BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

ZIZUR MAYOR

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, con carácter de interinidad, de una plaza de Interventor-Tesorero en el Ayuntamiento de Zizur Mayor

B A S E S

1.ª Es objeto de la presente Convocatoria la provisión interina, mediante concurso-oposición, de una plaza de Interventor-Tesorero, con destino a los Servicios del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

2.ª El contrato tendrá carácter administrativo y una duración de un año, pudiendo ser prorrogado por sucesivos periodos de un año, como máximo hasta que se cubra la vacante en propiedad. De este modo, el nombramiento conferirá a la persona designada el carácter de contratada administrativa temporal al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

3.ª El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración básica correspondiente al nivel A de los definidos en el Decreto Foral 251/1993, del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y con el complemento de incompatibilidad cuya cuantía será de un 35 por ciento del sueldo inicial del correspondiente nivel.

4.ª El candidato seleccionado, además de las funciones propias de Intervención, ejercerá las de Tesorería y responsable del Area Económica, y entre ellas se señalan las siguientes:

-Control y fiscalización interna.

-Asesoramiento y gestión económico-financiera y presupuestaria y de contabilidad, informes, proyectos de presupuestos, estudios sobre Ordenanzas y procedencia de nuevos servicios y evaluación de la repercusión económico-financiera de los mismos.

-La llevanza y desarrollo material de la contabilidad municipal, que abarcará la expedición de mandamientos de gastos e ingresos presupuestarios y extrapresupuestarios.

-Funciones contables, preparación de Cuentas Generales y liquidación del Presupuesto.

-Formación de planes de Tesorería, atendiendo las funciones de los cobros y pagos encomendados a dicha dependencia, así como manejo y custodia de los fondos, valores y efectos de la Entidad Local.

-Cumplimiento de las obligaciones fiscales y sociales derivadas de las contrataciones y gestión de las mismas.

-La jefatura de los servicios de recaudación.

-Además, las previstas en el artículo 294 de la Ley Foral 6/1990.

5.ª Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes al puesto de trabajo deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española.

b) Hallarse en posesión de los títulos de Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho, conforme al artículo 251.2.a) de la Ley Foral 6/1990.

c) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del Servicio de una Administración Pública.

d) Poseer la capacidad física necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

6.ª Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 18.ª de esta convocatoria. Su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

7.ª Las instancias para poder participar en las pruebas deberán presentarse, según el modelo que figura en el Anexo IV de esta Convocatoria, en el Registro General del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en el plazo de treinta días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado en Tesorería la cantidad de 1.000 pesetas en concepto de formalización del expediente y derechos de examen.

8.ª Junto a las instancias mencionadas en la Base 7.ª de esta Convocatoria, se presentarán, en su caso, los documentos que acrediten los méritos que deban ser valorados en la fase de concurso. La acreditación de éstos se hará mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. La no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias en la Base 7.ª de esta Convocatoria, supondrá la no valoración de los méritos. No obstante, los méritos a aportar en la fase de concurso se valorarán tomando como referencia límite la fecha de publicación de esta Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.ª Una vez expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde Presidente, mediante resolución, publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, si los hubiere, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10. En el caso de que hubiese aspirantes excluidos, dentro de los diez días siguientes al de la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

11. Transcurrido el citado plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se publicará la lista definitiva, previa resolución de la Alcaldía, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la relación de admitidos y excluidos.

12. El Tribunal calificador estará compuesto por:

Presidente: Don Luis María Iriarte Larumbe, Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Don Félix Castor Zunzarren Fernández, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal Secretario: Don Jesús Javier Múgica Martinena, Secretario del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Doña María Isabel Abadía Sanz, Técnico de Administración Pública del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal: Un Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Suplente: Un Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Vocal: Un Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Suplente: Un Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Vocal: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

13. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros. Resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes Bases. Asimismo el Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas pruebas.

14. Desarrollo del concurso-oposición:

El concurso-oposición dará comienzo en el mes de febrero de 2002, aproximadamente. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

A) Fase de concurso: Se valorarán cursos, experiencia y otros, con un máximo de 30 puntos, de conformidad con lo detallado en el Anexo I de esta Convocatoria.

B) Fase de oposición:

1.º Prueba escrita de carácter teórico: Consistirá en la realización de ejercicios escritos sobre el temario que figura en el Anexo II de esta Convocatoria. Estos ejercicios podrán consistir en el desarrollo de temas elegidos por sorteo, contestación a preguntas de respuesta corta o ambas cosas, según decida el Tribunal. La puntuación máxima de esta prueba será de 30 puntos, quedando eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga, al menos, 15 puntos.

2.º Prueba escrita de carácter práctico: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos prácticos sobre las materias relacionadas en el Anexo III de esta Convocatoria. El total máximo de esta prueba será de 30 puntos, quedando eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga, al menos, 15 puntos.

3.º Consiste en la realización de pruebas psicotécnicas para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo.

Estas pruebas serán realizadas por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública.

El total máximo del conjunto de estas pruebas será de 10 puntos, quedando eliminado de la oposición el aspirante que no obtenga, al menos, 5 puntos.

15. Convocatoria de las pruebas.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas, si bien deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, al menos con veinticuatro horas de antelación si se trata del mismo ejercicio o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

16. Identificación y otros.

Las pruebas de la fase de selección se realizarán mediante llamamiento único, al que deberán acudir los aspirantes provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente, quedando eliminados aquellos aspirantes que, por cualquier motivo, no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados.

El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

17. Propuesta del Tribunal.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

18. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de 30 días naturales desde la notificación individual, los siguientes documentos:

-Fotocopia compulsada del Documento de Identidad o, en su defecto, certificación del acta de nacimiento.

-Declaración jurada o prometida de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo o función del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia, Municipio o Entidad Local, ni hallarse inhabiltado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación exigida.

-Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si no se diera cumplimiento a lo especificado en esta Base en los plazos señalados, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, no podrá efectuarse el nombramiento ni la contratación efectiva, con decaimiento de los derechos correspondientes.

En tal caso se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente o siguientes aprobados con puntuaciones sucesivas.

19. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, la Alcaldía, mediante resolución, procederá al nombramiento del propuesto que haya dado cumplimiento a lo dispuesto en la Base 18.ª y ordenará la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

El candidato nombrado deberá tomar posesión del cargo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, no tomase posesión, perderá todos sus derechos para ocupar la plaza y ésta será provista según lo dispuesto en la Base anterior.

Previo a la toma de posesión, el candidato deberá prestar juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

20. Recursos.

Contra la Convocatoria, sus Bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer optativamente alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso - administrativo establecido en la legislación general, ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el señor Alcalde, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Zizur Mayor, siete de noviembre de dos mil uno. El Alcalde Presidente, Luis María Iriarte Larumbe.

ANEXO I

Los méritos alegados, que deberán ser justificados en el lugar, forma y plazo establecidos en la Base 7.ª de esta Convocatoria, se calificarán según la situación de cada aspirante a la fecha de publicación de esta Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, puntuándose de acuerdo con el siguiente baremo:

A.1. Por estar en posesión de los dos títulos, de Licenciado en Derecho y de Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, se otorgarán 6 puntos.

A.2. Por cada año de servicios prestados a jornada completa para las Administraciones Públicas de Navarra, durante al menos seis meses, con la condición de funcionario de nómina y plantilla, o de contratado en régimen administrativo o laboral, fijo o temporal, en plaza para la que se haya exigido titulación de Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales, o en Derecho, para la realización de funciones de asesoramiento y gestión económico-financiera y presupuestaria, y contabilidad: 2 puntos por año, con un máximo de 9 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicio.

A.3. Por cursos que versen sobre contabilidad pública, contabilidad general o auditoría financiera impartidos por Universidades Públicas, Universidades Privadas o centros oficialmente reconocidos y de una duración mínima por Curso o Master de 150 horas: 0,01 puntos por hora lectiva, con un máximo de 4 puntos.

A.4. Por cursos que versen sobre aplicaciones informáticas de Contabilidad Pública basada en sistemas de partida doble: 0,03 puntos por hora lectiva, con un máximo de 3 puntos.

En el caso de que algún aspirante haya realizado más de un curso de las características antes mencionadas, a los efectos de su puntuación, se sumará el número de horas cursadas, respetándose en todo caso el límite máximo de 3 puntos con el que este Epígrafe, A.4., se puede valorar.

A.5. Por cursos informáticos que versen sobre Excel y/o Access:

-Impartidos por el I.N.A.P. o centros oficialmente reconocidos: 0,05 puntos por hora lectiva.

-Impartidos por otros centros de enseñanza: 0,02 puntos por hora lectiva.

En todo caso, la puntuación máxima de este epígrafe será de 1,92 puntos.

A.6. Por el conocimiento del francés, inglés o alemán podrán obtenerse hasta un máximo de 1,50 puntos por cada uno de ellos y por el conocimiento del vascuence podrán obtenerse hasta un máximo de 1,58 puntos.

La posesión del Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o de una titulación reconocida oficialmente como equivalente, recibirá la máxima valoración señalada en el párrafo anterior.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima cada curso aprobado en una Escuela Oficial de Idiomas y, referido al vascuence, también en 1/12 cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

El conocimiento de cada uno de los cuatro idiomas se podrá valorar, en el caso de no poder acreditarse en la forma prevista en los dos párrafos anteriores, mediante la superación de las pruebas específicas que puedan convocarse al efecto, graduadas en cinco niveles de dificultad, que serán valorados cada uno de ellos en un 1/5 de la valoración máxima señalada para cada idioma.

En todo caso, la puntuación máxima de este epígrafe A.6. será de 6,08 puntos.

ANEXO II

1.º El Presupuesto General de las Corporaciones Locales: Contenido. Bases de Ejecución. Anexos. Formación, tramitación, aprobación, publicación y entrada en vigor. Modificaciones presupuestarias. El Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre.

2.º El Presupuesto de las Corporaciones Locales: Estructura del Presupuesto de Gastos: Clasificación orgánica, funcional y económica. Estructura del Presupuesto de Ingresos. La partida presupuestaria. El Decreto Foral 271/1998, de 21 de septiembre.

3.º Fiscalización externa de la gestión económica de las Corporaciones Locales. Cámara de Comptos de Navarra. Competencias, funciones y composición. Principios y Normas de Auditoría en el Sector Público. El Informe de Auditoría: Auditoría de regularidad y Auditoría operativa.

4.º Indicadores de Gestión de las Administraciones Públicas. Indicadores del Presupuesto, contables, de organización, sociales y de entorno. Indicadores de economía, eficiencia y eficacia.

5.º Análisis financiero de las Administraciones Públicas. Análisis de la solvencia financiera a corto y largo plazo. El Capital Circulante y su utilidad en las Administraciones Públicas. Ratios.

6.º El Resultado Presupuestario. El Remanente de Tesorería. La Cuenta General. Estados y Cuentas Anuales de la Entidad Local y de sus Organismos Autónomos. Cuentas de las Sociedades Mercantiles. Información para el Pleno de la Entidad y los Organos de Gestión.

7.º El endeudamiento de las Corporaciones Locales de Navarra. Financiación ajena de naturaleza presupuestaria y no presupuestaria: Concepto, limitaciones y competencia para su concertación. Avales. Tutela financiera y autorizaciones legales.

8.º Los bienes de las Entidades Locales. Concepto y clases. Modificación de la calificación jurídica de los bienes. Los bienes comunales. El reglamento de bienes. El inventario: Formación, estructura y elaboración. La función financiera de la amortización en el sector público.

9.º La relación jurídico-tributaria. Conceptos: Naturaleza y elementos. El Hecho Imponible: Noción y calificación. El Sujeto Pasivo. El Sujeto Activo. Capacidad de obrar en el orden tributario. El domicilio fiscal.

10. La Base Imponible: Concepto y régimen de determinación. La comprobación de valores. La Base Liquidable. El tipo de gravamen. La deuda tributaria.

11. Recursos de las Haciendas Locales de Navarra: Ingresos de derecho público e Ingresos de derecho privado. Concepto y clases. Los precios públicos. Los recursos tributarios: Tasas, contribuciones especiales, impuestos y recargos.

12. Recursos de las Haciendas Locales de Navarra: La contribución territorial, impuesto sobre actividades económicas, impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Impuesto sobre gastos suntuarios. Impuesto sobre viviendas desocupadas.

13. El Decreto Foral 97/2001, de 10 de agosto: Procedimiento de recaudación en vía de apremio.

14. Régimen legal de las Entidades Locales de Navarra. Los Municipios. Los Ayuntamientos. Los Concejos. Las Mancomunidades. Otras Entidades Locales de Navarra: Distritos Administrativos, Agrupaciones Tradicionales, Agrupaciones de Municipios.

15. La Constitución: Evolución y características. Sistemática y estructura. Derechos y Deberes Fundamentales. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La reforma constitucional.

16. Noción de Administración Pública. Conceptos de Ley formal, legislación delegada y Decreto Ley. La potestad reglamentaria: Concepto y límites. Clases de reglamentos. La jerarquía normativa.

17. El acto administrativo: Concepto, caracteres y clasificación. Elementos del acto administrativo. Los actos tácitos y el silencio administrativo. Notificación.

18. El acto administrativo: Ejecutoriedad, validez, eficacia y revocación del acto administrativo.

19. El Procedimiento Administrativo: Concepto y fases. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común: Estructura y análisis de su contenido.

20. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Legitimación para recurrir y materia recurrible.

21. El recurso contencioso-administrativo: Significado y características. Evolución histórica. Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.

ANEXO III

1.º Capitalización y actualización simple y compuesta. Descuento comercial y racional simple y compuesto. Vencimiento común y vencimiento medio. Convenio lineal y exponencial. Tantos equivalentes en capitalización simple y compuesta. Tanto efectivo, tanto nominal, tanto fraccionado y tanto prepagable.

2.º Rentas. Conceptos y clasificaciones.

3.º Préstamos. Sistemas de amortización: Reembolso único, amortización única con pago periódico de intereses, sistema francés, alemán y americano, cuota de amortización constante, anualidades variables en progresión aritmética y geométrica. Método de amortización con intereses fraccionados. Constitución de capitales.

4.º Empréstitos normales y con características comerciales unilaterales y bilaterales.

5.º Cálculo del coste de los servicios públicos generadores de tasas.

6.º Plan General de Contabilidad. Principios contables, cuadro de cuentas, normas de valoración, definiciones y relaciones contables. Registro de operaciones en general.

7.º El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Documentos Contables y Libros de Contabilidad. Operaciones contables.

8.º El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Apertura de la Contabilidad. Contabilidad del Presupuesto de Gastos. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija. Contabilidad del Presupuesto de Ingresos.

9.º El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Contabilidad del Inmovilizado. Contabilidad de las Operaciones de Crédito. El control de la Tutela Financiera y la necesidad de autorización del Gobierno de Navarra. Contabilidad de la Administración de Recursos de otros Entes Públicos.

10. El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Contabilidad de otras operaciones no presupuestarias de Tesorería. Contabilidad del Impuesto sobre el Valor Añadido. Contabilidad de Valores en Depósito. Control de Agentes Recaudadores. Cuentas de Orden. Operaciones de fin de ejercicio.

11. El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Proyectos de gasto, Gastos con Financiación Afectada. Cálculo del Remanente de Tesorería y Resultado Presupuestario.

12. El Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, sobre Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra: Contabilidad de las Operaciones Comerciales. Documentos y libros. Operaciones Contables.

13. El Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre. Estados a rendir e información a suministrar. La Cuenta General de las Entidades Locales. Estados y Cuentas Anuales de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos. Información para el Pleno de la Entidad.

14. Análisis e interpretación patrimonial, económico y financiero de las magnitudes contables de las Administraciones Públicas.

ANEXO IV

Modelo de instancia

Don/doña ......................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .......... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ..... de ........... de 19...., natural de ............. (..............), nacionalidad ................... con domicilio actual en ............. (.............), calle ............., código postal ........., teléfono ..........., y teléfono centro de trabajo ...........

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la Convocatoria, mediante concurso-oposición, para la provisión con carácter interino, en régimen de contratación administrativa del puesto de trabajo de Interventor-Tesorero, con destino a los Servicios del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en la Convocatoria realizada a tal efecto.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que desea realizar las pruebas específicas de conocimiento de idiomas que se convoquen correspondiente a ......... (francés, inglés, alemán y/o euskera).

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente solicitud y en virtud tenga al/a suscribiente por admitido/a a la Convocatoria para la provisión del puesto de trabajo antes mencionado.

En ............, a ....... de ................ de .......

(Firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE PRESIDENTE DE AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR.

Código del anuncio: A0112362