BOLETÍN Nº 60 - 17 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 89/2002, de 29 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, al Monasterio de Yarte, sito en Lete (Iza).

Por Orden Foral 282/2001, de 19 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, se incoó expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor del Monumento denominado Monasterio de Yarte, sito en Lete (Iza).

Por la citada Orden Foral se abrió un período de información pública, por plazo de 30 días hábiles, dentro del cual no se presentó ninguna alegación.

La Comisión de Patrimonio del Consejo Navarro de Cultura no ha emitido informe transcurridos seis meses de su solicitud, por lo que es aplicable el artículo 10 del Decreto Foral 217/1986, de 3 de octubre, por el que se regula la declaración de Bienes de Interés Cultural.

El citado Decreto Foral, modificado por el Decreto Foral 572/1991, de 30 de diciembre, establece en su artículo 12 que la declaración de Bien de Interés Cultural en el ámbito de la competencia de la Comunidad Foral de Navarra se efectuará por Decreto Foral del Gobierno de Navarra.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 29 de abril de 2002,

DECRETO:

Artículo 1.º Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, el Monasterio de Yarte, sito en Lete (Iza).

Artículo 2.º El entorno afectado por la delimitación es el que a continuación se detalla:

-Polígono 6: Parcelas números 18, 58, 59, 60, 61, 62 y 63.

-Polígono 7: Parcelas números 4A (en la parte que se establece en el plano adjunto), 4B, 4C, 4D, 4E, 4F, 4G, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.

La descripción complementaria del Bien a que se refiere el presente Decreto Foral, así como del entorno de protección, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de declaración.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintinueve de abril de dos mil dos.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

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