el corte habitual del tráfico por la N-1 a su paso por las proximidades de la cantera en el momento de las voladuras para evitar accidentes.

La plantación de una pantalla vegetal oculta las vistas de la planta de tratamiento y zona de acopios hacia la carretera N-1.

3.-Programa de Vigilancia Ambiental.

Control oficial anual de polvo, ruido, vibraciones y onda aérea. Se realizarán mediciones con anuales de vibraciones en la vivienda más próxima al frente de explotación e igualmente de emisión de los filtros de polvo en la planta de tratamiento.

Anualmente se presentara un plan de labores del año siguiente y su coordinación con el Proyecto de Restauración.

Se dispondrá de un libro de registro con los resultados de las medidas, que recoja las operaciones de evacuación de residuos y limpieza de balsas de decantación, datos de voladuras efectuadas (cargas, ubicación, etc.) y las incidencias habidas en la explotación.

Se realizarán los adecuados mantenimientos de las infraestructuras, instalaciones y estabilidad de los taludes, previstos en las medidas correctoras y el control habitual de la turbidez en la transferencia a cauces públicos.

Observación y cumplimiento habitual de las medidas especificadas en el proyecto para la realización de las voladuras y observación y cumplimiento habitual del Plan de Seguridad Minera, especificado en el proyecto,

Colocación y mantenimiento de la señalización informativa y prescriptiva para la población y los trabajadores.

4.-Plan de Restauración.

A corto plazo se efectuará la revegetación de las balsas de decantación en una franja perimetral de 2 metros en la que se sembrará con un mezcla de herbáceas a razón de 20 gr/m2 (Lolium perenne 40 %, Poa annua 20%, Agrostis capilaris 15 %, Trifolium repens 25%), plantación de 2 hileras concéntricas de sauce atrocinereo, (Salix atrocinerea) y abono. Se realizará la plantación de una pantalla vegetal que oculte las vistas de la planta de tratamiento y zona de acopios hacia la carretera N-1. (Contemplada también como medida correctora).

A medio plazo (hasta 12 años) se actuará sobre 0,8 hectáreas al oeste de la explotación y a largo plazo (12-20 años) sobre 10 hectáreas al oeste de la plaza cuando se acabe la concesión.

Se realizarán aportes de suelos y revegetación mediante el recubrimiento de la plaza con una capa de suelo vegetal de 30 centímetros de espesor y su siembra en primavera u otoño con una mezcla de semillas herbáceas (30 gr/m2), fertilizada con abono y riego (1l/m2). La mezcla de semillas será (Lolium perenne 20%, Festuca rubra 35%, Agrostis capilaris 10%, Trifolium repens 5%, Medicago lupulina 20%). Se le añadirán bellotas Quercus humilis 1 bellota cada 4 m2.

A largo plazo se contempla también el desmantelamiento y retirada de las estructuras y el removido de suelos tras la ocupación para su adecuación ambiental.

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