I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Ordenes Forales
ORDEN FORAL 458/2002, de 18 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se modifica, en relación al Servicio de Transportes, la Orden Foral 4466/1999, de 9 de noviembre, por la que se establece la estructura de Negociados del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Por Orden Foral 4466/1999, de 9 de noviembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se establece la estructura de Negociados del Departamento.
Por Decreto Foral 56/2002, de 11 de marzo, se han modificado los artículos 27, 28, 29 y 30 del Decreto Foral 392/1999, de 13 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, redistribuyendo las funciones de las Secciones del Servicio de Transportes.
Como consecuencia de ello, se hace necesario el desarrollo de dichas modificaciones a nivel de Negociados.
En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
Primero.-Modificar la Orden Foral 4466/1999, de 9 de noviembre, por la que se establece la estructura de Negociados del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, suprimiendo en el Servicio de Transportes el Negociado de Capacitación y Servicios Aéreos y de Ferrocarril y creando el Negociado de Estudios y Estadísticas del Transporte.
Segundo.-Adscribir el Negociado de Estudios y Estadísticas del Transporte a la Dirección del Servicio de Transportes, el cual ejercerá las siguientes funciones:
-Seguimiento y elaboración de informes periódicos sobre los parámetros de referencia y estadísticas de la actividad de transporte en la Comunidad Foral de Navarra en cualquiera de sus modos: Carretera, ferrocarril y aéreo, y en cualquiera de sus ámbitos.
-Estudio de indicadores generales basados en datos oficiales del sector de transportes dentro de la Comunidad Foral de Navarra en cualquiera de sus ámbitos: Mercancías y viajeros.
-Elaboración de informes sobre la actividad del Servicio de Transportes.
-Gestión de los expedientes de subvenciones o ayudas en servicios regulares de viajeros.
-Emisión de informes periódicos sobre la actividad del Negociado.
-Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes, o que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.
Tercero.-Readscribir el Negociado de Sanciones de Transportes a la Sección de Inspección y Junta Arbitral de Transportes, el cual seguirá ejerciendo las mismas funciones.
Cuarto.-Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, entrando en vigor el mismo día de su publicación.
Pamplona, dieciocho de abril de dos mil dos.-El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, José Ignacio Palacios Zuasti.
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