BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2002

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Tribunal Económico-Administrativo Regional de Navarra

E D I C T O

En la reclamación número 31/00829/01 por el concepto de Procedimiento Recaudatorio, seguida en este Tribunal a instancia de Catalán Díaz, Pablo Florencio, se ha dictado en 26 de septiembre de 2001 resolución, en cuya parte dispositiva dice:

Declarar inadmisible por extemporánea la reclamación interpuesta.

No habiéndose podido notificar en el domicilio señalado por el interesado, por ser desconocido en el mismo, se hace por medio de este anuncio de conformidad con lo establecido en el párrafo d) del artículo 83, en relación con el artículo 86 del vigente Reglamento de Procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas, significándole que contra la resolución citada, cuyo texto íntegro tiene a su disposición en la Secretaría de este Tribunal Regional, podrá interponer recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la publicación de éste.

Pamplona, a dieciocho de diciembre de dos mil uno. José Luis Gómara Hernández, Abogado del Estado-Secretario.4017

Código del anuncio: 4017