BOLETÍN Nº 60 - 17 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ACUERDO de 22 de abril de 2002, del Gobierno de Navarra, por el que se somete el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Polígono Industrial de Urrobi, promovido por el Ayuntamiento del Valle de Erro, a información pública y a audiencia de las entidades locales afectadas.

El Ayuntamiento del Valle de Erro solicita la supresión del párrafo segundo del artículo 15 de las Normas Urbanísticas del PSIS del Polígono Industrial de Urrobi, sito en Espinal, y que dice lo siguiente: "Los locales destinados a oficinas y viviendas se situarán presentando fachada a la vía pública en la zona de alineación obligatoria de cada parcela".

Las razones argüidas para la supresión del citado párrafo son los graves problemas e inconvenientes para el desarrollo de algunas industrias, que precisan de dos grandes puertas de entrada de materiales por dicha fachada.

Analizada la propuesta, y teniendo en cuenta que las expectativas de implantación industrial en la zona donde se ubica el polígono pudieran verse aminoradas, en este caso, por una determinación que, en el fondo, es formal, se considera la misma suficientemente justificada. La disposición de las oficinas -o de la vivienda vinculada a la instalación- en un lugar u otro de la implantación industrial, puede resultar una decisión del empresario que vendría condicionada por las necesidades funcionales de la actividad que desarrolla.

En su virtud, considerando el informe emitido el día 26 de marzo de 2002, por la Comisión de Ordenación del Territorio, y vista la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, el Gobierno de Navarra,

ACUERDA:

1.º Someter el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Polígono Industrial de Urrobi, promovido por el Ayuntamiento del Valle de Erro, por el plazo mínimo de un mes, a los trámites simultáneos de información pública y de audiencia a las entidades locales afectadas.

A tales efectos, el expediente estará de manifiesto en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (calle Alhóndiga, número 1-2.º, de Pamplona), pudiéndose presentar por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

2.º Publicar este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarlo al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, al Consorcio Urrobi y al Ayuntamiento del Valle de Erro, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintidós de abril de dos mil dos.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, actuando en funciones del Secretario del Gobierno de Navarra, Rafael Gurrea Induráin.

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